ORDEN DE PRACTICA DE INSPECCION Y VERIFICACION
PRESENCIAL

Homoclave: I-SEGOB-PUE-1694-SEGOB-001 Tipo de actividad: Vigilancia, Control, Supervisión, Corroboración
Dependencia: Secretaría de Gobernación
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
ORDENAR, INSPECCIONAR Y VERIFICAR
Datos generales
Tipo: Vigilancia, Control, Supervisión, Corroboración
La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo), REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular), SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? Forma parte de un trámite o servicio
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección ORDENAR, INSPECCIONAR Y VERIFICAR
Palabras clave PRACTICA, VISITA, INSPECCION, VERIFICACION
Actividades o sectores económicos
Comercio al por mayor
Detalle
Subsector: Comercio al por mayor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco, Comercio al por mayor de productos textiles y calzado, Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, de perfumería, artículos para el esparcimiento, electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca , Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias y forestales, para la industria, y materiales de desecho , Comercio al por mayor de maquinaria, equipo y mobiliario para actividades agropecuarias, industriales, de servicios y comerciales, y de otra maquinaria y equipo de uso general , Comercio al por mayor de camiones y de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones , Intermediación de comercio al por mayor
Rama: Comercio al por mayor de abarrotes y alimentos, Comercio al por mayor de bebidas, hielo y tabaco, Comercio al por mayor de productos textiles y calzado, Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, Comercio al por mayor de artículos de perfumería, cosméticos y joyería, Comercio al por mayor de discos, juguetes y artículos deportivos, Comercio al por mayor de artículos de papelería, libros, revistas y periódicos, Comercio al por mayor de electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca, Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias y forestales, Comercio al por mayor de materias primas para la industria, Comercio al por mayor de materiales de desecho, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo agropecuario, forestal y para la pesca, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la industria, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para los servicios y para actividades comerciales, Comercio al por mayor de mobiliario y equipo de cómputo y de oficina, y de otra maquinaria y equipo de uso general, Comercio al por mayor de camiones y de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones, Intermediación de comercio al por mayor, excepto a través de internet y de otros medios electrónicos, Intermediación de comercio al por mayor exclusivamente a través de internet y otros medios electrónicos
Subrama: Comercio al por mayor de abarrotes, Comercio al por mayor de carnes, Comercio al por mayor de frutas y verduras frescas, Comercio al por mayor de huevo, Comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos, Comercio al por mayor de leche y otros productos lácteos, Comercio al por mayor de embutidos, Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería, Comercio al por mayor de otros alimentos, Comercio al por mayor de bebidas y hielo, Comercio al por mayor de cigarros, puros y tabaco, Comercio al por mayor de productos textiles, excepto ropa, Comercio al por mayor de ropa, bisutería y accesorios de vestir, Comercio al por mayor de calzado, Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, Comercio al por mayor de artículos de perfumería y cosméticos, Comercio al por mayor de artículos de joyería y relojes, Comercio al por mayor de discos, juguetes y artículos deportivos, Comercio al por mayor de artículos de papelería, Comercio al por mayor de libros, Comercio al por mayor de revistas y periódicos, Comercio al por mayor de electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca, Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias y forestales, Comercio al por mayor de materiales para la construcción, excepto de madera y metálicos, Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción y materias primas para otras industrias, Comercio al por mayor de combustibles de uso industrial, Comercio al por mayor de artículos desechables, Comercio al por mayor de materiales de desecho, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo agropecuario, forestal y para la pesca, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la industria manufacturera, Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para los servicios y para actividades comerciales, Comercio al por mayor de mobiliario y equipo de cómputo y de oficina, y de otra maquinaria y equipo de uso general, Comercio al por mayor de camiones y de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones, Intermediación de comercio al por mayor, excepto a través de internet y de otros medios electrónicos, Intermediación de comercio al por mayor exclusivamente a través de internet y otros medios electrónicos
