Ley de Medios Alternos de Solución de Controversias para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Tipo de ordenamiento jurídico: Ley
Fecha de publicación de la regulación: 12 julio 2005
Fecha de última actualización: 27 noviembre 2018
Ámbito de la aplicación:
Esta ley tiene por objeto regular y fomentar el empleo de los medios alternos de solución de controversias entre particulares, cuando estos recaigan sobre derechos de los cuales pueden disponer libremente, bajo el principio de autonomía de la voluntad y libertad contractual, así́ como para pactar la reparación de los daños producidos por el delito, o restaurar las relaciones sociales afectadas por la comisión de los hechos delictivos o por conductas antisociales, así́ como la prestación, pública o privada, de estos servicios, con el fin de que los coahuilenses cuenten con vías no adversariales, pacíficas y voluntarias para dirimir sus conflictos.
Índice
"TITULO PRIMERO LOS MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES (ADICIONADO, P.O. 17 DE MAYO DE 2013) CAPÍTULO PRIMERO BIS LOS MEDIOS ALTERNOS EN MATERIA PENAL Y DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES CAPITULO SEGUNDO LOS FACILITADORES CAPITULO TERCERO LAS PARTES CAPITULO CUARTO EFICACIA JURÍDICA DE LOS ACUERDOS Y LAUDOS ARBITRALES TITULO SEGUNDO PROCEDIMIENTO DE LOS MÉTODOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CAPITULO I LA MEDIACIÓN CAPITULO SEGUNDO LA CONCILIACIÓN CAPITULO TERCERO LA EVALUACIÓN NEUTRAL CAPITULO CUARTO EL ARBITRAJE (ADICIONADO, P.O. 17 DE MAYO DE 2013) CAPÍTULO SEXTO CENTRO DE MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS TRANSITORIOS "
Autoridades
Autoridades que emiten la regulación
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COAHUILA
Sector/actividad económica
Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales
Detalle
Subsector:
Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia