Solicitudes de acceso a la información pública.

Homoclave: APABEP-2023-3300-005-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Solicitud
Dependencia: ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA BENEFICENCIA PÚBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales
Nivel de gobierno:
Sabías que tienes el derecho de conocer la información pública que se encuentra en poder de la Administración del patrimonio de la Beneficencia Pública del Estado de Quintana Roo derivado del ejercicio de sus atribuciones y competencias encomendadas. Utiliza tu derecho para conocer la información que genera la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 146
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: No se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes: Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante, tratándose de personas morales, su denominación; así como el nombre y datos generales de su representante; Domicilio o medio para recibir notificaciones; La descripción de la información solicitada; Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización, y La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Entregar en la Unidad de Transparencia de la APABEP su escrito libre de solicitud de información.
Web
1 Ingresa a la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)
2 Llenar el formulario electrónico para registrar la solicitud de información
3 Registrarse para obtener usuario y contraseña
4 Enviar la solicitud de información para generar el folio y con ello dar seguimiento a su solicitud de información.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
Otro Vía correo electrónico.
1 Redactar la Solicitud de Información Pública, dirigida y enviada a la dirección electrónica de la Unidad de Transparencia de la APABEP.
2 Introducir en un sobre la solicitud de información, escribir por delante del sobre el nombre del titular de la unidad de transparencia de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública (datos del destinatario) y luego la dirección con el código postal.
3 Enviar el correo electrónico ([email protected]).
4 Por detrás, debes escribir tu nombre, apellidos y dirección, es decir, los datos de quien envía la carta (remitente).
5 Entrega el sobre a la empresa de tu elección para el envío de tu solicitud de información.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 10 Días hábiles
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 154
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez para que indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento. Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán declararlo y comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si los sujetos obligados son competentes para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá dar respuesta respecto de dicha parte. Puede existir información solicitada que no se encuentre dentro de los archivos de la APABEP, sea información clasificada, o cuando la información requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber por el medio requerido por el solicitante.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tutor
  • Padres
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la persona considere de su interés ejercer su derecho para acceder a la información pública en posesión de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Rolando Maldonado Castillo
Cargo: TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (983) 833-1542
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Hidalgo, Exterior 61, Chetumal Centro, Chetumal, CP 77000, Teléfono (983) 833-1542, Correo electrónico [email protected], Quintana Roo
Fundamento Jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 145
Fracción: i
Inciso: a)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 150
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 150
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 145
Fracción: IV
Inciso: a)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 150
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 154
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 143
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 145
Fracción: I
Inciso: b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 159
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 145
Fracción: IV
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 158
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 17
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
I.-El derecho de acceso a la información es gratuito. Los costos de reproducción y envío se sujetará a lo establecido en la Ley de Derechos para el Estado de Quintana Roo señalado en su artículo 122. II.-Los requisitos señalados en el presente, respecto al nombre o, en su caso, los datos generales de su representante, y cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización, será proporcionada por el solicitante de manera opcional y, en ningún caso, podrá ser un requisito indispensable para la procedencia de la solicitud, esto en términos del artículo 146 último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo. III.-El procedimiento realizado para la atención a las solicitudes estará regido por lo señalado en el Título Octavo denominado Procedimiento de Acceso a la Información Pública, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo.
Última modificación del trámite o servicio: 25 enero 2023
Autoridad pública responsable

Oficina Central

Hidalgo 61 Chetumal Centro Chetumal C.P.77000

Lunes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

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