Clase: Comercio al por mayor de abarrotes , Comercio al por mayor de carnes rojas , Comercio al por mayor de carne de aves , Comercio al por mayor de pescados y mariscos , Comercio al por mayor de frutas y verduras frescas , Comercio al por mayor de huevo , Comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos , Comercio al por mayor de leche y otros productos lácteos , Comercio al por mayor de embutidos , Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería , Comercio al por mayor de pan y pasteles , Comercio al por mayor de botanas y frituras , Comercio al por mayor de conservas alimenticias , Comercio al por mayor de miel , Comercio al por mayor de otros alimentos , Comercio al por mayor de bebidas no alcohólicas y hielo , Comercio al por mayor de vinos y licores , Comercio al por mayor de cerveza , Comercio al por mayor de cigarros, puros y tabaco , Comercio al por mayor de fibras, hilos y telas , Comercio al por mayor de blancos , Comercio al por mayor de cueros y pieles , Comercio al por mayor de otros productos textiles , Comercio al por mayor de ropa, bisutería y accesorios de vestir , Comercio al por mayor de calzado , Comercio al por mayor de productos farmacéuticos , Comercio al por mayor de artículos de perfumería y cosméticos , Comercio al por mayor de artículos de joyería y relojes , Comercio al por mayor de discos y casetes , Comercio al por mayor de juguetes y bicicletas , Comercio al por mayor de artículos y aparatos deportivos , Comercio al por mayor de artículos de papelería , Comercio al por mayor de libros , Comercio al por mayor de revistas y periódicos , Comercio al por mayor de electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca , Comercio al por mayor de fertilizantes, plaguicidas y semillas para siembra , Comercio al por mayor de medicamentos veterinarios y alimentos para animales, excepto mascotas , Comercio al por mayor de cemento, tabique y grava , Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera y metálicos , Comercio al por mayor de materiales metálicos para la construcción y la manufactura , Comercio al por mayor de productos químicos para la industria farmacéutica y para otro uso industrial , Comercio al por mayor de envases en general, papel y cartón para la industria , Comercio al por mayor de madera para la construcción y la industria , Comercio al por mayor de equipo y material eléctrico , Comercio al por mayor de pintura , Comercio al por mayor de vidrios y espejos , Comercio al por mayor de ganado y aves en pie , Comercio al por mayor de otras materias primas para otras industrias , Comercio al por mayor de combustibles de uso industrial , Comercio al por mayor de artículos desechables , Comercio al por mayor de desechos metálicos , Comercio al por mayor de desechos de papel y de cartón , Comercio al por mayor de desechos de vidrio , Comercio al por mayor de desechos de plástico , Comercio al por mayor de otros materiales de desecho , Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería , Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la industria manufacturera , Comercio al por mayor de equipo de telecomunicaciones, fotografía y cinematografía , Comercio al por mayor de artículos y accesorios para diseño y pintura artística , Comercio al por mayor de mobiliario, equipo e instrumental médico y de laboratorio , Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para otros servicios y para actividades comerciales , Comercio al por mayor de mobiliario, equipo, y accesorios de cómputo , Comercio al por mayor de mobiliario y equipo de oficina , Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de uso general , Comercio al por mayor de camiones , Comercio al por mayor de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones , Intermediación de comercio al por mayor de productos agropecuarios, excepto a través de internet y de otros medios electrónicos , Intermediación de comercio al por mayor de productos para la industria, el comercio y los servicios, excepto a través de internet y de otros medios electrónicos , Intermediación de comercio al por mayor para productos de uso doméstico y personal, excepto a través de internet y de otros medios electrónicos , Intermediación de comercio al por mayor exclusivamente a través de internet y otros medios electrónicos
