Registro de una sociedad y/o asociación como organización local de abastecedores de caña de azúcar

Homoclave: SAGARPA-02-010 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Unidad administrativa: Abogado General
Nivel de gobierno:
Permite el registro como organización local de abastecedores de caña de azúcar a una asociación y/o sociedad, de un determinado ingenio azucarero.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Solicitud de Registro.- Escrito Libre en el que se solicite el registro de la sociedad y/o asociación de que se trate, como organización local de abastecedores de caña de azúcar; especificando el ingenio y entidad federativa de que se trate. Nombre, denominación o razón social de quien promueva, así como de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, nombre de la persona (s) autorizadas para recibirlas, petición que se formula, lugar, fecha y firma y/o huella digital del promovente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Padrón General de Abastecedores de Caña de Azúcar
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 44
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: En términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, los Ingenios tendrán la obligación de entregar al Registro la Relación de la Totalidad de sus abastecedores de caña de azúcar anualmente, o cuando así se le requiera, especificando la agrupación a que corresponda. En la práctica los Ingenios remiten esta Relación en Archivo electrónico en formato Excel y corresponde al estimado del ciclo azucarero para el que se solicita obtener o mantener el registro como Organización Local de Abastecedores de Caña de Azúcar en términos de lo dispuesto por el artículo 34 de la propia Ley
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 120 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Acta Constitutiva y Acta de Asamblea de Designación de Directivos
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 32 y 34
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documentos en que se haga constar la Constitución de la asociación y/o sociedad de que se trate que contenga sus Estatutos vigentes, así como las asambleas que hayan designado a los Directivos y que estos se encuentren vigentes; con mención que los documentos deben constar que se encuentren inscritos en el Registro Público competente, atendiendo a la figura jurídica de que se trate.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 ELABORAR ESCRITO LIBRE DE SOLICITUD
2 PRESENTARLO EN EL REGISTRO NACIONAL AGROPECUARIO CON LA DOCUMENTACIÓN SEÑALADA COMO REQUISITOS
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días naturales
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10 fracción V, del Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades a favor de su titular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2012, la calificación registral de la solicitud, valorara cada una de las constancias que se presenten, a fin de determinar si reúnen los requisitos de forma y fondo que se necesitan para obtener el registro. 1.- Se hace necesario que el Ingenio de que se trate remita al Registro Nacional Agropecuario, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, su listado general de abastecedores para el ciclo azucarero de que se trate. En el supuesto de que ciertos abastecedores de caña que constituirían el padrón de la sociedad y/o asociación de que se trate, no se consideren en la relación de la totalidad de los abastecedores de caña de azúcar del Ingenio, el Registro Nacional Agropecuario solicitará al Ingenio que informe si deben o no considerarse como abastecedores. 2.- En caso de que el Registro con motivo de la calificación registral detecte que existen duplicidades de las afiliaciones entre dos o más Organizaciones y/o Asociaciones solicitara al Comité de Producción y Calidad Cañera que lleve a cabo el procedimiento de duplicidades que se deriva de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para que los abastecedores determinen con que organización y/o asociación deben considerarse afiliados. EN el supuesto que sea indispensable que se lleve a efecto el procedimiento de duplicidades para que una sociedad alcance los porcentajes del 10% para ser reconocida con el Carácter de Organización Local de Abastecedores de Caña de Azúcar, se suspenderá el procedimiento de Certificación del Padrón de Abastecedores de Caña del Ingenio, de lo contario por economía procesal se certificará el Padrón y posteriormente se emitirá una aclaración cuando se remitan las constancias del procedimiento de duplicidades. 3.- Para verificar, si una organización o sociedad, mantiene o no el carácter de Organización Local de Abastecedores de Caña de Azúcar, se determinará con la emisión de la Resolución de Certificación del Padrón de Abastecedores de Caña de Azúcar del ingenio de que se trate para el ciclo azucarero en curso. 4.