Gestión del Registro Patronal Único. A) Asignación del Registro Patronal Único.

Homoclave: IMSS-02-067-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Instituto Mexicano del Seguro Social
Unidad administrativa: Dirección de Incorporación y Recaudación
Nivel de gobierno:
El Registro Patronal Único (RPU) es el registro que solicita un patrón que cuenta con dos o más registros patronales otorgados por el Instituto y que ostenten el mismo nombre o razón social en diferentes ubicaciones geográficas, esto con la finalidad de asociar y que el patrón pueda controlar todos los movimientos de sus trabajadores a través de un único registro y sin perder de vista la ubicación geográfica de su población derechohabiente.
Requisitos
1
Certificado digital vigente, clave de usuario (NPIE: Número Patronal de Identificación Electrónica) y contraseña.
Detalle
Descripción: Requisito para el trámite en línea: No se requiere ningún tipo de documento, sin embargo, debes tener a la mano tu certificado digital vigente (archivo con extensión .pfx), clave de usuario (NPIE: Número Patronal de Identificación Electrónica) y contraseña.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Nombre del trámite o servicio: Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital.
Nivel de gobierno: Administración Pública Federal
Homoclave: IMSS-02-042-A
2
Números de registro patronal para adherir al Registro Patronal Único (RPU)
Detalle
Descripción: Requisito para el trámite en línea. Número que asigna el IMSS a un patrón cuando se da de alta en el IMSS.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 10 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 3 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: El patrón, sujeto obligado o representante legal.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando el patrón cuente con dos o más registros patronales otorgados por el Instituto, que ostenten el mismo nombre, denominación o razón social en diferentes circunscripciones, que cuente con su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital, y que no haya interpuesto ante el Instituto escrito de desacuerdo y/o recurso de inconformidad o juicios, todos ellos en materia de Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, por ninguno de los registros patronales.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Adriana Alejandra Pedroza Márquez
Cargo: Coordinadora de Afiliación
Correo electrónico: http://www.imss.gob.mx/contacto
Teléfono: 800 6232-323
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo 325/2003 del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, relativo a la asignación del Registro Patronal Unico
Artículo:
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.1
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 32
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
• Que el registro patronal que se le asigne al patrón como único, sea el que corresponda al domicilio fiscal de éste. • Cuando el patrón tenga dos o más registros patronales por municipio o en la Ciudad de México, el patrón seleccionará uno de ellos como centro de control de sus trabajadores, previo a la entrada en vigor del Registro Patronal Único (RPU). • Trasmitir los movimientos afiliatorios de reingreso, modificación de salario y baja de los trabajadores, únicamente mediante el sistema IMSS "Desde su empresa", identificando la clave del municipio donde el trabajador presta sus servicios. • Cuando un trabajador labore en más de un centro de trabajo, el patrón deberá controlarlo en un solo municipio sumando los salarios que devengue en cada uno de ellos. • El efecto de la asignación del Registro Patronal Único (RPU) conlleva a la determinación de una sola clase, prima y fracción, conforme a lo previsto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. • Los trámites que se hayan realizado antes de la asignación del Registro Patronal Único (RPU) y que no estén concluidos, seguirán su curso normal bajo el registro patronal original hasta su total conclusión. • A partir de que el Registro Patronal Único (RPU) inicie su operación, el patrón se obliga a revisar anualmente la siniestralidad para los periodos subsecuentes en términos de los artículos 72 y 74 de la Ley del Seguro Social y 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. • El Instituto no aceptará una nueva solicitud de adhesión para la asignación del Registro Patronal Único (RPU) cuando éste haya incumplido con el pago oportuno de las cuotas obrero-patronales durante tres periodos de cotización consecutivos. • Las aclaraciones respecto a los movimientos afiliatorios posteriores a la asignación del Registro Patronal Único (RPU), las efectuará el patrón o representante legal en la Subdelegación de control de cada registro patronal asociado. • En caso de que el patrón solicite una sustitución patronal o cambio de nombre, denominación o razón social, el patrón primero deberá realizar la cancelación del RPU de dicho registro y posteriormente el cambio de nombre, denominación o razón social, así como la sustitución patronal del registro o registros que controle y deberá acudir a cada Subdelegación donde tenga un registro patronal vigente a efectuar dichos trámites. • A partir de la fecha en que el patrón firme la carta de aceptación de las condiciones en que operará el Registro Patronal Único (RPU), los Números Patronales de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital de cada registro patronal asociado, quedan inactivos, por lo que a partir de esa fecha deberá enviar sus movimientos afiliatorios, incluyendo la clave de municipio de cada trabajador que corresponda al registro patronal asociado, con el certificado digital del RPU. Se proporciona la liga al Centro de Contacto IMSS, en donde se ponen a disposición los diversos canales que nuestra derechohabiencia y población usuaria pueden utilizar para realizar sus peticiones y consultas relacionadas con trámites y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, que serán atendidas por personal especializado. http://www.imss.gob.mx/contacto Teléfono Centro de Contacto IMSS: 800 623-2323
Oficina de atención
Nombre: Dirección de Incorporación y Recaudación
Direccion: C.P., ,
Última modificación del trámite o servicio: 05 abril 2024
¿Dónde realizarlo?

Dirección de Incorporación y Recaudación

C.P., ,<BR>