Descripción:
Las solicitudes de autorización para organizarse y operar como casa de bolsa, deberán acompañarse de la documentación siguiente: I. Proyecto de estatutos de una sociedad anónima en el que deberá contemplarse lo siguiente: a) La denominación social deberá contener la expresión "casa de bolsa". b) La duración de la sociedad será indefinida. c) El domicilio social deberá ubicarse en territorio nacional. d) El objeto social será actuar como casa de bolsa realizando las actividades y servicios previstos en esta Ley. II. Relación e información de los socios, indicando el monto del capital social que suscribirán y el origen de los recursos declarado por éstos, así como de los probables consejeros, director general y principales directivos de la sociedad. III. Plan general de funcionamiento de la sociedad que comprenda, cuando menos, los aspectos siguientes: a) Las actividades y servicios a realizar. b) Las medidas de seguridad para preservar la integridad de la información. c) Las previsiones de cobertura geográfica señalando las regiones y plazas en las que se pretenda operar. d) El estudio de viabilidad financiera de la sociedad. e) Las bases relativas a su organización y control interno. f) Las bases para aplicar utilidades, en la inteligencia de que no podrán repartir dividendos durante sus tres primeros ejercicios, debiendo aplicarse las utilidades netas a reservas de capital. IV. El manual de conducta que incluya las políticas para la solución de potenciales conflictos de interés en la realización de sus actividades. Los citados manuales deberán contener las normas que al efecto determine la Comisión mediante disposiciones de carácter general. V. Comprobante de depósito bancario en moneda nacional o, en su caso, de valores gubernamentales por su precio de mercado, depositados en entidades financieras a favor de la Tesorería de la Federación, por una cantidad igual al diez por ciento del capital mínimo con que deba operar la sociedad. VI. La demás documentación e información que la Comisión, en relación con las fracciones anteriores, requiera mediante disposiciones de carácter general, previo acuerdo de su Junta de Gobierno, así como el Instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día