Inspección de Animales en Casa-Habitación en Malas Condiciones

Homoclave: I-ASNG-NLE-1000-ASNG-0042 Tipo de actividad: Corroboración
Dependencia: Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
Que el ciudadano que cuente con animales en casa-habitación se encuentren en buenas condiciones
Datos generales
Tipo: Corroboración
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? A solicitud de parte
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección Que el ciudadano que cuente con animales en casa-habitación se encuentren en buenas condiciones
Palabras clave Inspección, malas condiciones, animales, denuncias
Actividades o sectores económicos
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Detalle
Subsector: Cría y explotación de animales
Rama: Explotación de otros animales
Subrama: Explotación de otros animales
Clase: Explotación de otros animales
Servicios de salud y de asistencia social
Detalle
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Se presenta y muestra su identificación oficial vigente al titular de la casa-habitación
Tiempo aproximado: 3 minutos
2
Comenta el objeto de la inspección
Tiempo aproximado: 3 minutos
3
Inspecciona las condiciones de la Casa Habitación, que se encuentre limpio, sin escurrimientos donde se ubica el animal
Tiempo aproximado: 5 minutos
4
Registra y entrega el Formato de Petición al Jefe Inmediato
Tiempo aproximado: 3 minutos
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Que el ciudadano que cuente con animales en casa-habitación se encuentren en buenas condiciones
Dirigido a: Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 Una vez admitida la denuncia, la autoridad competente llevará a cabo la identificación del denunciante y hará del conocimiento la denuncia a la persona o personas, o a las autoridades a quienes se imputen los hechos denunciados o a quienes pueda afectar el resultado de la acción emprendida, a fin de que presenten los documentos y pruebas, que a su derecho convenga, en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la notificación respectiva.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León
Artículo: 106
Fracción:
Obligaciones del sujeto regulado
01 El propietario, poseedor o encargado de un animal tendrá las siguientes obligaciones: I. Deberá inscribirlo en el Registro de Animales del Estado de Nuevo León, II. Proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, asistencia, auxilio, buen trato, velar por su desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento y la zoofilia; III. Garantizar su atención veterinaria, al menos una vez al año o cuando lo indique un Médico Veterinario; IV. Brindarle una morada, refugio, albergue o casa según sea el caso, mediante el cual le permita protegerse de las condiciones climatológicas y de cualquier otro factor externo que le ocasione o pudiere ocasionarle algún daño; V. Proveerle un área de estancia adecuada en superficie o espacio vital, que le permita tener libre movimiento y ejercitarse adecuadamente; VI. Proporcionar la higiene necesaria tanto en el cuerpo del animal como en su área de estancia; No permitir que los animales a su resguardo deambulen en la vía pública, así como tomar las medidas necesarias para la contención y seguridad de su animal al salir de paseo a la vía pública o durante cualquier traslado; VIII. No abandonar o liberar, intencional o negligentemente, a los animales que tengan en su propiedad, posesión, tenencia o encargo; IX. En caso de que impere la necesidad de llevar a cabo el sacrificio del animal, deberá verificar que se practique por personal autorizado y que el establecimiento en que se vaya a practicar cumpla con las regulaciones establecidas en las normas jurídicas aplicables; X. Cuando tenga conocimiento de un maltrato animal, dar aviso a las autoridades competentes; XI. Denunciar, ante las autoridades correspondientes, cualquier irregularidad o violación al presente Reglamento, en las que incurran los particulares, profesionistas, asociaciones protectoras o autoridades; XII. Promover en todas las instancias públicas y privadas la cultura sobre la tenencia responsable, protección, atención y buen trato de los animales, incluyendo a XIII. través de los comités ciudadanos y en las instancias de carácter social y vecinal; y XIV. Las demás que establezca la normatividad aplicable
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad en San Nicolas de los Garza , Nuevo León
Artículo: 8
Fracción: I-IV
02 os propietarios, responsables, funcionarios, empleados encargados u ocupantes del establecimiento, lugar o zona objeto de verificación o la persona con quien se atienda la diligencia, están obligados a permitir el acceso y dar facilidades a los inspectores, así como proporcionar toda clase de información al personal acreditado como inspector para el desarrollo de la diligencia, con excepción de lo relativo a derechos de propiedad industrial o de patentes que sean confidenciales conforme a la Ley.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León
Artículo: 113
Fracción:
Inspectores
01
Juan Manuel Pérez Rodríguez
Dirección General de Salud
02
Rigoberto Rivera González
Dirección General de Salud
03
José Antonio Cisneros Ramos
Dirección General de Salud
04
Felipe de Jesús Silva Quiroz
Dirección General de Salud
05
Ramiro Eduardo Suárez Rocha
Dirección General de Salud
06
Alberto Salinas Morón
Dirección General de Salud
07
Roberto Carlos Martínez Rodríguez
Dirección General de Salud
08
José Juan Maya Contreras
Dirección de Inspección
09
Debnhy Isbeidy Lozano Arreola
Dirección de Inspección
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Dirección General de Salud
Unidad administrativa: Dirección General de Salud
Dirección: Jorge Gonzalez Camarena S/N Valle Dorado San Nicolás de los Garza San Nicolás de los Garza Nuevo León C.P. 66418
Teléfono: (818) 153-1356
Correo:
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento General de Inspección para el Municipio de San Nicolás de los Garza
Artículo: 54
Fracción: I - IV
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento General de Inspección para el Municipio de San Nicolás de los Garza
Artículo: 28
Fracción: I, II, III
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento General de Inspección para el Municipio de San Nicolás de los Garza
Artículo: 28
Fracción: I, II, III
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad en San Nicolas de los Garza , Nuevo León
Artículo: 16
Fracción: I, II, III
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad en San Nicolas de los Garza , Nuevo León
Artículo: 8
Fracción: I-IV
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad en San Nicolas de los Garza , Nuevo León
Artículo: 8
Fracción: I-IV
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León
Artículo: 106
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León
Artículo: 113
Fracción:
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 30
Febrero 27
Marzo 47
Abril 33
Mayo 64
Junio 51
Julio 53
Agosto 53
Septiembre 51
Octubre 61
Noviembre 32
Diciembre 40
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria Que el domicilio sea de San Nicolás de los Garza, N.L.
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 20 Junio 2023