Entrega de reportes de sociedades autorizadas para operar modelos novedosos

Homoclave: CONSAR-06-041-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Aviso
Dependencia: Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
Unidad administrativa: Vicepresidencia Jurídica
Nivel de gobierno:
Mediante el presente trámite las Sociedades Autorizadas pueden entregar a la CONSAR sus reportes periódicos de información de actividades.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original
Detalle
Descripción: Los documentos que se presenten deberán: 1. Presentarse en original. 2. Contener los elementos que exigen las Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. 3. Encontrarse debidamente firmados
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular CONSAR 19-8 "Reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro". Parte I
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 l . Presentar la documentación requerida en original.
2 Contener los elementos que exigen las Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
3 Encontrarse debidamente firmada,
Costos
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Sociedades Autorizadas
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Durante los primeros quince días naturales de enero, abril, julio y octubre de cada año.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Vicepresidente Jurídico
Otro:
Nombre:- Antonio Salvador Reyna Castillo
Cargo: Vicepresidente Jurídico
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 55 3000 2647
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Circular
Nombre: Circular CONSAR 19-8 "Reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro". Parte I
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo: 113
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Artículo: 183
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo: 89
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo: 458
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Ninguna
Última modificación del trámite o servicio: 09 octubre 2019
¿Dónde realizarlo?

Vicepresidencia Jurídica