Autorización para que los organismos autorregulatorios realicen certificaciones a las personas físicas a que se refiere la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Fondos de Inversión.

Homoclave: CNBV-25-002 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Nivel de gobierno:
¿Eres un Organismo Autorregulatorio y quieres realizar certificaciones a las personas físicas6 a que se refiere la Ley del Mercado de Valores y a la Ley de Fondos de Inversión? Tendrás que solicitar autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Consulta este trámite para mayor información.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Detalle
Descripción: Adicionalmente, las asociaciones gremiales de intermediarios del mercado de valores o de asesores en inversiones que obtengan el reconocimiento de organismo autorregulatorio por parte de la Comisión, podrán llevar a cabo certificaciones en términos de lo dispuesto en los artículos 141, 193 ó 226, fracción VI, de esta Ley, siempre que para tal efecto se ajusten a las disposiciones de carácter general que al efecto establezca la propia Comisión
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 229
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 35 de Ley de Fondos de Inversión y 5 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos Autoregulatorios Reconocidos por la CNBV
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Presencial:
2 Acude a las oficinas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ante Oficialía de Partes, Ventanilla única de recepción y entrega de documentación, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No.1971, Plaza Inn, Nivel Fuente, Local 163, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, con un horario de recepción de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas. ,
3 Presenta tu solicitud con los anexos correspondientes. ,
4 Espera respuesta de la Comisión.
Costos
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 3 Meses
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 20 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 4 meses Artículo 94, primer párrafo Ley de Fondos de Inversión
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 94 de la Ley de Fondos de Inversión
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Autorización para que los organismos autorregulatorios realicen certificaciones a las personas físicas a que se refiere la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Fondos de Inversión
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Detalle
Subsector: Actividades bursátiles, cambiarias y de inversión financiera
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Alejandro Daniel Haro Acosta
Cargo: Director General de Autorizaciones al Sistema Financiero.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 01 (55) 1454-6000 Ext. 6180
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Órgano Interno de Control
Nombre: Adrián Pérez Barnés
Cargo: Títular del Órgano Interno de Control de la CNBV
Rol:
Otro:
Teléfono: 01 (55) 1454-6000 Ext. 6640
Ext:
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento jurídico
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 229
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 35 de Ley de Fondos de Inversión y 5 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos Autoregulatorios Reconocidos por la CNBV
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 94 de la Ley de Fondos de Inversión
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 229
Fracción:
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 35 de Ley de Fondos de Inversión y 5 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos Autoregulatorios Reconocidos por la CNBV
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 229
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 35 de Ley de Fondos de Inversión y 5 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos Autoregulatorios Reconocidos por la CNBV
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 94, tercer párrafo de la Ley de Fondos de Inversión
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 229
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 35 de Ley de Fondos de Inversión y 5 de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos Autoregulatorios Reconocidos por la CNBV
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Mercado de Valores
Artículo: 419
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 4 meses Artículo 94, primer párrafo Ley de Fondos de Inversión
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-que-los-organismos-autorregulatorios-realicen-certificaciones-a-las-personas-fisicas-a-que-se-refiere-la-ley-del-mercado-de-valores-y-a-la-ley-de-fondos-de-inversion/CNBV4690
Última modificación del trámite o servicio: 09 octubre 2019
¿Dónde realizarlo?

Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero