Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: b
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: f
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: e
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad
Artículo: 79
Fracción: No Aplica
Inciso: No Aplica
Párrafo: No Aplica
Número: No Aplica
Letra: No Aplica
Otro: No Aplica
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: d
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad
Artículo: 80
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso: c
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Los derechos que se establecen en esta fracción, se pagarán por cada tipo de mensaje que comprenda la autorización que se otorgue, según el medio publicitario que se utilice de los señalados en los incisos de esta fracción. Cuando la publicidad se refiera a bebidas alcohólicas, tabaco, sustancias tóxicas, plaguicidas y de alimentos de bajo valor nutritivo, se pagará el derecho a que se refiere este artículo conforme al doble de las cuotas señaladas en los incisos anteriores. Cuando la publicidad se refiera a suplementos alimenticios, se pagará el derecho conforme a las cuotas señaladas en esta fracción, aumentadas con el 50% de las cuotas según el inciso que corresponda.
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Continúa en la Tercera Sección)
Artículo: No Aplica
Fracción: No Aplica
Inciso: No Aplica
Párrafo: No Aplica
Número: No Aplica
Letra: No Aplica
Otro: No Aplica
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso: A
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso: A
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad
Artículo: 80
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad
Artículo: 81
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad
Artículo: 81
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro: