Inspección de certificación a talleres aeronáuticos

Homoclave: I-AFAC-0073 Tipo de actividad: Corroboración
Dependencia: Agencia Federal de Aviación Civil
Unidad administrativa: Dirección de Aviación
Orden de gobierno:
Constatar la capacidad del taller (en relación con sus recursos técnicos, humanos y materiales) para dar cumplimiento a las especificaciones y procedimientos técnicos establecidos en la legislación aeronáutica, así como para llevar a cabo los servicios de mantenimiento solicitados y/o autorizados en el Manual de Procedimientos del Taller y/o en sus Especificaciones de Operación.
Datos generales
Tipo: Corroboración
La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? Forma parte de un trámite o servicio, A solicitud de parte
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Constatar la capacidad del taller (en relación con sus recursos técnicos, humanos y materiales) para dar cumplimiento a las especificaciones y procedimientos técnicos establecidos en la legislación aeronáutica, así como para llevar a cabo los servicios de mantenimiento solicitados y/o autorizados en el Manual de Procedimientos del Taller y/o en sus Especificaciones de Operación.
Palabras clave Taller aeronáutico, Especificaciones de Operación, Manual de Procedimientos del Taller Aeronáutico
Actividades o sectores económicos
Transportes, correos y almacenamiento
Detalle
Subsector: Transporte aéreo, Servicios relacionados con el transporte
Rama: Transporte aéreo regular, Transporte aéreo no regular, Servicios relacionados con el transporte aéreo
Subrama: Transporte aéreo regular, Transporte aéreo no regular, Otros servicios relacionados con el transporte aéreo
Clase: Transporte aéreo regular en líneas aéreas nacionales , Transporte aéreo no regular
Plazo para prevenir al sujeto regulado: 10 Días hábiles
Requisitos
01
Documentos relacionados con las instalaciones, equipos y capacitación del personal técnico aeronáutico que trabaja en el taller, así como el Manual de Procedimientos del Taller actualizado, y en general, cualquier documento que permita constatar que el taller aeronáutico cuenta con las condiciones necesarias para realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación de aeronaves y/o sus componentes en condiciones de calidad y seguridad.
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Reunión de apertura
Tiempo aproximado: 1 hora
2
Verificación de expedientes y documentos de capacitación del personal técnico
Tiempo aproximado: 4 horas
3
Verificación del equipo, herramienta y material del taller aeronáutico
Tiempo aproximado: 4 horas
4
Verificación de instalaciones, equipo y medidas de seguridad del taller aeronáutico
Tiempo aproximado: 4 horas
5
Verificación de los procedimientos en apego a lo establecido en el Manual de Procedimientos del taller
Tiempo aproximado: 4 horas
6
Reunión de cierre
Tiempo aproximado: 1 hora
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Constatar la capacidad del taller (en relación con sus recursos técnicos, humanos y materiales) para dar cumplimiento a las especificaciones y procedimientos técnicos establecidos en la legislación aeronáutica, así como para llevar a cabo los servicios de mantenimiento solicitados y/o autorizados en el Manual de Procedimientos del Taller y/o en sus Especificaciones de Operación.
Dirigido a: Personas morales | Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? Personas solicitantes de una expedición, revalidación, modificación o convalidación de un permiso para el establecimiento de un taller aeronáutico.
Tamaño de empresas: No se distingue por tamaño de empresa
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 De toda visita de verificación se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos personas testigos propuestas por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia o por quien la practique si aquélla se hubiere negado a proponerlos. De toda acta se dejará copia a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar, lo que no afectará la validez de la diligencia ni del documento de que se trate, siempre y cuando la persona verificadora haga constar tal circunstancia en la propia acta.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 Las personas visitadas a quienes se haya levantado acta de verificación podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 68
Fracción:
Obligaciones del sujeto regulado
01 Las personas propietarias, responsables, encargadas u ocupantes de establecimientos objeto de verificación estarán obligadas a permitir el acceso y dar facilidades e informes a las personas verificadoras para el desarrollo de su labor.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
02 Las empresas de vías generales de comunicación están obligadas a proporcionar todos los informes o datos que sean necesarios; a mostrar planos, expedientes, estudios, guías, libros de actas, de contabilidad, auxiliares y todos los documentos concernientes a la situación material, económica y financiera de esas empresas, sin limitación ni restricción alguna, así como a dar acceso a sus oficinas, almacenes, bodegas, talleres y demás dependencias.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Vías Generales de Comunicación
Artículo: 121
Fracción:
02 Las personas concesionarias, asignatarias, operadoras aéreas, permisionarias, proveedoras de servicios a la navegación aérea, propietarias o poseedoras de aeronaves, están obligadas a permitir a las personas inspectoras verificadoras de la Agencia Federal de Aviación Civil el acceso a sus instalaciones y transportarlas en sus equipos para que realicen sus funciones, a otorgar a las personas inspectoras verificadoras de la Agencia Federal de Aviación Civil todas las facilidades para que cumplan con sus fines, y a proporcionar a la Agencia Federal de Aviación Civil informes con los datos que permitan conocer la operación y explotación de los servicios de transporte aéreo y servicios a la navegación aérea.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
