Reporte anual de cumplimiento de la totalidad de los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos

Homoclave: ASEA-2019-005-025-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Entrega De Información
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial
Nivel de gobierno:
¿Eres Regulado y estás realizando actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos? En caso afirmativo, deberás presentar a la Agencia Nacional de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), durante el primer trimestre de cada año calendario, un reporte del cumplimiento de la totalidad del Lineamiento que establece las obligaciones y requisitos que los Regulados deberán cumplir en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para la realización de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos
Requisitos
1
Deberás entregar a la ASEA en forma física o digital, el reporte del cumplimiento de la totalidad de los Lineamientos, en función de las actividades desarrolladas; que incluya lo siguiente
Original
Detalle
Descripción: 1. Nombre e información general del Regulado, incluyendo lo siguiente: I. Nombre, denominación o razón social; II. Registro Federal de Contribuyente; III. Clave Única de Registro del Regulado, y IV. Datos del representante legal y Responsable Técnico del Regulado, y responsables del informe del cumplimiento de la totalidad de los presentes Lineamientos. 2. Información general del Área contractual o Área de Asignación; 3. Programa y listado con la relación y el calendarizado de actividades realizadas en el año inmediato anterior, incluyendo lo siguiente: I. Construcción de Pozo; a) Transporte de equipo de Perforación; b) Movilización de equipo de Perforación; c) Instalación de equipo de Perforación; d) Perforación; e) Terminación; f) Prueba de Producción, y g) Taponamiento. II. Inicio de Producción; III. Estimulación; IV. Reparaciones Mayores; V. Instalación de plataforma fija para la Extracción, y VI. Instalación de Línea de Descarga. 4. Lista de peligros identificados y la Administración de Riesgos e Impactos, que deberá incluir lo siguiente: I. Relación Peligros y Riesgos críticos identificados; II. Relación de Riesgos atendidos; III. Relación de Riesgos por atender; IV. Evidencia de que Riesgos han sido o están programados para ser minimizados tan bajo como sea razonablemente factible; V. Programas de atención a recomendaciones; VI. Relación de acciones tomadas para evitar, prevenir, contener, caracterizar y remediar con oportunidad daños ambientales derivados de Riesgos creados por las obras o actividades que desarrollen; VII. Relación de atención y seguimiento a acciones y recomendaciones para prevenir, controlar y mitigar impactos ambientales, y VIII. Relación de Dictámenes Técnicos de Análisis de Riesgo emitidos por Terceros Autorizados e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio. 5. Para las Actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, deberá incluir lo siguiente: I. Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de actividades ingresados a la Agencia; II. Características y tipo de fuente de energía sísmica, y valores de la intensidad de la fuente generadora utilizada durante la actividad de adquisición de datos; III. Listado de hojas de seguridad (HDS) de los materiales peligrosos utilizados durante el período de actividad y adquisición de los datos; IV. Relación que contenga el número y tipo de especies protegidas identificadas durante las acciones previas a las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2010; V. Evidencia de la participación de un PSO durante las actividades; VI. Relación de Áreas Ambientalmente Sensibles y Zonas de Exclusión, y VII. Informe con la descripción detallada al término de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, donde demuestre que restauró el área del Proyecto y zonas aledañas que hayan resultado afectadas. 