Visita de Verificación Ordinaria y/o extraordinaria
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Homoclave: I-SSP-PUE-0-SSP-0002 Tipo de actividad: Visita de Verificación.
Dependencia: Secretaría de Seguridad Pública
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
Comprobar el cumplimiento a las disposiciones aplicadas contenidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento, asi como las obligaciones y restricciones a las que se sujeta la autorización, revalidación o modificación, asi como regular a las empresas que prestan servicios de seguridad privada sin la autorización correspondiente .
Datos generales
Tipo: Visita de Verificación.
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular), PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? Otro
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Comprobar el cumplimiento a las disposiciones aplicadas contenidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento, asi como las obligaciones y restricciones a las que se sujeta la autorización, revalidación o modificación, asi como regular a las empresas que prestan servicios de seguridad privada sin la autorización correspondiente .
Palabras clave extraordinaria, ordinaria, privada, seguridad, empresas, Seguridad Privada
Actividades o sectores económicos
Otros servicios excepto actividades gubernamentales
Detalle
Subsector: Servicios personales, Asociaciones y organizaciones
Rama: Asociaciones y organizaciones comerciales, laborales, profesionales y recreativas
Subrama: Asociaciones, organizaciones y cámaras de productores, comerciantes y prestadores de servicios
Clase: Asociaciones, organizaciones y cámaras de productores, comerciantes y prestadores de servicios
Requisitos
01
Identificación Oficial / Cédula de Autorización, Revalidación y/o Modificación.
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Se realizará en el lugar o lugares señalados en la orden de visita de verificación.
Tiempo aproximado: 10 minutos
2
Si al presentarse el visitador al lugar en donde deba practicarse la diligencia, no estuviere el visitado o su representante, dejará citatorio con la persona que se encuentre en dicho lugar para que el mencionado visitado o su representante, lo esperen a la hora determinada del día siguiente para recibir la orden de visita; si no lo hicieren, la visita se iniciará con quien se encuentre en el lugar visitado.
Tiempo aproximado: 10 minutos
3
Al iniciarse la visita el visitador que en ella intervenga, se deberá identificar ante la persona con quien se entienda la diligencia, requiriéndola para que designe dos testigos, si éstos no son designados o los designados no aceptan servir como tales, el visitador los designará, haciendo constar esta situación en el acta que levante, sin que esta circunstancia invalide los resultados de la visita.
Tiempo aproximado: 40 minutos
4
Los Prestadores de Servicios y el personal directivo, administrativo u operativo sujetos de verificación, deberán de identificarse plenamente y señalar la función que desempeñen dentro de la empresa.
Tiempo aproximado: 1 hora, 10 minutos
5
De toda visita de verificación se levantará acta en la que se hará constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubieren conocido por el visitador y se dejará copia a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar.
Tiempo aproximado: 40 minutos
6
Si la visita fuera practicada simultáneamente en dos o más lugares, en cada uno se deberá levantar la respectiva acta circunstanciada.
Tiempo aproximado: 40 minutos
7
El visitador podrá verificar los bienes, los vehículos de transporte, la documentación y la información necesaria, asimismo podrá elaborar croquis, obtener copia de la documentación, tomar fotografías o video para el cumplimiento de la orden de visita.
Tiempo aproximado: 40 minutos
8
Cuando no sea posible terminar la visita de verificación el día de su inicio, se cerrará el acta fijándose día y hora para su continuación.
Tiempo aproximado: 40 minutos
9
Una vez culminada la visita de verificación, se levantará un acta final en la que se hará constar el apercibimiento que se realice al visitado a través de quien atienda la diligencia, para que dentro de los quince días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha del acta, manifieste lo que a su interés convenga y ofrezca pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, y
Tiempo aproximado: 40 minutos
10
Transcurrido el plazo señalado en la fracción que antecede, la autoridad competente de la Secretaría General de Gobierno, emitirá la resolución definitiva, dentro del plazo de veinte días, misma que deberá notificar al visitado con las formalidades que se precisan en el presente artículo. La negativa de la persona con la que se atienda la diligencia, de identificarse, acreditar su cargo y personalidad jurídica o de firmar el acta correspondiente, no afectará la validez de la diligencia o del acta, siempre y cuando el visitador haga constar tal circunstancia en la propia acta.
Tiempo aproximado: 30 minutos
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Comprobar el cumplimiento a las disposiciones aplicadas contenidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento, asi como las obligaciones y restricciones a las que se sujeta la autorización, revalidación o modificación, asi como regular a las empresas que prestan servicios de seguridad privada sin la autorización correspondiente .
Dirigido a: Personas físicas | Personas morales | Personas físicas con actividad empresarial | Otros
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? Empresas que prestan servicios de seguridad privada sin autorización correspondiente.
Tamaño de empresas: No aplica
¿En dónde se realiza? En las oficinas del Sujeto ObligadoEn el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: Anual
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 No se considera información por el sujeto obligado
Fundamento Jurídico
02 Manifestar lo que a su interés convenga y ofrecer pruebas en relación a los hechos de la Visita de Verificación.
Fundamento Jurídico
Obligaciones del sujeto regulado
01 Art. 1 y 31 de la Ley de Seguridad Privada y art. 23 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada.
Fundamento Jurídico
Facultades del inspector
01 Sin perjuicio de los artículos anteriores, los verificadores están facultados para solicitar en todo momento y sin requerir orden específica para ello, la exhibición de la cédula de identificación o de la o las autorizaciones correspondientes a quienes se ostenten como prestadores de seguridad privada por: I. Portar insignias de seguridad privada; II. Realizar labores propias de seguridad privada; III. Circular en vehículos con rótulos de servicios de seguridad privada; IV. Ofrecer públicamente servicios de seguridad privada, o V. Realizar cualquier otra conducta que los ubique como sujetos prestadores de los servicios que regula esta Ley.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla
Artículo: 34
Fracción: Todas las fracciones
Sanciones
Sanciones
Suspensión temporal de actividades
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla
Artículo: 38
Fracción: Todas las fracciones
Ámbito: Estatal
Tipo: Sanciones
Nombre: Reglamento de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla
Artículo: 64
Fracción: Todas las fracciones
Inspectores
01
Omar Adolfo Espinosa Santana
Dirección de Supervisión
02
Juan Carlos Vargas Moreno
Dirección de Supervisión
03
Marcela Xochimitl Cuetlach
Dirección de Supervisión
04
José Roberto Zapata Deana
Dirección de Supervisión
05
José Yazmani Ramírez Morales
Dirección de Supervisión
06
Karen Hernández Otlica
Dirección de Supervisión
07
Victor Manuel Araoz Contreras
Dirección de Supervisión
08
José Alejandro Beltrán Méndez
Dirección de Supervisión
09
José de Jesús Jiménez Alcaide
Dirección de Supervisión
10
Aldo Iván Cerezo Castillo
Dirección de Supervisión
11
Antonio Martínez Martínez
Dirección de Supervisión
12
Francisco Manuel Bravo Ley
Dirección de Supervisión
13
Jaime Alfredo Martínez Ramírez
Dirección de Supervisión
14
Gregorio Amador López
Dirección de Supervisión
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Secretaría de Seguridad Pública
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Secretaría de Seguridad Pública
Unidad administrativa: Dirección de Supervisión
Dirección: Blvd. Atlixcáyotl 1101 Concepción las Lajas Heroica Puebla de Zaragoza Puebla Puebla C.P. 72190
Teléfono: (222) 303-4600
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla
Artículo: 34
Fracción: Todas las fracciones
Sanciones
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla
Artículo: 38
Fracción: Todas las fracciones
Sanciones
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla
Artículo: 64
Fracción: Todas las fracciones
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla
Artículo: 31, 32, 33, 34 y 35
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de La Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.
Artículo: 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57
Fracción:
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 45
Febrero 45
Marzo 50
Abril 50
Mayo 50
Junio 50
Julio 45
Agosto 45
Septiembre 45
Octubre 45
Noviembre 40
Diciembre 20
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
38
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 09 Julio 2024