Transmisión de acciones por más del 2% del capital social pagado Sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y casas de cambio

Homoclave: CNBV-19-039-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita B
Nivel de gobierno:
¿Estás obligado a remitir la información sobre la transmisión de cualquiera de las acciones por más del dos por ciento del capital social pagado de la entidad?
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: No aplica. La obligación es remitir la información relativa a la transmisión de cualquiera de sus acciones o partes sociales por más del dos por ciento de su capital social pagado, para el caso de las casas de cambio, dentro de los diez días hábiles siguientes y para el caso de las Sofomes ER, dentro de los tres días hábiles siguientes, a que dichas sociedades hayan inscrito, en el registro señalado en el artículo 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Oficial de Cumplimiento
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la entidad financiera tenga que informar la transmisión de cualquiera de sus acciones por más del dos por ciento de su capital social pagado.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Detalle
Subsector: Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Actividades bursátiles, cambiarias y de inversión financiera
Rama: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Casas de bolsa, casas de cambio y centros cambiarios
Subrama: Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de cambio y centros cambiarios
Clase: Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de cambio
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- JORGE ALAIN HIDALGO PEREA
Cargo: DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA B
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6302
Datos de la oficina del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Interior 9_________, Exterior 1971______, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 6302_, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a las Casas de Cambio
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, tercer párrafo
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, tercer párrafo
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, tercer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, tercer párrafo
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a las Casas de Cambio
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, tercer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo: 87-D y 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, tercer párrafo
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a las Casas de Cambio
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, tercer párrafo
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a las Casas de Cambio
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, tercer párrafo
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para informar la integración y cambios del Comité de Comunicación y Control; la designación y revocación del Oficial de Cumplimiento, Representante u Oficial de Cumplimiento interino; la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, así como la transmisión de acciones por más del dos por ciento del capital social pagado, según corresponda, contemplados en las disposiciones de carácter general que se indican.
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Para verificar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 2
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las casas de cambio y las Sofomes ER deberán remitir la información relativa a la transmisión de cualquiera de sus acciones o partes sociales por más del dos por ciento de su capital social pagado, para el caso de las casas de cambio, dentro de los diez días hábiles siguientes y para el caso de las Sofomes ER, dentro de los tres días hábiles siguientes, a que dichas sociedades hayan inscrito, en el registro señalado en el artículo 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. NOTA: Para consulta de las compilaciones de las disposiciones de carácter general aplicables en materia de PLD/FT, que en su momento se encuentren vigentes, se sugiere dar clic al siguiente vínculo: https://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-marco-juridico-disposiciones-de-caracter-general.aspx Finalmente, es importante mencionar que el nombre completo del formato oficial para reportar la transmisión de cualquiera de las acciones por más del dos por ciento del capital social pagado de las entidades financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2020 es el siguiente: "RESOLUCIÓN por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para informar la integración y cambios del Comité de Comunicación y Control; la designación y revocación del Oficial de Cumplimiento, Representante u Oficial de Cumplimiento interino; la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, así como la transmisión de acciones por más del dos por ciento del capital social pagado, según corresponda, contemplados en las disposiciones de carácter general que se indican", disponible para consulta en el siguiente vínculo: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593585&fecha=20/05/2020#gsc.tab=0
Última modificación del trámite o servicio: 05 septiembre 2023
¿Dónde realizarlo?

COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

INSURGENTES SUR 1971 Guadalupe Inn Álvaro Obregón C.P.01020