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Documentos:
1. Identidad (nacionalidad, nombre, razón o denominación social).
1.1. El interesado en caso de ser persona física, deberá acreditar su nacionalidad mexicana, mediante original o copia certificada de alguno de los siguientes documentos expedidos por autoridades mexicanas: acta de nacimiento y copia de identificación; certificado de nacionalidad mexicana; carta de naturalización; pasaporte vigente; cédula de identidad ciudadana; credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o matrícula consular.
1.2. Tratándose de personas morales: el interesado podrá acreditar su nacionalidad mexicana mediante el testimonio o copia certificada de la escritura pública en la que conste el acta constitutiva, debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, o bien, compulsa de los estatutos sociales vigentes. La nacionalidad de las dependencias, entidades o instituciones públicas quedará acreditada con su legal existencia de conformidad con la normatividad que les sea aplicable derivado de su naturaleza jurídica.
1.3. En caso de que el solicitante posea o pretenda utilizar un nombre o marca comercial, es conveniente que lo informe al Instituto en el rubro previsto en el Formato "IFT-Autorización-B".
2. Domicilio. Domicilio para oír y recibir notificaciones, y en su caso, correo electrónico para notificaciones electrónicas (dicha información será tratada por el Instituto, conforme a la normatividad aplicable en la materia).
2.1. Designación de domicilio en territorio nacional (calle, número exterior, número interior, localidad o colonia, municipio o delegación, entidad federativa y código postal).
Se acreditará con copia simple a nombre del solicitante, del recibo de luz, agua, servicios de telecomunicaciones, predial, contrato de arrendamiento, comodato o similar, con una antigüedad máxima de tres meses contados a partir de la fecha de presentación.
Tratándose de persona moral deberá acreditar su domicilio social, fiscal, lugar de asentamiento de operaciones u oficina matriz o sucursal.
2.2. El solicitante podrá señalar al Instituto un domicilio diferente para efectos de oír y recibir notificaciones y documentos.
2.3. Con la presentación de la Solicitud, el solicitante que así lo decida de forma voluntaria señalará en el Formato "IFT-Autorización-B", que acepta que cualquier requerimiento y/o prevención que le sea realizado(a) por el Instituto, con motivo de información complementaria o aclaratoria, así como por requisitos faltantes, le sea notificado o enviado(a) al correo electrónico indicado por el solicitante o su representante legal.
Para las notificaciones electrónicas, el Instituto utilizará un correo electrónico institucional creado para esos efectos, el cual se señalará en el Formato "IFT-Autorización-B". En el correo electrónico de la notificación, se adjuntará el archivo digital que contenga la imagen del oficio de requerimiento y/o prevención que se formule, debidamente firmado por funcionario competente y en el que se establezca el plazo que se otorgue para su desahogo, dicho plazo iniciará a contarse partir del día hábil siguiente de la fecha del envío del correo electrónico por parte del Instituto.
En caso de que el solicitante señale que de forma voluntaria acepta la notificación electrónica de prevenciones y/o requerimientos relacionados con su Solicitud, podrá presentar por el mismo medio al correo electrónico institucional indicado por la autoridad en el Formato "IFT-Autorización-B" al momento de su respuesta, la información, documentación o aclaraciones solicitadas en el requerimiento y/o prevención notificada de forma electrónica, a excepción de aquella documentación que por su propia naturaleza deba ser presentada en copia certificada o expedida por fedatario público, para acreditar fehacientemente o con prueba plena, algún hecho o circunstancia para cumplir un requisito, esta documentación deberá presentarse, en su caso, en la oficialía de partes común del Instituto.
3. Representación legal.
3.1. Para personas morales y, en su caso, personas físicas, la identidad y poderes del representante legal se acreditará con testimonio o copia certificada del instrumento otorgado ante fedatario público en donde se acredite contar con al menos poder general para actos de administración, adjuntando copiasimple de la identificación oficial del representante legal (cualquiera de las señaladas en el apartado 1.1. del numeral 1 anterior). En su caso, el Interesado podrá autorizar personas para oír y recibir notificaciones.
4. Documentación que acredite las características técnicas, y
5. Comprobante de pago de derechos o aprovechamientos (ver cómo presentarlo ante el Instituto).
Original
Descripción:
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción |
Requerido |
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero |
No
|
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental |
No |