6. Para las Actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos costa afuera, deberá incluir lo siguiente: I. Para el movimiento e instalación de Equipos; a) Relación de movimientos o cambios de coordenadas de equipos de Perforación o Reparación Mayor; b) Relación de Avisos de Inicio de instalación de plataforma fija para la Extracción ingresados a la Agencia, y c) Certificados de FPSO u otros artefactos navales, que tengan como propósito la Extracción de Hidrocarburos, emitidos por una Sociedad Clasificadora. II. Para la Construcción de Pozos; a) Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de la Construcción de Pozo ingresados a la Agencia; b) Relación de Dictámenes Técnicos de Ingeniería de detalle emitidos por Tercero Autorizado e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio; c) Reporte de resultados de pruebas programadas a los Equipos Críticos identificado en el Análisis de Riesgo tales como, Conjunto de Preventores, ROV; indicando si el resultado de alguna prueba no fue satisfactorio; d) Relación de certificados del Conjunto de Preventores y Equipos Críticos; e) Relación de las inspecciones realizadas al Conjunto de Preventores, de acuerdo con lo siguiente: i. Los componentes del Conjunto de Preventores; ii. Inspecciones por desgaste y corrosión de las superficies; iii. Pruebas no-destructivas; iv. Inspecciones visuales internas y externas; v. Dimensiones de cavidad cilíndrica; vi. Remplazo de elastómeros, y vii. Pruebas de presión en cámara hidráulica. f) Resultado y datos reales graficados de las pruebas funcionales y de presión para el Conjunto de Preventores; g) Relación de operaciones de Terminación de Pozos, y h) Listado de equipos de seguridad y prevención de contaminación instalados durante las actividades de Terminación de Pozos en áreas costa afuera, tales como: i. Válvulas de seguridad superficiales; ii. Válvulas de cierre en embarcaciones (boarding shutdown valves); iii. Válvulas de seguridad submarinas, y iv. Válvulas de seguridad de subsuelo (SSSV, por sus siglas en ingles). III. Estimulación o Fracturamiento; a) Programa de la Estimulación o Fracturamiento; b) Reporte detallado de la verificación de Integridad Mecánica del Pozo previo a las actividades de Estimulación o Fracturamiento, y c) Listado de aditivos empleados para la formulación de los fluidos para estimular o fracturar el Yacimiento, así como el volumen utilizado y el manejo de fluidos recuperados. IV. Manejo de fluidos de Perforación, y a) Listado e informe de pruebas de funcionamiento del sistema de manejo de los fluidos de Perforación, así como las acciones correctivas aplicadas. V. Reparación Mayor. a) Relación de Avisos de Inicio de Reparación Mayor ingresados a la Agencia, y b) Reporte de la verificación de la Integridad Mecánica llevado a cabo previo a las actividades de la Reparación Mayor. 7. Para las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en áreas terrestres, deberá incluir lo siguiente: I. Selección del sitio; a) Relación de Áreas Ambientalmente Sensibles y Zonas de Exclusión, y núcleos de población cercanos al sitio de Perforación. II. Movimiento e instalación de equipos; a) Relación de movimientos o cambios de coordenadas de equipos de Perforación, y b) Plan de Traslado del equipo de Perforación. III. Construcción de Pozos; a) Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de la Construcción de Pozo ingresados a la Agencia; b) Relación de Dictámenes Técnicos de Ingeniería de detalle emitidos por Terceros Autorizados e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio; c) Descripción técnica del Conjunto de Preventores y equipos utilizados para el control del Pozo; d) Relación de certificados del Conjunto de Preventores y Equipos Críticos; e) Listado de pruebas funcionales y de presión para el Conjunto de Preventores; f) Listado y resultado de las inspecciones realizadas al Conjunto de Preventores, de acuerdo con lo siguiente: i. Los componentes del Conjunto de Preventores; ii. Inspecciones por desgaste y corrosión de las superficies; iii. Pruebas no destructivas; iv. Inspecciones visuales internas y externas; v. Dimensiones de cavidad cilíndrica; vi. Remplazo de elastómeros, y vii. Pruebas de presión en cámara hidráulica. g) Relación de operaciones de Terminación de Pozos, y h) Reporte de equipos de seguridad y prevención de contaminación instalados durante las actividades de Terminación de Pozos. IV. Estimulación; a) Programa de la Estimulación; b) Reporte detallado de la verificación de Integridad Mecánica del Pozo previo a las actividades de Estimulación, y c) Listado de aditivos empleados para la formulación de los fluidos para estimular o fracturar el Yacimiento, así como el volumen utilizado y el manejo de fluidos recuperados. V. Manejo de fluidos de Perforación; a) Listado e informe de pruebas de funcionamiento del sistema de manejo de los fluidos de Perforación, así como las acciones correctivas aplicadas. VI. Reparación Mayor; a) Relación de Avisos de Inicio de Reparación Mayor ingresados a la Agencia, y b) Reporte de la verificación de la Integridad Mecánica llevado a cabo previo a las actividades de la Reparación Mayor. 8. Para las actividades de Recolección y movilización de Hidrocarburos, adjuntar lo siguiente: I. Inicio de Producción; a) Relación de Avisos de Inicio de Producción ingresados a la Agencia, y b) Relación y calendarizado de actividades cierres programados, cierres no programados, cierres para reestablecer la presión del yacimiento, cierres por emergencias, cierres por malas condiciones climatológicas, cierres por pruebas de presión de interferencia o cierres asociados a otros tipos de pruebas de presión-producción. II. Instalación de Línea de Descarga; a) Relación de Avisos de Inicio de instalación de Líneas de Descarga ingresados a la Agencia; b) Resultados de la verificación de la Integridad Mecánica de Líneas de Descarga, donde se indique los sistemas de protección anticorrosión empleados, y c) Tipo y número de reparaciones por pérdida de contención de las Líneas de Descarga. III. Volumen, tipo y características de los Hidrocarburos producidos, así como origen, destino y volumen desplazado mediante los diferentes sistemas de Recolección, movilización y transporte de Hidrocarburos por tierra y mar. 9. Para las actividades de Taponamiento de Pozos, incluir lo siguiente: I. Calendarizado y relación de Pozos taponados, donde se indique el tipo de Taponamiento; II. Resultado de la verificación de la Integridad Mecánica previó al Taponamiento de los Pozos; III. Listado de pruebas realizadas a Pozos con Taponamiento temporal y tipo de monitoreo, y IV. Resultados de la conclusión del Taponamiento de cada Pozo. 10. Para las Actividades de Destrucción Controlada de Gas Natural, incluir lo siguiente: I. Relación de operaciones de Destrucción Controlada y venteo de Gas Natural por caso fortuito o fuerza mayor, catalogadas como evento Tipo 1 de acuerdo a lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que emita la Agencia en materia de informe de Incidentes y Accidentes; II. Adopción de medidas necesarias para procurar la protección contra incendios e Incidentes en las Instalaciones dedicadas a la Destrucción Controlada de Gas Natural, así como la localización de estas, y III. Lista y resultados de la verificación de la Integridad Mecánica de las Instalaciones. Deberás adjuntar la información que compruebe y describa de forma precisa las solicitudes expresadas en el contenido de los Lineamientos, haciendo referencia a las actividades comprendidas, considerando las actividades desarrolladas durante el año inmediato anterior, según corresponda.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo mediante el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos.
Artículo: 178
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Deberás entregar a la ASEA en forma física o digital, el reporte del cumplimiento de la totalidad de los Lineamientos, en función de las actividades desarrolladas; que incluya lo siguiente
Original
Detalle
Descripción: 1. Nombre e información general del Regulado, incluyendo lo siguiente: I. Nombre, denominación o razón social; II. Registro Federal de Contribuyente; III. Clave Única de Registro del Regulado, y IV. Datos del representante legal y Responsable Técnico del Regulado, y responsables del informe del cumplimiento de la totalidad de los presentes Lineamientos. 2. Información general del Área contractual o Área de Asignación; 3. Programa y listado con la relación y el calendarizado de actividades realizadas en el año inmediato anterior, incluyendo lo siguiente: I. Construcción de Pozo; a) Transporte de equipo de Perforación; b) Movilización de equipo de Perforación; c) Instalación de equipo de Perforación; d) Perforación; e) Terminación; f) Prueba de Producción, y g) Taponamiento. II. Inicio de Producción; III. Estimulación; IV. Reparaciones Mayores; V. Instalación de plataforma fija para la Extracción, y VI. Instalación de Línea de Descarga. 4. Lista de peligros identificados y la Administración de Riesgos e Impactos, que deberá incluir lo siguiente: I. Relación Peligros y Riesgos críticos identificados; II. Relación de Riesgos atendidos; III. Relación de Riesgos por atender; IV. Evidencia de que Riesgos han sido o están programados para ser minimizados tan bajo como sea razonablemente factible; V. Programas de atención a recomendaciones; VI. Relación de acciones tomadas para evitar, prevenir, contener, caracterizar y remediar con oportunidad daños ambientales derivados de Riesgos creados por las obras o actividades que desarrollen; VII. Relación de atención y seguimiento a acciones y recomendaciones para prevenir, controlar y mitigar impactos ambientales, y VIII. Relación de Dictámenes Técnicos de Análisis de Riesgo emitidos por Terceros Autorizados e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio. 5. Para las Actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, deberá incluir lo siguiente: I. Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de actividades ingresados a la Agencia; II. Características y tipo de fuente de energía sísmica, y valores de la intensidad de la fuente generadora utilizada durante la actividad de adquisición de datos; III. Listado de hojas de seguridad (HDS) de los materiales peligrosos utilizados durante el período de actividad y adquisición de los datos; IV. Relación que contenga el número y tipo de especies protegidas identificadas durante las acciones previas a las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2010; V. Evidencia de la participación de un PSO durante las actividades; VI. Relación de Áreas Ambientalmente Sensibles y Zonas de Exclusión, y VII. Informe con la descripción detallada al término de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, donde demuestre que restauró el área del Proyecto y zonas aledañas que hayan resultado afectadas. 6. Para las Actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos costa afuera, deberá incluir lo siguiente: I. Para el movimiento e instalación de Equipos; a) Relación de movimientos o cambios de coordenadas de equipos de Perforación o Reparación Mayor; b) Relación de Avisos de Inicio de instalación de plataforma fija para la Extracción ingresados a la Agencia, y c) Certificados de FPSO u otros artefactos navales, que tengan como propósito la Extracción de Hidrocarburos, emitidos por una Sociedad Clasificadora. II. Para la Construcción de Pozos; a) Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de la Construcción de Pozo ingresados a la Agencia; b) Relación de Dictámenes Técnicos de Ingeniería de detalle emitidos por Tercero Autorizado e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio; c) Reporte de resultados de pruebas programadas a los Equipos Críticos identificado en el Análisis de Riesgo tales como, Conjunto de Preventores, ROV; indicando si el resultado de alguna prueba no fue satisfactorio; d) Relación de certificados del Conjunto de Preventores y Equipos Críticos; e) Relación de las inspecciones realizadas al Conjunto de Preventores, de acuerdo con lo siguiente: i. Los componentes del Conjunto de Preventores; ii. Inspecciones por desgaste y corrosión de las superficies; iii. Pruebas no-destructivas; iv. Inspecciones visuales internas y externas; v. Dimensiones de cavidad cilíndrica; vi. Remplazo de elastómeros, y vii. Pruebas de presión en cámara hidráulica. f) Resultado y datos reales graficados de las pruebas funcionales y de presión para el Conjunto de Preventores; g) Relación de operaciones de Terminación de Pozos, y h) Listado de equipos de seguridad y prevención de contaminación instalados durante las actividades de Terminación de Pozos en áreas costa afuera, tales como: i. Válvulas de seguridad superficiales; ii. Válvulas de cierre en embarcaciones (boarding shutdown valves); iii. Válvulas de seguridad submarinas, y iv. Válvulas de seguridad de subsuelo (SSSV, por sus siglas en ingles). III. Estimulación o Fracturamiento; a) Programa de la Estimulación o Fracturamiento; b) Reporte detallado de la verificación de Integridad Mecánica del Pozo previo a las actividades de Estimulación o Fracturamiento, y c) Listado de aditivos empleados para la formulación de los fluidos para estimular o fracturar el Yacimiento, así como el volumen utilizado y el manejo de fluidos recuperados. IV. Manejo de fluidos de Perforación, y a) Listado e informe de pruebas de funcionamiento del sistema de manejo de los fluidos de Perforación, así como las acciones correctivas aplicadas. V. Reparación Mayor. a) Relación de Avisos de Inicio de Reparación Mayor ingresados a la Agencia, y b) Reporte de la verificación de la Integridad Mecánica llevado a cabo previo a las actividades de la Reparación Mayor. 