Autoevaluación del servicio de Alimentos y bebidas en Hoteles, restaurantes, tiendas departamentales y de autoservicio

Homoclave: I-COFEPRIS-001 Tipo de actividad: Vigilancia, Control, Asesoría, Autoevaluación
Dependencia: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Unidad administrativa: Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
Orden de gobierno:
El objetivo de la autoevaluación del servicio de alimentos en Hoteles, restaurantes, tiendas departamentales y de autoservicio, tiene como objeto que los sujetos regulados cumplan con la Ley, reglamentos y normatividad aplicable vigente.
Datos generales
Tipo: Vigilancia, Control, Asesoría, Autoevaluación
La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? Si
Justificación: Las actividades de verificación y vigilancia sanitaria, relativas al control sanitario de tipo regulatorio, con el objetivo primordial de proteger la salud de la población contra riesgos sanitarios, se encuentra establecida en el artículo 13 de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana.
¿Qué motiva la inspección? Ordinaria, Extraordinaria
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección El objetivo de la autoevaluación del servicio de alimentos en Hoteles, restaurantes, tiendas departamentales y de autoservicio, tiene como objeto que los sujetos regulados cumplan con la Ley, reglamentos y normatividad aplicable vigente.
Palabras clave servicio de alimentos en hoteles, servicio de alimentos en restaurantes, servicio de alimentos en tiendas departamentales, servicio de alimentos en tiendas de autoservicio, cédula de autoevaluación
Actividades o sectores económicos
Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas
Detalle
Subsector: Servicios de preparación de alimentos y bebidas
Rama: Servicios de preparación de alimentos y bebidas alcohólicas y no alcohólicasT
Subrama: Servicios de preparación de alimentos y bebidas alcohólicas y no alcohólicas
Clase: Restaurantes con servicio de preparación de alimentos a la carta o de comida corrida
Requisitos
01
AVISO DE FUNCIONAMIENTO
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Requisitos
Nombre:

