Transporte de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos por medio de Ductos terrestres Inicio de operaciones

Homoclave: ASEA-01-004-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Aviso
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Gestión Industrial
Nivel de gobierno:
Si iniciaste operaciones de transporte de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos por medio de Ductos terrestres, debes avisar a la ASEA en un plazo máximo de 10 días hábiles
Requisitos
1
Declaración bajo protesta de decir verdad
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Declaración bajo protesta de decir verdad que la construcción y los equipos son acorde con lo dispuesto en las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Artículo: 111, 112 y transitorio cuarto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Dictamen Técnico de Diseño. Dictamen Técnico de Diseño de un Tercero Autorizado, en el que conste que la ingeniería de detalle de las instalaciones nuevas, ampliadas o con modificaciones al proceso, se realizó conforme a lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Los Dictámenes Técnicos de Diseño y Pre-Arranque deberán contener, además de la información técnica y descriptiva del proyecto, la siguiente información: CURR, Nombre, Denominación o Razón social del Regulado Denominación o Razón social del Tercero Autorizado, tramos georreferenciados de los ductos dictaminados. En tanto no se cuente con Terceros Autorizados para realizar los dictámenes técnicos y evaluaciones técnicas previstos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos, el Regulado debe someter a aprobación de la Agencia, por Proyecto en la etapa correspondiente del Lineamiento, la documentación que demuestre la experiencia de una persona moral, con reconocimiento nacional o internacional, para que ésta emita una opinión en materia de Seguridad Industrial, Operativa y protección al medio ambiente. Para demostrar la experiencia se deberán incluir, al menos, acreditaciones profesionales, certificaciones, reconocimientos y cursos de actualización. Asimismo, se debe adjuntar la declaratoria de no existencia de conflicto de interés.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Artículo: 111, 112 y transitorio cuarto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
Dictamen Técnico de Pre-arranque. Dictamen Técnico de Pre-arranque emitido por un Tercero Autorizado, en el que conste que las instalaciones y los equipos cumplen con lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Los Dictámenes Técnicos de Diseño y Pre-Arranque deberán contener, además de la información técnica y descriptiva del proyecto, la siguiente información: CURR, Nombre, Denominación o Razón social del Regulado Denominación o Razón social del Tercero Autorizado, tramos georreferenciados de los ductos dictaminados. En tanto no se cuente con Terceros Autorizados para realizar los dictámenes técnicos y evaluaciones técnicas previstos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos, el Regulado debe someter a aprobación de la Agencia, por Proyecto en la etapa correspondiente del Lineamiento, la documentación que demuestre la experiencia de una persona moral, con reconocimiento nacional o internacional, para que ésta emita una opinión en materia de Seguridad Industrial, Operativa y protección al medio ambiente. Para demostrar la experiencia se deberán incluir, al menos, acreditaciones profesionales, certificaciones, reconocimientos y cursos de actualización. Asimismo, se debe adjuntar la declaratoria de no existencia de conflicto de interés.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Artículo: 111, 112 y transitorio cuarto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Identificación oficial
1 copia
Detalle
Descripción: Identificación oficial. Documento que acredita la personalidad del Regulado o de su representante.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 15 y 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
5
Instrumento público o carta poder.
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Instrumento público o carta poder. Documento donde se acredita la representación del Regulado.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Reúne los requisitos y documentos.
2 Preséntate en el Área de Atención al Regulado de la ASEA, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México., en los siguientes horarios: a) La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas. b) La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes, tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando hayas iniciado operaciones de transporte de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos por medio de Ductos terrestres
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Arturo Morán Romero
Cargo: Director de Gestión Industrial de Atmósfera, Riesgo, Residuos y Sitios contaminados
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 156-0100
Ext: 13553
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos.
Artículo: 111
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Aviso
Nombre: Aviso por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidro
Artículo: cuarto y quinto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para Informar la ocurrencia de incidentes y accidentes a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Artículo: 7, 10 y Transitorio Segundo
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
¿En qué casos se debe presentar el trámite? Cuando estés por abandonar un sitio donde se realizaban actividades de transporte de petróleo, petrolíferos y petroquímicos por medio de ductos terrestres. ¿Quién puede solicitar el trámite? Sujeto regulado del sector hidrocarburos Solicitante - representante legal Observaciones respecto a los documentos El programa de actividades de seguridad industrial, seguridad operativa y de protección al medio ambiente para la etapa de abandono deberá contener, además de la información técnica y descriptiva del proyecto, la siguiente información: Clave Única de Registro del Regulado (CURR), nombre, denominación o razón social del regulado, cronograma de las actividades de abandono, coordenadas georreferenciadas del área a abandonar. El dictamen técnico deberá contener, como mínimo, la siguiente información: CURR, nombre, denominación o razón social del regulado, coordenadas georreferenciadas del área a abandonar. En tanto no se cuente con terceros autorizados para realizar los dictámenes técnicos y evaluaciones técnicas previstos en las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente, para el transporte terrestre por medio de ductos de petróleo, petrolíferos y petroquímicos, el regulado debe someter a aprobación de la Agencia, por proyecto en la etapa correspondiente del Lineamiento, la documentación que demuestre la experiencia de una persona moral, con reconocimiento nacional o internacional, para que ésta emita una opinión en materia de seguridad industrial, operativa y protección al medio ambiente. Para demostrar la experiencia se deberán incluir, al menos, acreditaciones profesionales, certificaciones, reconocimientos y cursos de actualización. Asimismo, se debe adjuntar la declaratoria de no existencia de conflicto de interés.
Última modificación del trámite o servicio: 21 noviembre 2023
¿Dónde realizarlo?

Oficialía de Partes de la ASEA

Periférico Sur 4209 Jardines en la Montaña Tlalpan C.P.14210