Informe cuando las entidades tengan impedimento legal o de hecho para aplicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo en oficinas ubicadas en territorio nacional o extranjero Instituciones de Tecnología Financiera

Homoclave: CNBV-2021-016-090-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita A
Nivel de gobierno:
¿Estás obligado a informar el impedimento legal o de hecho para aplicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo en oficinas ubicadas en territorio nacional o extranjero?
Requisitos
1
Escrito libre
Original
Detalle
Descripción: Escrito libre que contenga las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo de las que se tenga impedimento legal o de hecho para su aplicación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Presencial.
2 Enviar un escrito libre dirigido a la Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita A, ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 9, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, Ciudad de México.
3 Indicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo de las que se tenga impedimento legal o de hecho para su aplicación.
4 Enviar dicho documento en un plazo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la conclusión de las gestiones que, para el efecto, hayan realizado.
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: No aplica. La obligación es informar el impedimento legal o de hecho para aplicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo en oficinas ubicadas en territorio nacional o extranjero.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
  • Otro: Oficial de cumplimiento
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la entidad requiera informar el impedimento legal o de hecho para aplicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo en oficinas ubicadas en territorio nacional o extranjero.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Detalle
Subsector: Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Rama: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Subrama: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Clase: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Otro
Otro: NA
Nombre:- Adrian Peréz Barnés
Cargo: Titular del Órgano Interno de Control
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6640
Ext: 66400
Datos de la oficina del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Interior 9_________, Exterior 1971______, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 6308____, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Rodrigo Kibsaim García Romo
Cargo: Director General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita A
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6308
Datos de la oficina del responsable del trámite: Insurgentes Sur , Interior 9_________, Exterior 1971______, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 6309_, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento jurídico
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo: 58
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo: 58
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Para verificar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las Entidades deberán informar por escrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en un plazo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la conclusión de las gestiones que, para el efecto, hayan realizado, el impedimento legal o de hecho para aplicar las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo en oficinas ubicadas en territorio nacional o extranjero. NOTA: Para consulta no oficial de las compilaciones de las disposiciones de carácter general aplicables en materia de PLD/FT se sugiere dar click al siguiente vinculo: https://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-marco-juridico-disposiciones-de-caracter-general
Última modificación del trámite o servicio: 12 noviembre 2021
¿Dónde realizarlo?

Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita A

Insurgentes Sur 1971 Guadalupe Inn Álvaro Obregón C.P.01020