Comercio al por menor
Detalle
Subsector: Comercio al por menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco , Comercio al por menor en tiendas de autoservicio y departamentales , Comercio al por menor de productos textiles, bisutería, accesorios de vestir y calzado , Comercio al por menor de artículos para el cuidado de la salud , Comercio al por menor de artículos de papelería, para el esparcimiento y otros artículos de uso personal , Comercio al por menor de enseres domésticos, computadoras, artículos para la decoración de interiores y artículos usados , Comercio al por menor de artículos de ferretería, tlapalería y vidrios , Comercio al por menor de vehículos de motor, refacciones, combustibles y lubricantes , Comercio al por menor exclusivamente a través de internet, y catálogos impresos, televisión y similares
Rama: Comercio al por menor de abarrotes y alimentos, Comercio al por menor de bebidas, hielo y tabaco, Comercio al por menor en tiendas de autoservicio, Comercio al por menor en tiendas departamentales, Comercio al por menor de productos textiles, excepto ropa, Comercio al por menor de ropa, bisutería y accesorios de vestir, Comercio al por menor de calzado, Comercio al por menor de artículos para el cuidado de la salud, Comercio al por menor de artículos de perfumería y joyería, Comercio al por menor de artículos para el esparcimiento, Comercio al por menor de artículos de papelería, libros, revistas y periódicos, Comercio al por menor de mascotas, regalos, artículos religiosos, desechables, artesanías y otros artículos de uso personal, Comercio al por menor de muebles para el hogar y otros enseres domésticos, Comercio al por menor de mobiliario, equipo y accesorios de cómputo, teléfonos y otros aparatos de comunicación, Comercio al por menor de artículos para la decoración de interiores, Comercio al por menor de artículos usados, Comercio al por menor de artículos de ferretería, tlapalería y vidrios, Comercio al por menor de automóviles y camionetas, Comercio al por menor de partes y refacciones para automóviles, camionetas y camiones, Comercio al por menor de motocicletas y otros vehículos de motor, Comercio al por menor de combustibles, aceites y grasas lubricantes, Comercio al por menor exclusivamente a través de internet, y catálogos impresos, televisión y similares
Subrama: Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas, Comercio al por menor de carnes, Comercio al por menor de frutas y verduras frescas, Comercio al por menor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos, Comercio al por menor de leche, otros productos lácteos y embutidos, Comercio al por menor de dulces y materias primas para repostería, Comercio al por menor de paletas de hielo y helados, Comercio al por menor de otros alimentos, Comercio al por menor de bebidas y hielo, Comercio al por menor de cigarros, puros y tabaco, Comercio al por menor en tiendas de autoservicio, Comercio al por menor en tiendas departamentales, Comercio al por menor de productos textiles, excepto ropa, Comercio al por menor de ropa, bisutería y accesorios de vestir, Comercio al por menor de calzado, Comercio al por menor de productos farmacéuticos y naturistas, Comercio al por menor de lentes y artículos ortopédicos, Comercio al por menor de artículos de perfumería y joyería, Comercio al por menor de artículos para el esparcimiento, Comercio al por menor de artículos de papelería, libros, revistas y periódicos, Comercio al por menor de mascotas, regalos, artículos religiosos, desechables, artesanías y otros artículos de uso personal, Comercio al por menor de muebles para el hogar y otros enseres domésticos, Comercio al por menor de mobiliario, equipo y accesorios de cómputo, teléfonos y otros aparatos de comunicación, Comercio al por menor de artículos para la decoración de interiores, Comercio al por menor de artículos usados, Comercio al por menor de artículos de ferretería, tlapalería y vidrios, Comercio al por menor de automóviles y camionetas, Comercio al por menor de partes y refacciones para automóviles, camionetas y camiones, Comercio al por menor de motocicletas y otros vehículos de motor, Comercio al por menor de combustibles, Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes, aditivos y similares para vehículos de motor, Comercio al por menor exclusivamente a través de internet, y catálogos impresos, televisión y similares