7. Para las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en áreas terrestres, deberá incluir lo siguiente: I. Selección del sitio; a) Relación de Áreas Ambientalmente Sensibles y Zonas de Exclusión, y núcleos de población cercanos al sitio de Perforación. II. Movimiento e instalación de equipos; a) Relación de movimientos o cambios de coordenadas de equipos de Perforación, y b) Plan de Traslado del equipo de Perforación. III. Construcción de Pozos; a) Relación de Avisos de Inicio y Conclusión de la Construcción de Pozo ingresados a la Agencia; b) Relación de Dictámenes Técnicos de Ingeniería de detalle emitidos por Terceros Autorizados e ingresados a la Agencia como parte de los Avisos de Inicio; c) Descripción técnica del Conjunto de Preventores y equipos utilizados para el control del Pozo; d) Relación de certificados del Conjunto de Preventores y Equipos Críticos; e) Listado de pruebas funcionales y de presión para el Conjunto de Preventores; f) Listado y resultado de las inspecciones realizadas al Conjunto de Preventores, de acuerdo con lo siguiente: i. Los componentes del Conjunto de Preventores; ii. Inspecciones por desgaste y corrosión de las superficies; iii. Pruebas no destructivas; iv. Inspecciones visuales internas y externas; v. Dimensiones de cavidad cilíndrica; vi. Remplazo de elastómeros, y vii. Pruebas de presión en cámara hidráulica. g) Relación de operaciones de Terminación de Pozos, y h) Reporte de equipos de seguridad y prevención de contaminación instalados durante las actividades de Terminación de Pozos. IV. Estimulación; a) Programa de la Estimulación; b) Reporte detallado de la verificación de Integridad Mecánica del Pozo previo a las actividades de Estimulación, y c) Listado de aditivos empleados para la formulación de los fluidos para estimular o fracturar el Yacimiento, así como el volumen utilizado y el manejo de fluidos recuperados. V. Manejo de fluidos de Perforación; a) Listado e informe de pruebas de funcionamiento del sistema de manejo de los fluidos de Perforación, así como las acciones correctivas aplicadas. VI. Reparación Mayor; a) Relación de Avisos de Inicio de Reparación Mayor ingresados a la Agencia, y b) Reporte de la verificación de la Integridad Mecánica llevado a cabo previo a las actividades de la Reparación Mayor. 8. Para las actividades de Recolección y movilización de Hidrocarburos, adjuntar lo siguiente: I. Inicio de Producción; a) Relación de Avisos de Inicio de Producción ingresados a la Agencia, y b) Relación y calendarizado de actividades cierres programados, cierres no programados, cierres para reestablecer la presión del yacimiento, cierres por emergencias, cierres por malas condiciones climatológicas, cierres por pruebas de presión de interferencia o cierres asociados a otros tipos de pruebas de presión-producción. II. Instalación de Línea de Descarga; a) Relación de Avisos de Inicio de instalación de Líneas de Descarga ingresados a la Agencia; b) Resultados de la verificación de la Integridad Mecánica de Líneas de Descarga, donde se indique los sistemas de protección anticorrosión empleados, y c) Tipo y número de reparaciones por pérdida de contención de las Líneas de Descarga. III. Volumen, tipo y características de los Hidrocarburos producidos, así como origen, destino y volumen desplazado mediante los diferentes sistemas de Recolección, movilización y transporte de Hidrocarburos por tierra y mar. 9. Para las actividades de Taponamiento de Pozos, incluir lo siguiente: I. Calendarizado y relación de Pozos taponados, donde se indique el tipo de Taponamiento; II. Resultado de la verificación de la Integridad Mecánica previó al Taponamiento de los Pozos; III. Listado de pruebas realizadas a Pozos con Taponamiento temporal y tipo de monitoreo, y IV. Resultados de la conclusión del Taponamiento de cada Pozo. 10. Para las Actividades de Destrucción Controlada de Gas Natural, incluir lo siguiente: I. Relación de operaciones de Destrucción Controlada y venteo de Gas Natural por caso fortuito o fuerza mayor, catalogadas como evento Tipo 1 de acuerdo a lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que emita la Agencia en materia de informe de Incidentes y Accidentes; II. Adopción de medidas necesarias para procurar la protección contra incendios e Incidentes en las Instalaciones dedicadas a la Destrucción Controlada de Gas Natural, así como la localización de estas, y III. Lista y resultados de la verificación de la Integridad Mecánica de las Instalaciones. Deberás adjuntar la información que compruebe y describa de forma precisa las solicitudes expresadas en el contenido de los Lineamientos, haciendo referencia a las actividades comprendidas, considerando las actividades desarrolladas durante el año inmediato anterior, según corresponda.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo mediante el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos.
Artículo: 180
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Reúne tus requisitos y documentos.
2 Preséntate en el Área de Atención al Regulado de la ASEA, ubicada en el Boulevard Adolfo Ruíz Cortínez 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. a)Recepción de trámites o solicitudes de los regulados será de lunes a viernes de 9:00 a las 15:00 horas b)Entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes, tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a las 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
  • Otro: Regulado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando cuentes con un título de Asignación, y/o Contrato emitido por la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y realizaste actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos, en año inmediato anterior
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Gerardo Adrian Martínez Cabrera
Cargo: Inspector
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 126-0100
Ext: S/E
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo mediante el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos.
Artículo: 180
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo mediante el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos.
Artículo: SEGUNDO TRANSITORIO
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69 C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Qué es Reconocimiento y Exploración Superficial? Todos aquellos estudios de evaluación que se valen únicamente de actividades sobre la superficie del terreno o del mar para considerar la posible existencia de Hidrocarburos en un área determinada; dentro de éstos se incluyen los trabajos para la adquisición, el procesamiento, reprocesamiento o interpretación de información (XXXII. Reconocimiento y Exploración Superficial, Ley de Hidrocarburos). ¿Dónde puedo realizar los trámites? 1) Reúne tus requisitos y documentos. 2) En el Área de Atención al Regulado de la ASEA, ubicada en el Boulevard Adolfo Ruíz Cortínez 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México, en los siguientes horarios: a) La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 09:00 a las 15:00 horas. b) La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a las 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas. ¿Qué trámite debo presentar? Aviso de Inicio de Actividades. Modalidad Reconocimiento y Exploración Superficial. ¿Cuáles son los documentos requeridos para el trámite? Para el aviso de Inicio de Actividades. Modalidad Reconocimiento y Exploración Superficial, de conformidad con el formato FF-ASEA-038; incluyendo lo siguiente: a) En caso de no ser titular de las áreas de asignación o contractuales donde se desarrollarán las actividades, deberán entregar copia simple de la autorización de actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial de Hidrocarburos emitida por la Comisión; b) Copia simple del acuse del aviso del inicio de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial entregado a la Comisión, y c) Copia simple del Plan de trabajo entregado a la Comisión. En caso de no ser titular de las áreas de asignación o contractuales donde se desarrollarán las actividades, presentar la copia simple del Plan de trabajo autorizado por la Comisión. ¿Cuándo debe presentar el trámite? Deberás dar aviso a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) al menos cinco días hábiles antes de comenzar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial. ¿Quién puede presentar el trámite? Sujeto Regulado / Solicitante o Representante Legal del Sector Hidrocarburos. Formato aplicable FF-ASEA-038 Aviso de Inicio. Exploración o Extracción de Yacimientos Convencionales.
Última modificación del trámite o servicio: 27 noviembre 2023
¿Dónde realizarlo?

Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial