LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Tipo de ordenamiento jurídico: Ley
Fecha de publicación de la regulación: 31 diciembre 1977
Fecha de última actualización: 31 octubre 2016
Ámbito de la aplicación:
El ejercicio del notariado en el Estado de Baja California Sur es una función de orden público. Estará a cargo del Gobernador Constitucional del Estado y que por delegación se encomienda a profesionales del derecho a virtud de la patente que para tal efecto les otorga el propio Ejecutivo a fin de que lo desempeñen en los términos de la presente Ley.
Materias Exentas
Trámites y servicios vinculados
01

BÚSQUEDA DE ANTECEDENTES NOTARIALES ARCHIVO

02

COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS QUE OBRAN EN EL APÉNDICE ARCHIVO

03

EXPEDICIÓN DE TESTIMONIOS Y COPIAS CERTIFICADAS DE ACTAS Y ESCRITURAS POR CADA HOJA LEGAL

04

INFORMES DE DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS LEGAL

05

POR LA AUTORIZACIÓN DE ACTAS Y ESCRITURAS DE VALOR INDETERMINADO LEGAL

06

APERTURA DE EXPEDIENTE DE NOTARIO TITULAR LEGAL

07

BÚSQUEDA DE REGISTRO DE AVISO DE TESTAMENTO LEGAL

08

Búsqueda, Certificación Y Autorización LEGAL

09

Autorización de Protocolos Especiales ARCHIVO

10

Autorización de Protocolos Notariales LEGAL

11

INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES AL EJERCICIO DEL NOTARIADO LEGAL

12

CONVENIOS DE ASOCIACIÓN Y SUPLENCIA LEGAL

13

POR CELEBRACIÓN DE EXAMEN PARA NOTARIO TITULAR LEGAL

14

EXPEDIENTE DE NOTARIO PÚBLICO ADSCRITO ARCHIVO