Clase: Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas , Comercio al por menor de carnes rojas , Comercio al por menor de carne de aves , Comercio al por menor de pescados y mariscos , Comercio al por menor de frutas y verduras frescas , Comercio al por menor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos , Comercio al por menor de leche, otros productos lácteos y embutidos , Comercio al por menor de dulces y materias primas para repostería , Comercio al por menor de paletas de hielo y helados , Comercio al por menor de otros alimentos , Comercio al por menor de vinos y licores , Comercio al por menor de cerveza , Comercio al por menor de bebidas no alcohólicas y hielo , Comercio al por menor de cigarros, puros y tabaco , Comercio al por menor en supermercados , Comercio al por menor en minisupers , Comercio al por menor en tiendas departamentales , Comercio al por menor de telas , Comercio al por menor de blancos , Comercio al por menor de artículos de mercería y bonetería , Comercio al por menor de ropa, excepto de bebé y lencería , Comercio al por menor de ropa de bebé , Comercio al por menor de lencería , Comercio al por menor de disfraces, vestimenta regional y vestidos de novia , Comercio al por menor de bisutería y accesorios de vestir , Comercio al por menor de ropa de cuero y piel y de otros artículos de estos materiales , Comercio al por menor de pañales desechables , Comercio al por menor de sombreros , Comercio al por menor de calzado , Farmacias sin minisúper , Farmacias con minisúper , Comercio al por menor de productos naturistas, medicamentos homeopáticos y de complementos alimenticios , Comercio al por menor de lentes , Comercio al por menor de artículos ortopédicos , Comercio al por menor de juguetes , Comercio al por menor de bicicletas y triciclos , Comercio al por menor de instrumentos musicales , Comercio al por menor de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones , Comercio al por menor de partes y refacciones usadas para automóviles, camionetas y camiones , Comercio al por menor de motocicletas , Comercio al por menor de otros vehículos de motor , Comercio al por menor de gasolina y diésel , Comercio al por menor de gas L.P. en cilindros y para tanques estacionarios , Comercio al por menor de gas L.P. en estaciones de carburación , Comercio al por menor en estaciones de gas natural vehicular , Comercio al por menor de otros combustibles , Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes, aditivos y similares para vehículos de motor , Comercio al por menor exclusivamente a través de internet, y catálogos impresos, televisión y similares
Requisitos
01
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CEDULA PARA GIROS COMERCIALES, INDUSTRIALES, AGRICOLAS, GANADEROS Y DE SERVICIOS VIGENTE
Detalle
Nombre Tipo
PAGO DE MULTA
Fundamento Jurídico
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Nombre:

REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA

Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Formato
Formato requerido:
ORDEN DE PRACTICA DE INSPECCION Y VERIFICACION.pdf
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
6
EL PERSONAL AUTORIZADO EN PRACTICAR LA VISITA, DEBERÁ DE VERIFICAR SE CUMPLAN CON LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y CON LO ESTABLECIDO EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO RESPECTIVA, SEGÚN EL GIRO DE QUE SE TRATE, HACIENDO USO PARA ELLO DE LAS NORMAS, MÉTODOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS NECESARIOS PARA QUE SE CUMPLA TAL FIN. EL PERSONAL AUTORIZADO, AL INICIAR LA VISITA, SE IDENTIFICARÁ DEBIDAMENTE CON LA PERSONA QUE ATIENDA LA DILIGENCIA, EXHIBIRÁ LA ORDEN ESCRITA RESPECTIVA Y LE ENTREGARÁ LA ORIGINAL DE LA MISMA, REQUIRIÉNDOLA PARA QUE EN EL ACTO DESIGNE DOS TESTIGOS, LOS CUALES JUNTO CON QUIEN ATIENDA LA INSPECCIÓN SE IDENTIFICARÁN. EN TODA VISITA DE INSPECCIÓN SE LEVANTARÁ ACTA EN LA QUE SE HARÁN CONSTAR, EN FORMA CIRCUNSTANCIADA, LOS HECHOS U OMISIONES QUE SE HUBIESEN PRESENTADO DURANTE LA DILIGENCIA. SI LA PERSONA CON QUIEN SE ENTENDIÓ LA DILIGENCIA O LOS TESTIGOS SE NEGAREN A FIRMAR EL ACTA, O EL INTERESADO SE NEGARE A ACEPTAR COPIA DE LA MISMA, DICHAS CIRCUNSTANCIAS SE ASENTARÁN EN ELLA, SIN QUE ESTO AFECTE SU VALIDEZ Y VALOR PROBATORIO LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDA LA DILIGENCIA DEBERÁ PERMITIR AL PERSONAL AUTORIZADO EL ACCESO AL LUGAR O LUGARES SUJETOS A INSPECCIÓN, ASÍ COMO A PROPORCIONAR TODA CLASE DE INFORMACIÓN QUE CONDUZCA A LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESTE ORDENAMIENTO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES. LA INFORMACIÓN DEBERÁ MANTENERSE POR EL AYUNTAMIENTO EN ABSOLUTA RESERVA, SI ASÍ LO SOLICITA EL INTERESADO, SALVO EN EL CASO DE REQUERIMIENTO JUDICIAL. LA AUTORIDAD COMPETENTE PODRÁ SOLICITAR EL AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA PARA EFECTUAR LA VISITA DE INSPECCIÓN EN LOS CASOS QUE JUZGUE NECESARIO, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS SANCIONES A QUE HAYA LUGAR.
