Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007

Tipo de ordenamiento jurídico: Resolución
Fecha de publicación de la regulación: 16 diciembre 2008
Fecha de última actualización:
Ámbito de la aplicación:
Regulaciones vinculadas
01

Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007

02

Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007

03

Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007

04

Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007

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Resolución mediante la cual se modifica el último párrafo de la disposición tercera de las Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones relacionadas con obligaciones garantizadas a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicadas el 30 de julio de 2007