Renovación anual en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras para tomar reaseguro y reafianzamiento en territorio nacional. A) Renovación en RGRE por Reaseguradoras Extranjeras

Homoclave: CNSF-12-022-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Renovación
Dependencia: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Unidad administrativa: Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios
Nivel de gobierno:
Este trámite te sirve para obtener la renovación en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras para tomar reaseguro y reafianzamiento en territorio nacional
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Detalle
Descripción: Escrito libre que contenga nombre y apellidos completos o denominación social según sea el caso, domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos, nombre y apellidos completos de las personas autorizadas para tales efectos, número de teléfono y dirección de correo electrónico para contactar al promovente y a su representante legal. La petición que se formula en la que se señale el tipo de autorización solicitado. Además de incluir dentro del escrito un listado de todos los documentos anexados, con firma autógrafa del promovente o representante legal según corresponda. Original
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 3 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 107
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones 34.1.9., 34.1.10., 34.1.11., y 34.1.12., Capítulos 39.1 y 39.6
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Certificado
Original
Detalle
Descripción: Certificado que acredite la vigencia de la calificación de fortaleza financiera otorgada por una o varias empresas calificadoras especializadas que sirvió de base para la obtención de su inscripción en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras o, en su caso, la renovación respectiva, en el concepto de que dicho certificado deberá mostrar que se cuenta, cuando menos, con las calificaciones mínimas señaladas en el Capítulo 34.3 de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 2 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones 34.1.9., 34.1.10., 34.1.11., y 34.1.12., Capítulos 39.1 y 39.6
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 107
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Consulta los requisitos.
2 Reúne la documentación e información.
3 Presenta tu solicitud ante la Oficialía de Partes de la CNSF
4 Espera la resolución de tu trámite
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 45 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
1 mes de vigencia
Vigencia: 1 mes de vigencia
Observaciones: de la fecha de expedición al 31 de Diciembre del siguiente año.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposición 34.1.9.
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la entidad reaseguradora o reafianzadora del exterior pretenda obtener la renovación en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Detalle
Subsector: Compañías de seguros, fianzas, y administración de fondos para el retiro
Rama: Compañías de seguros y fianzas
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Responsable del Trámite
Otro:
Nombre:- Dámaris Ramos Domínguez
Cargo: Directora Consultiva
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 5724-7417
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Av. Insurgentes Sur 1971,Torre Norte, Piso 3, Guadalupe Inn, 01020 Ciudad de México, CDMX
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 107
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones 34.1.9., 34.1.10., 34.1.11., y 34.1.12., así como los Capítulos 39.1 y 39.6
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones 34.1.9., 34.1.10., 34.1.11., y 34.1.12., Capítulos 39.1 y 39.6
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular Única de Seguros y Fianzas
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposición 34.1.9.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 250
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
NOTA: A partir de la publicación del “Acuerdo por el que se establecen plazos para la continuidad de los trámites y la resolución de los procedimientos competencia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas durante el periodo de duración de la contingencia sanitaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de agosto de 2020, se ha otorgado la posibilidad de que los interesados remitan sus trámites vía electrónica a través del correo electrónico [email protected], de conformidad con los numerales Décimo y Décimo Primero de tal Acuerdo. El Plazo para que el interesado cumpla con la prevención es: Al menos 10 días hábiles Observaciones respecto a los documentos:Los documentos deberán ser presentados en idioma español o, en su caso, acompañarse de la correspondiente traducción oficial a dicho idioma, en caso de tratarse de documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados o apostillados.
Oficina de atención
Nombre: Comisión Nacional Bancaria y de Valores Oficialía de Partes
Direccion: Ciudad de México, Álvaro Obregón, Insurgentes Sur Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 1971, C.P.01020, Telefono: (551) 454-6000, ,ext. 6000_,
Horario: Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Lunes 10:00 A. M. a 4:00 P. M.
Oficina de atención
Nombre: Oficialía de partes de la CNSF
Direccion: Ciudad de México, Álvaro Obregón, Fernando Villalpando Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 18, C.P.01020, Telefono: (555) 724-7400, ,
Horario: Lunes 9:00 P. M. a 3:00 P. M.
Horario: Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 30 marzo 2025
¿Dónde realizarlo?

Comisión Nacional Bancaria y de Valores Oficialía de Partes

Ciudad de México, Álvaro Obregón, Insurgentes Sur Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 1971, C.P.01020, Telefono: (551) 454-6000, ,ext. 6000_,<BR>

Oficialía de partes de la CNSF

Ciudad de México, Álvaro Obregón, Fernando Villalpando Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 18, C.P.01020, Telefono: (555) 724-7400, ,<BR>