Ley Geneal de Salud

Artículo: 200 BIS
Fracción:
Formato
Formato requerido:
CedulaAutoevaluacion.xlsx
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
AUTOEVALUACIÓN
Tiempo aproximado: 2 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal 3
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Ámbito: Federal 3
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo:
Fracción:
Ámbito: Federal 3
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios
Artículo:
Fracción:
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: El objetivo de la autoevaluación del servicio de alimentos en Hoteles, restaurantes, tiendas departamentales y de autoservicio, tiene como objeto que los sujetos regulados cumplan con la Ley, reglamentos y normatividad aplicable vigente.
Dirigido a: Personas físicas | Personas morales
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? si bien es un riesgo bajo, los establecimientos que se dedican al servicio de alimentos deben cumplir con la normatividad vigente aplicable
Tamaño de empresas: No aplica
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 En la diligencia de verificación sanitaria se deberán observar las siguientes reglas: Al iniciar la visita el verificador deberá exhibir la credencial vigente, expedida por la autoridad sanitaria competente, que lo acredite legalmente para desempeñar dicha función, así como la orden expresa a que se refiere el artículo 399 de esta ley, de la que deberá dejar copia al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento. Esta circunstancia se deberá anotar en el acta correspondiente; Al inicio de la visita, se deberá requerir al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento, o conductor del transporte, que proponga a dos testigos que deberán permanecer durante el desarrollo de la visita. Ante la negativa o ausencia del visitado, los designará la autoridad que practique la verificación. Estas circunstancias, el nombre, domicilio y firma de los testigos, se hará constar en el acta; En el acta que se levante con motivo de la verificación, se harán constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número y tipo de muestras tomadas o en su caso las medidas de seguridad que se ejecuten, y Al concluir la verificación, se dará oportunidad al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento o conductor del transporte, de manifestar lo que a su derecho convenga, asentando su dicho en el acta respectiva y recabando su firma en el propio documento, del que se le entregará una copia. La negativa a firmar el acta o a recibir copia de la misma o de la orden de visita, se deberá hacer constar en el referido documento y no afectará su validez, ni la de la diligencia practicada.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción:
Obligaciones del sujeto regulado
01 Ley General de Salud
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 200
Fracción:
02 REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo: 33
Fracción:
Facultades del inspector
01 Los verificadores en el ejercicio de sus funciones tendrán libre acceso a los edificios, establecimientos comerciales, industriales, de servicio y, en general a todos los lugares a que hace referencia esta Ley.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 400
Fracción:
02 Los verificadores, para practicar visitas, deberán estar provistos de órdenes escritas, con firma autógrafa expedidas por las autoridades sanitarias competentes, en las que se deberá precisar el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que debe tener y las disposiciones legales que la fundamenten
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 399
Fracción:
Sanciones
Sanciones
AL SER AUTOEVALUACIÓN, NO APLICA LA SANCIÓN
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley Geneal de Salud
Artículo:
Fracción:
Inspectores
01
Luis Antonio Villagómez Ramírez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
02
Miguel De La Sancha Rivera
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
03
Miguel Angel Reyes Beltran
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
04
Maria Del Rosario Luna Rodriguez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
05
Gonzalo Alonso Sosa
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
06
Pablo Regalado Galvan
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
07
Paloma Rosalia Ivet Diaz Bustamante
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
08
Alejandra Munguía Herrera
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
09
Marco Antonio De La Garza Flores
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
10
Lina Jacqueline Almazan Hernandez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
11
Emilio Zúñiga Sanchez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
12
Francisco Jose Guzman Luna
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
13
Sandy Yukari Ortega Martinez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
14
Daniela Vanesa Martinez Suarez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
15
Héctor Nava Avella
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
16
Jose David Cedillo Diaz
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
17
Ramón Hector Salazar Diego
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
18
Hernani De La Cruz Cital
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
19
Roberto Hernandez Porras
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
20
Arturo Hernandez Reyes
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
21
María del Rosario Luna Rodríguez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
22
Luis Antonio Villagómez Ramírez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
23
Miguel Ángel Reyes Beltrán
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
24
Miguel De la Sancha Rivera
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
25
Gonzalo Alonso Sosa
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
26
Pablo Regalado Galván
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
27
Marco Antonio De la Garza Flores
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
28
Ramón Hector Salazar Diego
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
29
Hernani De la Cruz Cital
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
30
Francisco José Guzmán Luna
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
31
José David Cedillo Díaz
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
32
Sandy Yukari Ortega Martínez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
33
Lina Jacqueline Almazán Hernández
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
34
Paloma Rosalía Ivet Díaz Bustamante
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
35
Emilio Zúñiga Sánchez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
36
Daniela Vanesa Martínez Suárez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
37
Héctor Nava Avella
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
38
Arturo Hernández Reyes
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
39
Roberto Hernández Porras
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
40
Ofelia Pérez Vega
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
41
Chrystian Pablo Olaf Bernal García
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
42
Abraham Evaristo Uribe García
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
43
Alberto Villalobos Martínez
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
44
Edgar Ochoa Feltrin
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
45
Lucía Gámez Ávelar
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
46
Martín Gerardo López Saucedo
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
47
Miguel Ángel Aguilar Rosales
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
48
Rogelio Robledo Rebolledo
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
49
Aline Samantha Soberanes Uribe
Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Unidad administrativa: Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
Dirección: OKLAHOMA 14 Nápoles Benito Juárez C.P.03810
Teléfono: (555) 080-5200
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Unidad administrativa: Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria
Dirección: OKLAHOMA 14 NápolesBenito Juárez Benito Juárez Ciudad de México C.P. 03810
Teléfono: (555) 080-5200
Correo:
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 400
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 399
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Geneal de Salud
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Geneal de Salud
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: I
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo: 30
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
Artículo: 33
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Geneal de Salud
Artículo: 200 BIS
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo:
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 200
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios
Artículo:
Fracción:
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 0
Febrero 0
Marzo 0
Abril 0
Mayo 0
Junio 0
Julio 0
Agosto 0
Septiembre 0
Octubre 0
Noviembre 0
Diciembre 0
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 09 Octubre 2020