Conciliación Prejudicial Laboral

Homoclave: CCLEH-2024-11587-002-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Convenio
Dependencia: Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo
Unidad administrativa: Unidad de Amparos
Nivel de gobierno:
Conciliación Prejudicial Laboral
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 El usuario podrá presentarse al domicilio del CCLEH y requerir Solicitud de Conciliación, del cual se obtendrá "Acuse de pre registro de conciliación".
2 Una vez obtenido el Acuse de pre registro de conciliación, el usuario tendrá 3 días hábiles para confirmar su solicitud, con identificación oficial vigente.
3 Se notificará la parte solicitante y el citado, una vez confirmada la solicitud de conciliación, del día y hora para la Celebración de Audiencia de Conciliación.
4 Se llevará acabo la Audiencia de Conciliación en el día y hora señalados en los citatorios.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 45 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: El procedimiento de conciliación es un servicio el cual depende de la voluntad de las parte querer llegar a un convenio, que de solución al conflicto laboral.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Afirmativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Responsabilidades Administrativas
Artículo: 111 al 119
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? El trámite de Conciliación Prejudicial es un procedimiento entre la parte trabajadora y empleadora, con el propósito de llegar a un convenio para la resolución del conflicto laboral en el orden local.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- MARILU ORTIZ ACOSTA
Cargo: Coordinadora de Conciliadores
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (771) 688-5620
Ext: 1091
Datos de la oficina del responsable del trámite: Benito Juárez, Exterior 1, Centro, Pachuca de Soto, CP 42000, Hidalgo
Fundamento jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 17 Y 123 Apartado A
Fracción: XX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política del Estado de Hidalgo
Artículo: 9 Ter
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Responsabilidades Administrativas
Artículo: 111 al 119
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 17 y 123 Apartado A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 590-E, 590-F, 684-A, B, C, D y E
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo
Artículo: 2 y 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 590-E Y F
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 17 y 123 Apartado A
Fracción: XX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-A, B, C, D y E
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 590-E, 590-F, 684-A, B, C, D y E
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Estatal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 8
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Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 6205
Número de solicitudes rechazadas: 1
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Para la celebración de la audiencia de conciliación las partes (solicitante y citado), tendrán que acudir con los documentos que acrediten su personalidad. El trabajador solicitante de la instancia conciliatoria deberá acudir personalmente a la audiencia con identificación oficial vigente en original con fotografía. La parte empleadora deberá asistir personalmente o por conducto de representante con facultades suficientes para obligarse en su nombre y tendrá la obligación de presentar los siguientes documentos; 1. Carta poder simple y/o instrumento notarial 2. Poder para delegar facultades de representación 3. Identificación Oficial vigente con fotografía En caso de ser Sindicato deberá presentar constancia de representatividad y/o toma de nota.
Oficina de atención
Nombre: Unidad de Amparos
Direccion: Benito Juárez Pachuca de Soto, Centro, 1, C.P.42000, ,
Horario: Lunes 2:30 P. M. a 4:30 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 05 marzo 2024
¿Dónde realizarlo?

Unidad de Amparos

Benito Juárez Pachuca de Soto, Centro, 1, C.P.42000, ,<BR>