Tiempo aproximado: 1 día, 2 horas, 30 minutos
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: ORDENAR, INSPECCIONAR Y VERIFICAR
Dirigido a: Otros
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 EL PERSONAL AUTORIZADO, AL INICIAR LA VISITA, SE IDENTIFICARÁ DEBIDAMENTE CON LA PERSONA QUE ATIENDA LA DILIGENCIA, EXHIBIRÁ LA ORDEN ESCRITA RESPECTIVA Y LE ENTREGARÁ LA ORIGINAL DE LA MISMA, REQUIRIÉNDOLA PARA QUE EN EL ACTO DESIGNE DOS TESTIGOS, LOS CUALES JUNTO CON QUIEN ATIENDA LA INSPECCIÓN SE IDENTIFICARÁN
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 33
Fracción: N/A
02 ORDEN DE PRACTICA DE INSPECCION Y VERIFICACION
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
02 EL PERSONAL AUTORIZADO, AL INICIAR LA VISITA, SE IDENTIFICARÁ DEBIDAMENTE CON LA PERSONA QUE ATIENDA LA DILIGENCIA, EXHIBIRÁ LA ORDEN ESCRITA RESPECTIVA Y LE ENTREGARÁ LA ORIGINAL DE LA MISMA, REQUIRIÉNDOLA PARA QUE EN EL ACTO DESIGNE DOS TESTIGOS, LOS CUALES JUNTO CON QUIEN ATIENDA LA INSPECCIÓN SE IDENTIFICARÁN
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 34
Fracción: N/A
Obligaciones del sujeto regulado
01 SON OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, CÉDULAS DE EMPADRONAMIENTO O PERMISO PROVISIONAL A QUE SE REFIERE ESTE REGLAMENTO: I. TENER A LA VISTA EN EL ESTABLECIMIENTO LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO O PERMISO PROVISIONAL ORIGINAL DEL GIRO Y LA LICENCIA DE USO DE SUELO ESPECÍFICO, QUE AMPAREN EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES, II. DEBERÁ CONTAR CON UN SEÑALAMIENTO EN EL INTERIOR Y EN EL EXTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO, EN EL QUE SE ESTABLEZCA DE FORMA CLARA Y DE TAMAÑO VISIBLE EL HORARIO EN EL CUAL PRESTAN LOS SERVICIOS; III. MANTENER ASEADOS TANTO EN INTERIOR COMO EL EXTERIOR DE SUS LOCALES, CONTAR CON RECIPIENTES DE BASURA, EN NÚMERO Y CAPACIDAD SUFICIENTES, A LA VISTA Y DISPOSICIÓN DE LOS CLIENTES, ASÍ COMO DAR EL ADECUADO MANTENIMIENTO A LA JARDINERÍA INTERIOR Y EXTERIOR EN EL CASO DE QUE EXISTIERA; IV. CONTAR CON LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD NECESARIOS PARA EVITAR SINIESTROS, EN TÉRMINOS DEL DICTAMEN DE LA INSTANCIA CORRESPONDIENTE; V. REALIZAR LAS ACTIVIDADES AUTORIZADAS EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO O PERMISO PROVISIONAL, DENTRO DE LOS LOCALES Y HORARIOS AUTORIZADOS; VI. SEÑALAR LAS SALIDAS DE EMERGENCIA Y MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASOS NECESARIOS, EN TÉRMINOS DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL RESPECTIVO; VII. CONTAR CON BOTIQUÍN PARA LA PRESTACIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS Y EXTINGUIDORES PARA PREVENIR Y CONTROLAR INCENDIOS; VIII. PRESENTAR AVISO DE TERMINACIÓN DE ACTIVIDADES, CUANDO NO SE QUIERA CONTINUAR DESARROLLANDO LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIO AMPARADA EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO O PERMISO PROVISIONAL; IX. HACER DEL CONOCIMIENTO INMEDIATO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE EN CASO DE UN SINIESTRO; X. RECABAR LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE PARA EL RETIRO DE SELLOS EN LOS GIROS QUE HAYAN SIDO CLAUSURADOS; ORDEN JURÍDICO POBLANO 14 XI. PERMITIR EL INGRESO AL PERSONAL AUTORIZADO POR EL AYUNTAMIENTO, ASÍ COMO PROPORCIONARLES LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA EL DESARROLLO DE SUS FUNCIONES; XII. CUANDO SE PRETENDA CEDER LOS DERECHOS, CAMBIAR DE GIRO, DOMICILIO, ACTIVIDAD, AMPLIAR EL GIRO O MODIFICAR SU ANUNCIO, SOLICITAR PREVIAMENTE EL VISTO BUENO DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES CORRESPONDIENTES; XIII. EVITAR AGLOMERACIONES EN LA ENTRADA PRINCIPAL DEL ESTABLECIMIENTO QUE OBSTRUYAN LA VIALIDAD, EL PASO PEATONAL O QUE PONGAN EN RIESGO LA SEGURIDAD DE LOS USUARIOS O PEATONES; XIV. IMPEDIR EL ACCESO A LOS MENORES DE EDAD CUANDO SE EXPENDAN O SE EXHIBAN ARTÍCULOS CONSIDERADOS PARA ADULTOS; XV. TRATÁNDOSE DE GIROS RELACIONADOS