- El Registro Nacional Agropecuario, en el desempeño de la función registral, conforme a lo dispuesto por los artículos 13 y 46 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se sujetará a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe, así como al principio de prelación para la atención de las solicitudes, por lo que respetará el orden de presentación en los asuntos de la misma naturaleza, con base en la fecha y hora de recepción de la petición, sin perjuicio de verificar las fechas de afiliaciones de los abastecedores de caña respecto de otra u otras organizaciones. 5.- Los documentos con los que acredite la sociedad o asociación su constitución, debe contener sus Estatutos y, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, debe constar que previamente hayan sido inscritos en el Registro Público competente atendiendo a la figura jurídica que se haya adoptado para su constitución, al igual que los documentos con los que acrediten la vigencia de sus Directivos y en su caso las actualizaciones, de los Estatutos, 6.- La asociación o sociedad de que se trate, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 34 de la ley de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para obtener y mantener el carácter de Organización Local de Abastecedores de Caña de Azúcar, debe contar con una membresía mínima equivalente al 10% del padrón total de los Abastecedores de Caña del Ingenio de que se trate y por lo menos con el l0 % del volumen total de la caña de la Zona de Abastecimiento correspondiente.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 30 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
El Registro como Organización Local de Abastecedores de Caña de Azúcar, dependerá si la asociación o sociedad de que se trate, obtiene o mantiene los porcentajes mínimos del 10% de abastecedores afiliados a las mismas y el 10 % de producción de caña, respecto del total de abastecedores y el total de producción del ingenio de que se trate (Art. 34 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar)
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: Durante el Ciclo azucarero de que se trate, o en su defecto, sino hay cambio en el Padrón General de Abastecedores de Caña de Azúcar del Ingenio, para él o los siguientes ciclos azucareros, atendiendo a lo dispuesto por el artículo de 47 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la sociedad y/o asociación desee adquirir el carácter de organización local de abastecedores de caña de azúcar, de la zona de abastecimiento de un ingenio en particular.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Agricultura
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- VICTOR HUGO BECERRIL VEGA
Cargo: DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL AGROPECUARIO
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (553) 871-1000
Ext: 40174
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Rol del Funcionario: Consultas
Otro:
Nombre:- CECILIA ABIGAIL SOBREVILLA FIGUEROA
Cargo: JEFA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (553) 871-1000
Ext: 40176
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Rol del Funcionario: Consultas
Otro:
Nombre:- MARCO ANTONIO TORRES CARBAJAL
Cargo: SUBDIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL AGROPECUARIO
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (553) 871-1000
Ext: 40172
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Nombre: RICARDO SALGADO PERRILLIAT
Cargo: TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA DEPENDENCIA
Rol:
Otro:
Teléfono: (553) 871-8300
Ext: 29170
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 32, 34, 44, 46, 47 y 48
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 10
Fracción: XI BIS
Inciso: A, C y D
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 10
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 14 y 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para acreditar y documentar las sociedades o asociaciones que adquieren el carácter de Organizaciones Locales de Abastecedores de Caña de Azúcar de determinado ingenio.
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 130
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El plazo de atención del trámite empezará a correr a partir de la entrega por parte del Ingenio de que se trate, del Listado de sus abastecedores de caña de azúcar correspondiente al estimado del ciclo azucarero de que se trate. Atendiendo a lo anterior y considerando el número elevado de afiliaciones y renuncias que ingresan cada ciclo azucarero para ser dictaminadas en el trámite SAGARPA-02-009, del orden de las 65,000, que esta vinculado a este trámite, es imposible atender los plazos establecidos de 90 días naturales y emitir la prevención en el primer tercio de este plazo, por lo que el plazo normal de atención es de 120 días naturales. La documentación se recibe en el Módulo de atención a usuarios del Registro Nacional Agropecuario ubicado en el área de Contacto Ciudadano de la dependencia, en: Av. Cuauhtémoc 1230, PB, Col. Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03310, Ciudad de México. El horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 15 horas y de 16 a 18 horas.
Última modificación del trámite o servicio: 13 octubre 2022
Autoridad pública responsable

Secretaría de agricultura y desarrollo rural

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