Acuerdo por el que se declaran como zonas libres del barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri), barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. persea) y de la palomilla barrenadora del hueso (Stenoma catenifer), a las localidades de Yoricostio, El Durazno, Puente de Tierra, La Guardia, Piedra del Molino, Loma Ceñida, Pueblo Viejo, Shoricuaro, Agua Tibia, La Viña, El Rosal, Los Jacales, Puente de Animas, Las Latas, Pinos Altos, San Antonio Viña, San José de los Laureles, La Cofradía, El Salto-Serrano, San Antonio Buenavista, El Pedregoso, Policlinica, San Vicente Cofradía, Churumuco, La Escondida, Machuparo, Quiterio, San Juan de Viña, El Atascoso, Cuesta del Pollo, Charapio, Plan de la Cárcel, El Salto y Los Llanos en la zona agroecológica del Alto Tacámbaro, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán

Tipo de ordenamiento jurídico: Acuerdo
Fecha de publicación de la regulación: 19 junio 2003
Fecha de última actualización:
Ámbito de la aplicación:
Regulaciones vinculadas
01

Indice anual del Diario Oficial de la Federación 2003 (Continúa en la Tercera Sección)

02

Ley Federal de Sanidad Vegetal

03

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

04

Norma Oficial Mexicana NOM-066-FITO-2002, Especificaciones para el manejo fitosanitario y movilización del aguacate