CON LOS ANIMALES SE DEBERÁ DE DAR CUMPLIMIENTO A LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES; XVI. INHIBIR LOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LOS ORDENAMIENTOS EN LA MATERIA; XVII. RESPETAR LA VIALIDAD EN LAS BOCACALLES, ASÍ COMO NO INVADIR ÁREAS VERDES, BANQUETAS, GLORIETAS, CAMELLONES, PASILLOS Y PASOS SEÑALADOS POR LA AUTORIDAD; XVIII. PARTICIPAR EN LOS PROGRAMAS PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS, MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO, CULTURA AMBIENTAL, USO EFICIENTE DE ENERGÍA, MANEJO INTEGRAL DE AGUA; XIX. NO TENER AL INTERIOR DEL LOCAL COMERCIAL, ACCESO CON OTRAS HABITACIONES; XX. CUMPLIR CON EL HORARIO Y DISPOSICIONES ESTABLECIDAS DENTRO DEL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD E IMPACTO VIAL, Y XXI. LAS DEMÁS QUE ESTABLEZCA ESTE REGLAMENTO, LOS ACUERDOS DE AYUNTAMIENTO Y LAS DIVERSAS NORMAS APLICABLES A LA ACTIVIDAD DE QUE SE TRATE.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 18
Fracción: I, II, III, IV, V , VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX Y XXI
Sanciones
Sanciones
Multa
Suspensión definitiva de actividades
Suspensión temporal de actividades
Clausura temporal
Clausura definitiva
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Pesos Mexicanos
Rango de la multa: 10374.00 - 103740.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES SE HARÁ TOMANDO EN CONSIDERACIÓN: I. LA GRAVEDAD DE LA INFRACCIÓN; II. LAS CIRCUNSTANCIAS DE COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN; III. SUS EFECTOS EN PERJUICIO DEL INTERÉS PÚBLICO; IV. LAS CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS DEL INFRACTOR; V. LA REINCIDENCIA DEL INFRACTOR, Y VI. EL BENEFICIO O PROVECHO OBTENIDO POR EL INFRACTOR, CON MOTIVO DE LA OMISIÓN O ACTO SANCIONADO.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Sanciones
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 43
Fracción: N/A
Inspectores
01
HIDELGARDO ROGELIO GARCIA MARTINEZ
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
02
ISRAEL SOLIS GUEVARA
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
03
ALBERTO VALENCIA MOYOTL
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
04
JOSE RENE TLACHI MINO
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
05
RAUL MENDOZA ISELO
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
06
CHRISTIAN YAIR BADILLO TOTOTZINTLE
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
07
ARMANDO GOMEZ ZAMORA
DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Secretaría de Gobernación
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Secretaría de Gobernación
Unidad administrativa: DIRECCION DE GIROS COMERCIALES
Dirección: 16 DE SEPTIEMBRE 102 Centro San Andrés Cholula San Andrés Cholula Puebla C.P. 72810
Teléfono: (222) 403-7000
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 18
Fracción: I, II, III, IV, V , VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX Y XXI
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Fundamento del formato
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Multa
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 41
Fracción: I, II, III, IV, V Y VI
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 33
Fracción: N/A
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 34
Fracción: N/A
Fundamento de requisitos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Sanciones
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 43
Fracción: N/A
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: REGLAMNETO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES CHOLULA
Artículo: ARTICULO 1
Fracción: N/A
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 80
Febrero 117
Marzo 199
Abril 165
Mayo 364
Junio 231
Julio 108
Agosto 107
Septiembre 62
Octubre 43
Noviembre 13
Diciembre 19
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
128
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 25 Agosto 2023