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1.- Se recibe reporte de maltrato/violencia infantil, a través de llamada telefónica, correo electrónico de la Institución o ante la Dirección de Atención Ciudadana de este Sistema y/o de la Presidencia de la República. 2.- Se registra en la base de datos. 3.- Se designa equipo multidisciplinario (Psicología, Trabajo Social y Abogado), para realizar visita domiciliaria para confirmar o descartar la violencia/maltrato infantil. 4.- Se programa la visita domiciliaria. 5.- Se constituye el equipo disciplinario en el domicilio señalado, dónde se genera la violencia/maltrato infantil. 6.- Se corrobora el domicilio a través de la nomenclatura de la calle, colonia y desde luego con el número del inmueble y referencias particulares del predio. 7.- Se procede hacer el llamado en el domicilio (generalmente es el abogado quien lo hace), se pregunta por la niña/o, o bien por la persona generadora de la violencia/maltrato. 8.- Se le indica a la persona que la PFPNNA recibió reporte de violencia/maltrato, sin señalarle quien realiza el mismo, una vez enterada/o de la presencia del equipo disciplinario, se hace una presentación de cada uno de los integrantes y se identifica con la credencia oficial expedida por el Sistema Nacional DIF. 9.- Previo a la sensibilización de la persona buscada, se le solicita el ingreso a su domicilio con el fin de practicar Estudio Social, valoración Psicológica y proporcionar Asesoría Jurídica derivado del resultado de cada una de las áreas que interviene, aunado al permiso para tomar fotografías del inmueble y espacio de la Niña/o, y/o Adolescente, para lo cual se le solicita lea y si está de acuerdo, firme, estampe huella del pulgar y proporcione copia fotostática de su credencia para votar u otra identificación oficial. 10.- Se procede a tener una plática en lo general de la situación familiar, integrantes y problemática que se presente entre los integrantes para ubicar la causa que genera la probable violencia/maltrato. 11.- Posteriormente Trabajo Social realiza una serie de preguntas en caminadas al grupo familiar, así como los espacios y lugar de la niña/o o adolescente, así como actividades de cada uno de los miembros que habitan el inmueble y se toman impresiones fotográficas de la vivienda. 12.- El área de psicología, tomando en consideración el desarrollo de la plática general, así como la de trabajo social, entrevista al posible generador de la violencia, entrevista a la niña/o o adolescente y practica prueba a la niña/o o adolescente para buscar las causas que generan la violencia o bien para descartarla. 13.- Se concluye la visita, haciendo recomendaciones al entrevistado con la finalidad de erradicar la posible violencia de manera amigable y no alterar su estado de ánimo, derivado del resultado de la visita el área jurídica asesora al visitado e incluso le proporciona domicilios dónde puede acudir a solicitar apoyo en la tramitación de algún juicio (alimentos, guarda y custodia; perdida de la patria potestad; divorcio u otra materia). 14.- Cada área realiza su reporte y se integra al expediente. 15.- El área Jurídica realiza Tarjeta Informativa de la visita domiciliaria. 16.- Se detecta violencia, se procede a denunciar ante el Titular de la Agencia 59° del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
Tiempo aproximado: 1 día, 6 horas, 30 minutos
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