CONVIVENCIA SUPERVISADA PRESENCIAL

Homoclave: CCS-2021-6579-001-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Resolución Judicial
Dependencia: Centro de Convivencia Familiar
Unidad administrativa: Centro de Convivencia Familiar
Nivel de gobierno:
SOLICITUD REALIZADA POR LOS DIFERENTES ORGANOS JURISDICCIONALES DEL DISTRITO JUDICIAL TUXTLA, DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS ANTE LA DIRECCION DEL CECOFAM, CONFORME A LA DISPONIBILIDAD DE FECHAS Y HORARIOS DE LA AGENDA ELECTRONICA.
Requisitos
1
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Original
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 1. El CECOFAM brindará sus servicios, previa orden por escrito del Órgano Jurisdiccional, que deberá ser remitida con un mínimo de tres días hábiles antes de su inicio, debiendo contener el servicio requerido, nombre de las personas a quienes deba de otorgarse, y datos del expediente judicial del cual deriva la orden y naturaleza del procedimiento, con el fin que se forme el expediente respectivo.
2 2. Las fechas y horarios para la prestación de los distintos servicios, se asignarán en base a una agenda electrónica de uso común para los jueces competentes en materia familiar, en coordinación con el CECOFAM. La agenda electrónica reflejará la disponibilidad actualizada de horarios y fechas, a fin de que el órgano jurisdiccional y el Director(a) del CECOFAM o Subdirectores(as) Regionales dispongan de ellas para la programación de los servicios.
3 3. El Órgano Jurisdiccional deberá notificar por los medios legales, privilegiándose el uso de agenda electrónica al Director(a) del CECOFAM o Subdirectores(as) Regionales la forma y términos en que deberá prestarse el servicio correspondiente, así como la fecha y la hora en que dará inicio el mismo. Al oficio de solicitud del servicio deberá adjuntarse la resolución judicial que determine la intervención del CECOFAM.
4 4. Sólo quien tenga la guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes o la persona autorizada, deberá presentarse puntualmente con ellos a las convivencias. Las convivencias supervisadas tendrán una duración mínima de una hora y máxima de tres horas diarias, con excepción de niñas o niños que no hayan cumplido los tres años de edad, no podrá exceder de dos horas.
5 5. Previa autorización del ingreso por el personal de seguridad, las y los usuarios serán conducidos por el supervisor(a) de la convivencia, a fin que los niños, niñas o adolescentes sean canalizados al área de enfermería para su exploración física, en presencia de su progenitor(a) custodio(a) o persona autorizada y, posteriormente, son dirigidos a la sala de transición en donde esperarán la llegada del menor de edad conviviente.
6 6. La convivencia familiar se inicia desde el ingreso al CECOFAM y no podrá prolongarse más allá de la hora programada para su conclusión.
7 7. La convivencia supervisada deberá llevarse a cabo en las aulas destinadas para tal efecto en el CECOFAM bajo la presencia del especialista a cargo. en acatamiento a los lineamientos de la orden judicial.
8 8. 8. Al concluir la convivencia, el (la) especialista a cargo, realizará el informe correspondiente mismo que será remitido al Órgano Jurisdiccional vía sistema agenda electrónica.
9 9. En caso de detectarse algún incidente relevante, el especialista a cargo levantará el acta correspondiente, firmando los interesados, el cual se enviará al Órgano Jurisdiccional.
10 10. El Órgano Jurisdiccional, podrá imprimir el reporte de convivencia, mediante el sistema de agenda electrónica, con el fin de que se anexe al expediente respectivo y para los fines legales que procedan.
Costos
Gratuito
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: El CECOFAM brindará sus servicios, previa orden por escrito de Órgano Jurisdiccional, que deberá ser remitida con un mínimo de tres días hábiles antes de su inicio, debiendo contener el servicio requerido, nombre de las personas a quienes deba de otorgarse, y datos del expediente judicial del cual deriva la orden y naturaleza del procedimiento, con el fin de que se forme el expediente respectivo, precisando, además de los siguientes requisitos: El nombre y apellidos de las personas autorizadas, domicilio y teléfonos en los cuales puedan ser localizados, horario de inicio y conclusión del servicio establecido.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL DISTRITO JUDICIAL TUXTLA, PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? LOS CENTROS DE CONVIVENCIA FAMILIAR Y AULAS LÚDICAS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, ACTUARÁN COMO INSTANCIAS AUXILIARES DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ESTATALES, PARA FACILITAR ESPACIOS NEUTRALES CON SERVICIOS MULTIDISCIPLINARIOS EN AQUELLOS CASOS EN LOS QUE POR DETERMINACIÓN JUDICIAL SEA NECESARIO PARA QUE PUEDA DARSE DE MANERA SANA LA CONVIVENCIA ENTRE EL CONVIVIENTE Y LAS NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES, A FIN DE COADYUVAR EN LA GENERACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LOS LAZOS DE APEGO Y CONFIANZA ENTRE ELLOS.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Nancy Janeth Reyes Escandón
Cargo: Jueza encargada del centro de convivencia familiar
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 617-8700
Ext: 8901
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 25
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 18
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 41
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de organizacion y funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del estado de Chiapas
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 9
Número de solicitudes rechazadas: 0
Oficina de atención
Nombre: Centro de Convivencia Familiar
Direccion: Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, EL BOSQUE Tuxtla Gutiérrez, El Bosque, 350, C.P.29049, Telefono: (961) 617-8700, ,ext. 8902_,
Correo: [email protected]
Horario: Lunes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Martes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Miércoles 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Jueves 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Viernes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Sábado 10:00 A. M. a 7:00 P. M.
Horario: Domingo 10:00 A. M. a 7:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 13 octubre 2021
¿Dónde realizarlo?

Centro de Convivencia Familiar

Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, EL BOSQUE Tuxtla Gutiérrez, El Bosque, 350, C.P.29049, Telefono: (961) 617-8700, ,ext. 8902_,<BR> Correo: [email protected]