Solicitud de adhesión al decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo.

Homoclave: IMSS-02-057 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Instituto Mexicano del Seguro Social
Unidad administrativa: Dirección de Incorporación y Recaudación
Nivel de gobierno:
Es la solicitud de adhesión al Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, que presentan los patrones con trabajadores eventuales del campo, que les otorga un estímulo fiscal, que reduce el costo de la seguridad social de los trabajadores eventuales del campo.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Escrito libre que deberá contener: Nombre, denominación o razón social del patrón o en su caso nombre del representante legal, domicilio fiscal, ubicación del centro de trabajo, número de registro patronal, lugar y fecha en que se realiza la solicitud.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Acude a la Subdelegación. Presenta solicitud de adhesión en original y copia. Recibe respuesta inmediata de su solicitud.
2 Escrito libre en original y copia el cual debe contener a) nombre denominación o razón social del patrón y en su caso del representante legal; b) número de registro patronal; c) domicilio fiscal; d) ubicación del centro de trabajo y e) lugar y fecha en que se realiza la solicitud. El patrón del campo al efectuar la inscripción de sus trabajadores eventuales del campo manifestará el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación. Al realizar el pago de las cuotas obrero patronales respectivas se aplicará el factor señalado en el Decreto vigente que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: Que el patrón del campo se encuentre registrado ante el IMSS e inscriba a trabajadores eventuales del campo. Que el patrón del campo solicite su adhesión a los beneficios fiscales. Que el patrón del campo proporcione los datos completos en su solicitud de adhesión.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Patrón del campo o representante legal con trabajadores eventuales del campo a su cargo.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando el patrón del campo que tenga a su servicio trabajadores eventuales del campo, registrados e inscritos ante el IMSS, pretenda recibir el beneficio fiscal establecido en el Decreto del 24 de julio de 2007.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Detalle
Subsector: Agricultura Cría y explotación de animales Aprovechamiento forestal
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Adriana Alejandra Pedroza Márquez
Cargo: Titular de la Coordinación de Afiliación
Correo electrónico: http://www.imss.gob.mx/contacto
Teléfono: 800 6232-323
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Paseo de la Reforma 476 PB, esquina Toledo, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc.
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Decreto
Nombre: Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo
Artículo: 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.2
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1, 4.2 y 4.3
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite: Comprobante de la solicitud del patrón del campo que hace en la Subdelegación que le corresponda a la adhesión a los beneficios fiscales para él y sus trabajadores eventuales del campo.
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 70
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El patrón del campo puede voluntariamente adherirse a los beneficios del Decreto o cumplir sus obligaciones patronales en términos de la Ley del Seguro Social. 1.- ACUERDO ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007. 2.- Los patrones que se adhieran a los beneficios del Decreto, gozarán de facilidades administrativas en materia de presentación de movimientos afiliatorios, así como de esquemas especiales de acceso a los servicios médicos y de guarderías para sus trabajadores eventuales del campo. 3.- El patrón del campo que haya comunicado al Instituto su decisión de acogerse al Decreto, al efectuar la inscripción de sus trabajadores eventuales del campo, manifestará el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Seguro Social. 4.- Al realizar el pago de las cuotas obrero patronales respectivas, consultar el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, para revisar el factor a aplicar. 5.- Conforme al artículo Segundo del Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007, y posteriores modificaciones, los beneficios fiscales aplican para los seguros de riesgos de trabajo; de enfermedades y maternidad; de invalidez y vida; y de guarderías y prestaciones sociales. 6.- La determinación y pago de las cuotas obrero patronales se deberá realizar invariablemente con el SUA. 7.- Los patrones del campo deberán informar mensualmente al Instituto en la Subdelegación correspondiente, por escrito, bajo protesta de decir verdad, sobre los formatos de “Autorización Provisional para Atención Médica” (TEC-APM-01) usados en el mes anterior, indicando el nombre del trabajador a quien se le haya proporcionado cada formato, el número de folio del formato y la fecha de entrega del formato. Asimismo, deberá indicar sobre los formatos usados derivados de una enfermedad o accidente de trabajo. En caso de que se terminen los formatos de autorización provisional para atención médica para trabajadores eventuales del campo que el IMSS proporcionó al patrón, éste mediante escrito libre, podrá solicitar formatos adicionales, previa comprobación del uso total de los formatos que se le hubieren entregado, conforme los informes mensuales proporcionados por el mismo patrón del campo. Para consultas, quejas o sugerencias entrar a la página siguiente: http://www.imss.gob.mx/contacto o bien, al teléfono 800 6232323 Para consultar los datos de las instalaciones del IMSS: http://www.imss.gob.mx/directorio
Oficina de atención
Nombre: Dirección de Incorporación y Recaudación
Direccion: C.P., ,
Última modificación del trámite o servicio: 05 abril 2024
¿Dónde realizarlo?

Dirección de Incorporación y Recaudación

C.P., ,<BR>