Expedición de Billetes de depósito (BIDES), para persona física Presencial: a solicitud del interesado (persona física)

Homoclave: BANSEFI-2019-284-001-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Expedición
Dependencia: Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo
Unidad administrativa: Dirección de Recursos Materiales
Nivel de gobierno:
El Billete de Depósito (BIDE) es un documento que expide el Banco del Bienestar, que sirve para efectuar garantías en efectivo puestas a disposición de las autoridades judiciales y administrativas. La cantidad que ampara el billete de depósito, queda a disposición incondicional de una autoridad, para garantizar los efectos de una obligación contraída y, en caso de que esta cantidad deba devolverse o pagarse a un tercero, únicamente la autoridad a cuya disposición se constituyó el depósito, o aquella a cuya disposición fue transferido, es la facultada para definir al beneficiario del depósito, recabando al efecto la orden de pago impresa en el propio documento. Los BIDES pueden ser emitidos en Moneda Nacional y Dólares Americanos La vigencia del billete de depósito inicia al momento de la expedición del mismo y concluye al ser cobrado, por lo tanto, los billetes en circulación serán todos aquellos que no han sido cobrados. El plazo es indefinido y no tiene fecha de prescripción. No existe monto mínimo para la expedición de un billete de depósito. No existe monto máximo para su adquisición.
Requisitos
1
Datos del Solicitante
Original
Detalle
Descripción: Solicitud
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Orgánica del Banco del Bienestar
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: Bis
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Crédito
Artículo: 115
Fracción:
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
“Billetes de Depósito Solicitud para Depósito”
Detalle
Número identificador del formato: Formato F-45
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 8 Bis de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2019. Ley de Instituciones de Crédito Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito Reglas de Operación de Billetes de Depósito Operación de Billetes de Depósito para la Red de Sucursales
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 La autoridad orden a presentación de garantía en efectivo y fija el monto.
2 La persona obligada a presentar la garantía acude a la sucursal a comprar un billete de depósito por el importe exacto.
3 El operador de sucursal solicita el llenado de solicitud de depósito para la emisión del billete.
4 La persona obligada requisita la solicitud de depósito.
5 Si los datos están incompletos, el responsable de sucursal regresa la solicitud de depósito para completar los datos faltantes.
6 El operador de sucursal recibe el efectivo y captura los datos en el sistema de cómputo y emite el billete de depósito.
7 La persona obligada a presentar la garantía recibe original de billete de depósito para su consignación ante la autoridad.
8 La autoridad recibe el original del billete por el importe ordenado.
Costos
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primer
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: La emisión de billetes de depósito estará sujeto a las reglas de prevención de lavado de dinero vigentes y a las políticas internas que el Banco del Bienestar establezca para cumplir con la legislación vigente.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? El Billete de Depósito (BIDE) es un documento que expide el Banco del Bienestar, que sirve para efectuar garantías en efectivo puestas a disposición de las autoridades judiciales y administrativas. La cantidad que ampara el billete de depósito, queda a disposición incondicional de una autoridad, para garantizar los efectos de una obligación contraída y, en caso de que esta cantidad deba devolverse o pagarse a un tercero, únicamente la autoridad a cuya disposición se constituyó el depósito, es la facultada para definir al beneficiario del depósito, recabando al efecto la orden de pago impresa en el propio documento.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperaciónProceso de cierre
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:-
Cargo:
Correo electrónico:
Teléfono: 01 800 900 2000
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Crédito
Artículo: 115
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Crédito
Artículo: 116
Fracción:
Inciso: c
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Crédito
Artículo: 115
Fracción:
Inciso:
Párrafo: quinto
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Artículo: 15
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Orgánica del Banco del Bienestar
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: Bis
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primer
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite: Control contable, control operativo y determinación de comisiones
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 184095
Número de solicitudes rechazadas: 0
Última modificación del trámite o servicio: 25 noviembre 2019
¿Dónde realizarlo?

Dirección de Recursos Materiales