Solicitud de aprobación de tarifas máximas iniciales de servicios interrumpibles para actividades de distribución por medio de ductos de gas natural. N.A.

Homoclave: CRE-19-029-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Comisión Reguladora de Energía
Unidad administrativa: Dirección General de gas natural y petróleo
Nivel de gobierno:
Solicitud de tarifa máxima inicial en base interrumpible para permisionarios de distribución de gas natural.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Los permisionarios de distribución deberán presentar a la Comisión los siguientes documentos: 1) Plan de negocios que considere: I. El valor de la base de los activos de la empresa, de acuerdo con la Directiva de Contabilidad y utilizando las normas de información financiera para la reexpresión de costos y la revaluación de activos aplicables en México; II. El monto y el programa de las inversiones estrictamente necesarias para operar en términos adecuados de seguridad y eficiencia, planeadas para el periodo de cinco años y los cinco años posteriores, identificando las inversiones en reposición de activos y nuevas instalaciones; III. El plan de financiamiento anualizado correspondiente al desarrollo del programa de inversiones y otros gastos inherentes a la prestación del servicio para el periodo de cinco años y los cinco años posteriores, incluyendo la evolución de la estructura de capital propuesta; IV. La identificación de las proporciones del requerimiento de ingresos afectadas por: a) La inflación en México; b) La inflación en Estados Unidos de América, y c) Las variaciones en el tipo de cambio. V. La identificación de los costos fijos y variables dentro del requerimiento de ingresos y la forma en que asignará cada rubro que compone dicho requerimiento a los cargos por capacidad y por uso; VI. Las proyecciones de utilización anual de la capacidad por grupo tarifario para el periodo de cinco años y los tres años subsecuentes; VII. Las proyecciones del flujo de gas a conducir por grupo tarifario durante el periodo de cinco años y los tres años subsecuentes; VIII. El número proyectado de Usuarios desglosado por grupo tarifario para el periodo de cinco años y los tres años subsecuentes; IX. La información histórica de los cinco años anteriores relativa a los costos y gastos incurridos, en su caso; X. La información histórica de los cinco años anteriores, desglosada por grupo tarifario, relativa al volumen conducido total, al volumen conducido en el periodo pico del sistema, la utilización de la capacidad y el número de Usuarios, en su caso; XI. Los criterios y metodologías utilizados en la desagregación y la asignación de activos, costos y gastos comunes, tomando como base los factores que dan origen a los costos y gastos, tales como: I. Las unidades de gas que se estima conducir para cada grupo tarifario; II. El número de Usuarios por grupo tarifario; III. El factor de carga; IV. La distancia entre trayectos del sistema, y V. El costo relativo del servicio específico comparado con el requerimiento de ingresos total. XII. El requerimiento de ingresos proyectado para el periodo de cinco años y de los tres años subsecuentes, identificando la proporción de éste que corresponda a la prestación de los servicios a cada uno de los distintos grupos tarifarios, el cual debe comprender: I. La proyección de costos justificados y prudentes inherentes a la prestación de los servicios, tales como: a) Los costos de operación y mantenimiento, y b) Los gastos generales de administración y ventas; II. La depreciación de la base de activos congruente con el programa de inversiones que propongan los Permisionarios en su plan de negocios, acorde con la normatividad aplicable y los estándares de la industria; III. La mejor estimación posible de los impuestos con base en los resultados proyectados en términos de la legislación aplicable, que resulten congruentes con la situación financiera y fiscal de la empresa y considerando únicamente las actividades sujetas a regulación, sin incluir otros servicios no regulados o la consolidación de resultados financieros con otras empresas controladoras o controladas; IV. La estimación de otras contribuciones a cargo del Permisionario necesarias para la prestación de los servicios, tales como el pago de derechos y aprovechamientos, y V. El costo promedio ponderado del capital razonable, tomando en cuenta: a) La rentabilidad esperada; b) El costo de la deuda con vencimientos a un año o más sobre la fecha de emisión; c) El costo del capital contable; d) En su caso, el costo de las acciones preferenciales, y e) El costo de otros instrumentos financieros. 2) El modelo y la memoria de cálculo empleados en el requerimiento de ingresos y en la derivación de las tarifas máximas iniciales deberá presentarse en formatos impresos y electrónicos. Por otro lado, el escrito libre de su promoción debe considerar el nombre, denominación o razón social de quien o quienes promuevan, en su caso de su representante legal; domicilio para recibir notificaciones y nombre o nombres de las personas autorizadas para recibirlas; la petición que se formula; los hechos o razones que dan motivo a la petición; el órgano administrativo a que se dirigen, y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. Asimismo, el permisionario deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
$ 307, 877. 29
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: Oficio No. 349-B-210 de la Subsecretaria de Ingresos UPINT
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? En las oficinas, en el banco
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 45 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Artículo: 83
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: . . .
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones: Aplica para el quinquenio respectivo.
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Los permisionarios de distribución por medio de ductos de gas natural.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando los permisionarios de distribución soliciten a la Comisión, para su aprobación, las tarifas en base interrumpible.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de la Luz Barbes Marcias
Cargo: Dirección General de Gas Natural y Petróleo
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55 52831500) 1534
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Directiva
Nombre: Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1, 9.1 y 9.6
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Artículo: 58
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Directiva
Nombre: Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 12.1, 12.2, 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.7, 12.8 y 12.9
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Artículo: 83
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Artículo: 77 y 83
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hidrocarburos
Artículo: 84
Fracción: XXI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Artículo: 83
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Directiva
Nombre: Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 12.1, 12.2, 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.7, 12.8 y 12.9
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RES/194/2014 por la que se modifica la diversa por la que se expidieron las Reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión Reguladora de Energía
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolutivo Primero
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: Oficio No. 349-B-210 de la Subsecretaria de Ingresos UPINT
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite: Análisis y evaluación por el equipo técnico de la Comisión
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 4
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
https://www.gob.mx/cre
Última modificación del trámite o servicio: 13 septiembre 2019
¿Dónde realizarlo?

Dirección General de gas natural y petróleo