Inspección Inmobiliaria para Avalúo Municipal
No existe

Homoclave: I-TM-CMX6​-180-TM-0007 Tipo de actividad: Inspección física de los bienes inmuebles
Dependencia: Tesoreria Municipal
Unidad administrativa: Coordinación General de Politica Fiscal
Orden de gobierno:
Es con la finalidad de contar con un valor catastral real de una propiedad determinada para efectos del cobro de Impuesto de Traslación de Dominio, así como mantener la actualización de los predios e inmuebles ubicados en la jurisdicción del Municipio, a fin de verificar sus condiciones físicas, cualitativas y cuantitativas, así como vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales respectivas.
Datos generales
Tipo: Inspección física de los bienes inmuebles
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? Si
Justificación: No aplica para municipios.
¿Qué motiva la inspección? Forma parte de un trámite o servicio
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Es con la finalidad de contar con un valor catastral real de una propiedad determinada para efectos del cobro de Impuesto de Traslación de Dominio, así como mantener la actualización de los predios e inmuebles ubicados en la jurisdicción del Municipio, a fin de verificar sus condiciones físicas, cualitativas y cuantitativas, así como vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales respectivas.
Palabras clave Avalúo.
Actividades o sectores económicos
Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales
Detalle
Subsector: Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia
Rama: Administración pública en general
Subrama: Administración pública en general
Clase: Administración pública en general
Plazo para prevenir al sujeto regulado: 1 Días hábiles
Requisitos
01
Copia de Escritura Pública, Título de propiedad y/o constancia de entrega física de la dependencia que lo regularice.
Fundamento Jurídico
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Nombre:

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas

Artículo: 45
Fracción: I
02
Copia del Acta Constitutiva.
03
Copia de poder notarial.
04
Copia de identificación oficial del representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
05
Copia de la Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
06
Copia del recibo oficial de pago predial del año fiscal vigente.
07
Copia del plano topográfico georreferenciado con coordenadas UTM en caso de ser un predio rústico, y tratándose de predio urbano si este es mayor a 2,000 M2. Además, deberá presentarlo en formato digital.
08
Fotografías del predio (Interior y exterior), 6 fotografías.
Procedimiento de la inspección
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
El inspector inmobiliario recibe el expediente, revisa, analiza y registra datos de los documentos legales.
Tiempo aproximado: 1 día
2
El inspector inmobiliario se presenta en el inmueble, se identifica oficialmente y procede a realizar la inspección y verificación física., El inspector inmobiliario toma fotografías (frente y perspectiva del terreno, interior y exterior de la construcción); se mide el predio y construcción con el distanciómetro, cinta métrica o equipo GPS.
Tiempo aproximado: 1 día
3
El inspector inmobiliario revisa, analiza y cruza datos de los obtenidos en la inspección con los registrados en los documentos legales, en caso de requerir mas documentos los solicita con el propietario, de no existir observación, registra los datos en el sistema, se informa al jefe de sección para que revise, analice y turne al área de cartografía para su digitalización.
Tiempo aproximado: 2 días
Calculado
Costo
Variable
Criterios para calcular el monto Monto Calculado
¿Cuál es el rango del monto? $Actualización (UMA)
Rango inicial $ 07.00
Rango final $ 79.00
¿A quienes les aplica?
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Es con la finalidad de contar con un valor catastral real de una propiedad determinada para efectos del cobro de Impuesto de Traslación de Dominio, así como mantener la actualización de los predios e inmuebles ubicados en la jurisdicción del Municipio, a fin de verificar sus condiciones físicas, cualitativas y cuantitativas, así como vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales respectivas.
Dirigido a: Personas físicas | Personas morales
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas: No aplica
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
Derechos del sujeto regulado
01 Las operaciones catastrales se realizaran por personal autorizado, que deberá identificarse con gafete o credencial oficial que llevara fotografía, nombre, cargo, firma de acreditado y vigencia, numero de credencial; nombre firma y cargo de la autoridad catastral que la expide; a fin de que permitan el acceso a los bienes inmuebles y poder realizar las operaciones catastrales.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas
Artículo: 8 y 9
Fracción:
02 La ejecución de las operaciones catastrales se ajustaran a la metodología, procedimientos y especificaciones establecidas en los manuales e instructivos que para el efecto expida la Dirección.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas
Artículo: 8 y 9
Fracción:
Obligaciones del sujeto regulado
01 Los propietarios, poseedores o inquilinos o cualquier otra persona encargada de un bien inmueble, están obligados a proporcionar a los empleados de la Dirección debidamente autorizados para el efecto, los datos o informes, así como copias de los documentos que les soliciten, permitiéndoles el acceso al interior de los mismos y otorgar las facilidades para la práctica de las operaciones catastrales.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE CATASTRO PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 80
Fracción:
Facultades del inspector
01 Tramitar y resolver las peticiones que sobre casos concretos, presenten los particulares, servidores públicos y autoridades.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Tuxtla Gutierrez
Artículo: 48
Fracción: XXXIII
Inspectores
01
Jesús Eduardo Torres Pérez
Coordinación General de Politica Fiscal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/06/2024
Autoridad responsable
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Autoridad responsable de la inspección
Tesoreria Municipal
Unidad administrativa: Coordinación General de Politica Fiscal
Dirección: Primera Norte Oriente Tuxtla Gutiérrez, Tuxtla Gutiérrez Centro, 353, C.P.29000, Telefono: (961) 612-5511, ,ext. 2311_,<BR>
Teléfono: (961) 612-5511
Correo:
Autoridad que participan en la inspección
Tesoreria Municipal
Unidad administrativa: Coordinación General de Politica Fiscal
Dirección: Primera Norte Oriente 353 Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez Chiapas C.P. 29000
Teléfono: (961) 612-5511
Correo:
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE CATASTRO PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 80
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas
Artículo: 8 y 9
Fracción:
Monto
Ámbito: Municipal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Ingresos para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2024
Artículo: 82
Fracción: IV
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas
Artículo: 8 y 9
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE CATASTRO PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 73
Fracción:
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Tuxtla Gutierrez
Artículo: 48
Fracción: XXXIII
Fundamento de requisitos
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas
Artículo: 45
Fracción: I
Estadística
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 27
Febrero 16
Marzo 20
Abril 10
Mayo 6
Junio 7
Julio 14
Agosto 17
Septiembre 4
Octubre 8
Noviembre 10
Diciembre 5
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria Acudir la persona física o Representante Legal de la persona moral a la Coordinación General de Política Fiscal debidamente identificado, Acudir el día y hora en que sea citado, para que se lleve a cabo la inspección física al predio, Deberá haber acceso en la propiedad, para facilitar la inspección física de la misma. En caso de predios baldíos, la propiedad deberá estar limpia y delimitada. Realizar el pago de la Inspección, antes de que esta se efectúe.
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 21 Mayo 2024