Solicitud de modificación de un permiso otorgado por la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, por un permiso con carácter único de generación.

Modalidad: Permisos otorgados baja la Ley de Servicio Público de Energía (LSPEE): autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción exportación o usos propios continuos, producción independiente.

Homoclave: CRE-15-044-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Comisión Reguladora de Energía
Unidad administrativa: Unidad de Electricidad
Nivel de gobierno:
Trámite que te permite migrar tu permiso otorgado bajo Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica a un permiso bajo la Ley de la Industria Eléctrica.
Requisitos
1
Cumplimiento de obligaciones
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción II
Descripción: Especificar e indicar, bajo protesta de decir verdad que se tienen por cumplidas las obligaciones establecidas en el permiso, como son, entre otras, los informes trimestrales y los pagos por concepto de supervisión
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 5 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
No tener conflicto legal de los derechos y obligaciones
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción III
Descripción: Especificar e indicar, bajo protesta de decir verdad no tener conflicto legal respecto de los derechos y obligaciones establecidos en el permiso
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Que la capacidad excluida del CIL será incluida en un contrato de interconexión en los términos de la LIE
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción IV
Descripción: Especificar e indicar, bajo protesta de decir verdad que la capacidad excluida del CIL será incluida en un contrato de interconexión en los términos de la LIE
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Para las modalidades de autoabastecimiento y cogeneración, un escrito del representante legal, en el que manifieste a esta Comisión que la sociedad o copropiedad aprobó la modificación.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción V
Descripción: Especificar e indicar, bajo protesta de decir verdad: Para las modalidades de autoabastecimiento y cogeneración, un escrito del representante legal, en el que manifieste a esta Comisión que la sociedad o copropiedad aprobó la modificación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 5 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
5
Con respecto a los contratos
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción VI inciso a
Descripción: En el caso de haber firmado un CIL o un contrato de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía eléctrica, el documento con el que se acredite el cumplimiento de las obligaciones y cláusulas para la terminación del mismo o, en su caso, haber iniciado las gestiones necesarias para la exclusión de capacidad o centros de carga del CIL.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
6
Con respecto a los contratos
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Considerando Decimoquinto fracción VI inciso b
Descripción: En caso de no haber firmado un CIL o un contrato de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía eléctrica, un escrito de parte del representante legal, en el sentido de que no solicitó, no está en trámite o no firmó un instrumento de este tipo.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Realizar el trámite en línea.
2 La persona legalmente acreditada ingresa a Oficialía de Partes Electrónica (OPE) a través del Portal de Internet de la CRE con su contraseña y correo electrónico registrado.
3 Registra y envía en cualquier momento su solicitud de migración.
4 Firmar y enviar promoción. El momento de la recepción será en días y horas hábiles para la Comisión
5 Recibe acuse de recibo y número de folio (referido al trámite)
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 20 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolutivo Primero
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 30 años de vigencia
Observaciones:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 20
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Titulares y representante legal de permisos otorgado bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se tenga un permiso otorgado bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y se quiera migrar a un permiso al amparo la Ley de la Industria Eléctrica
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
Subsector: Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en:
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Director General
Otro:
Nombre:- Enrique Guzmán Lara
Cargo: Director General de Operación, Permisos y Registros de Electricidad
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 52831500 X1967
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/194/2014 por la que se modifica la diversa por la que se expidieron las Reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión Reguladora de Energía
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 20
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/809/2015, por la que la Comisión Reguladora de Energía establece el mecanismo para solicitar la modificación de los permisos otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por permisos con carácter único de generación, así como los criterios bajo los cuales los permisionarios de dicho régimen podrán celebrar un contrato de interconexión en tanto entra en operación el mercado eléctrico mayorista.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolutivo Primero
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Industria Eléctrica
Artículo: Transitorio Décimo
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para sustentar el trámite
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Con fines de auditoria
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Para la trazabilidad del permiso
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 21
Número de solicitudes rechazadas: 3
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Última modificación del trámite o servicio: 20 septiembre 2019
Autoridad pública responsable

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