Fecha de publicación de la regulación: 05 febrero 2022
Fecha de última actualización:
Ámbito de la aplicación:
Artículo 3.52. La o el titular de la Dirección General de Servicios Públicos tendrá las
siguientes atribuciones:
XXV. Coordinar y vigilar las acciones de instalación, conservación y mantenimiento de
la infraestructura urbana municipal; y
XXVI. Las demás que le confieran otros ordenamientos jurídicos, el H. Ayuntamiento y
el presidente municipal.
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida Sí
31 diciembre 2024
Regulaciones vinculadas
01
CÓDIGO REGLAMENTARIO MUNICIPAL DE TOLUCA
Trámites y servicios vinculados
01
BACHEO PRESENCIAL
02
MANTENIMIENTO DE ESPACIOS PÚBLICOS (HERRERÍA Y PINTURA) PRESENCIAL
03
REPARACIÓN DE GUARNICIONES DE CONCRETO PRESENCIAL
04
Validación del Plan de Emergencia para Establecimientos de Bajo Riesgo