02 Las personas físicas o morales que sean sujetos de vigilancia y verificación, cubrirán el pago previsto en la Ley Federal de Derechos, que por este concepto se originen.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades del inspector
01 Las autoridades administrativas, para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias podrán llevar a cabo visitas de verificación, mismas que podrán ser ordinarias y extraordinarias; las primeras se efectuarán en días y horas hábiles, y las segundas en cualquier tiempo.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
02 Las dependencias podrán, de conformidad con las disposiciones aplicables, verificar bienes, personas y vehículos de transporte con el objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales, para lo cual se deberán cumplir, en lo conducente, las formalidades previstas para las visitas de verificación.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69
Fracción:
02 Las personas inspectoras verificadoras: I. Vigilarán y verificarán el cumplimiento de la Ley de Aviación Civil, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de la competencia que expresamente corresponda a otras autoridades, II. Podrán realizar la vigilancia y verificación de la naturaleza que fuere necesaria, en términos de lo establecido en la Ley de Aviación Civil, sus reglamentos correspondientes y demás disposiciones jurídicas aplicables, y III. Practicarán actividades de vigilancia y verificación sobre aspectos específicos, en términos de los reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
02 Las personas inspectoras verificadoras deben exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la Agencia Federal de Aviación Civil que las acredite para desempeñar dicha función, así como dependiendo de la naturaleza de la vigilancia y verificación, la orden escrita a la que se refiere el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de la que debe dejar copia a la persona con quien se entienda la diligencia. Si esta se niega a recibirla, dicha circunstancia se asentará en el acta respectiva, sin que ello afecte la validez del acto.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Sanciones
Sanciones
No se autorizará la expedición, revalidación, convalidación o modificación del permiso para el establecimiento de un taller aeronáutico.
Multa
Suspensión definitiva de actividades
Suspensión temporal de actividades
Clausura temporal
Clausura definitiva
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Actualización (UMA)
Rango de la multa: 100.00 - 25000.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: La Dirección Ejecutiva Técnica de la AFAC determinará la multa o sanción correspondiente de acuerdo al tipo, gravedad y reincidencia de la infracción. Se tomará como base lo estipulado en el Capítulo XIX de la Ley de Aviación Civil.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 70
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo:
Fracción:
Inspectores
01
FRANCISCO RUBIO CASTRO
Dirección de Aviación
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 15/10/2025
02
MIRIAM EDITH HERNANDEZ PEREZ
Dirección de Aviación
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 15/10/2025
03
PABLO CARRANZA PLATA
Dirección de Aviación
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 15/10/2025
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Agencia Federal de Aviación Civil
Unidad administrativa: Dirección de Aviación
Dirección: Boulevard Adolfo López Mateos Álvaro Obregón, Los Alpes, 1990, C.P.01010, Telefono: (555) 723-9300, ,ext. 18080,<BR>
Teléfono: (555) 723-9300
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Agencia Federal de Aviación Civil
Unidad administrativa: Agencia Federal de Aviación Civil
Dirección: Boulevard Adolfo López Mateos 1990 Los Alpes Álvaro Obregón Álvaro Obregón Ciudad de México C.P. 01010
Teléfono: (555) 723-9300
Correo:
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 70
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 68
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo:
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana NOM-145/1-SCT3-2001, Que regula los requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento del taller aeronáutico
Artículo: 22.2
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo:
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-145/1-SCT3-2023, Talleres Aeronáuticos.
Artículo: 19.1
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 68
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Vías Generales de Comunicación
Artículo: 121
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Aviación Civil
Artículo: 84
Fracción:
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 2
Febrero 1
Marzo 2
Abril 1
Mayo 1
Junio 2
Julio 1
Agosto 2
Septiembre 2
Octubre 1
Noviembre 2
Diciembre 1
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria * La enumeración de los pasos a realizar durante la inspección es enunciativa más no limitativa, por lo que en la práctica estos pueden variar, conjuntarse o efectuarse simultáneamente. * Esta inspección no tiene costo, sin embargo, de conformidad con el artículo 5, fracción VII de la Ley Federal de Derechos y el trámite AFAC-2022-290-008-A "Prestación de servicios fuera de la población donde radique el personal de la Agencia Federal de Aviación Civil", por la prestación de servicios fuera de la población donde radique el personal de la autoridad aeronáutica se pagará una cantidad equivalente a los viáticos a que las y los empleados tengan derecho por el desempeño de su trabajo fuera del lugar de su adscripción, incluidos los gastos de pasaje por el viaje redondo.
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 13 Septiembre 2023