Gestión del Registro Patronal Único. B) Cancelación del Registro Patronal Único.

Homoclave: IMSS-02-067-B Tipo: Trámite Tipo de trámite: Cancelación
Dependencia: Instituto Mexicano del Seguro Social
Unidad administrativa: Dirección de Incorporación y Recaudación
Nivel de gobierno:
El Registro Patronal Único (RPU) es el registro que solicita un patrón que cuenta con dos o más registros patronales otorgados por el Instituto y que ostenten el mismo nombre o razón social en diferentes ubicaciones geográficas, esto con la finalidad de asociar y que el patrón pueda controlar todos los movimientos de sus trabajadores a través de un único registro y sin perder de vista la ubicación geográfica de su población derechohabiente. Para cancelar tu RPU, inicia el trámite en línea con 90 días naturales de anticipación.
Requisitos
1
Registro Patronal Único (RPU)
Detalle
Descripción: Registro Patronal Único (RPU) a cancelar
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Nombre del trámite o servicio: Gestión del Registro Patronal Único.
Nivel de gobierno: Administración Pública Federal
Homoclave: IMSS-02-067-A
2
Certificado digital vigente, clave de usuario (NPIE: Número Patronal de Identificación Electrónica) y contraseña.
Detalle
Descripción: Requisito para el trámite en línea: No se requiere ningún tipo de documento, sin embargo, debes tener a la mano tu certificado digital vigente (archivo con extensión .pfx), clave de usuario (NPIE: Número Patronal de Identificación Electrónica) y contraseña.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Nombre del trámite o servicio: Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital.
Nivel de gobierno: Administración Pública Federal
Homoclave: IMSS-02-042-A
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Inmediato
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 Inmediato
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: El patrón, sujeto obligado o representante legal.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando el patrón o sujeto obligado realice la solicitud de cancelación del Registro Patronal Único (RPU), con noventa días naturales de anticipación, manifestando las causas y hechos que den origen a la cancelación.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Adriana Alejandra Pedroza Márquez
Cargo: Coordinadora de Afiliación
Correo electrónico: http://www.imss.gob.mx/contacto
Teléfono: 800 6232-323
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo 325/2003 del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, relativo a la asignación del Registro Patronal Unico
Artículo:
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 17.2
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 18
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
- Que el registro patronal a cancelar se encuentre operando como Registro Patronal Único. - El patrón o sujeto obligado deberá realizar la solicitud de cancelación del Registro Patronal Único con noventa días naturales de anticipación manifestando las causas y hechos que den origen a la cancelación. - En caso de que el patrón solicite una sustitución patronal o cambio de nombre, denominación o razón social, el patrón primero deberá realizar la cancelación del RPU de dicho registro y posteriormente el cambio de nombre, denominación o razón social, así como la sustitución patronal del registro o registros que controle y deberá acudir a cada Subdelegación donde tenga un registro patronal vigente a efectuar dichos trámites. - El Instituto podrá dejar sin efecto el Registro Patronal Único en el caso de que el patrón o sujeto obligado incumpla con el pago oportuno de las cuotas obrero patronales durante tres periodos de cotización consecutivos. - El Instituto determinará y comunicará al patrón o sujeto obligado el día del bimestre natural en que operará con los registros patronales que tenía antes de la asignación del Registro Patronal Único. - Cuando el patrón no haya sido sujeto de una determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, la clase, fracción y prima serán las que tenía asignadas en cada uno de los registros patronales, antes del inicio de operación del Registro Patronal Único. - Cuando el patrón haya sido sujeto de una determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, la clase y fracción en que quedarán ubicados cada uno de sus registros patronales serán las que tenían hasta antes del inicio del Registro Patronal Único y la prima será con la que concluyó dicho registro. - El patrón o sujeto obligado que haya dejado sin efecto su Registro Patronal Único, podrá solicitar nuevamente la asignación del mismo, de acuerdo con los lineamientos establecidos. - El Instituto no aceptará una nueva solicitud de adhesión para la asignación del Registro Patronal Único, cuando al patrón o sujeto obligado se le haya cancelado dicho registro por haber incumplido con el pago oportuno de las cuotas obrero patronales, durante tres periodos de cotización consecutivos. - El patrón, sujeto obligado o representante legal deberá solicitar la cancelación del Número Patronal de Identificación Electrónica y el Certificado Digital, una vez efectuada la cancelación al Registro Patronal Único, así como la generación del Número Patronal de Identificación Electrónica y el Certificado Digital por cada uno de los registros patronales. - Se proporciona la liga al Centro de Contacto IMSS, en donde se ponen a disposición los diversos canales que nuestra derechohabiencia y población usuaria pueden utilizar para realizar sus peticiones y consultas relacionadas con trámites y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, que serán atendidas por personal especializado. http://www.imss.gob.mx/contacto Teléfono Centro de Contacto IMSS: 800 623-2323
Oficina de atención
Nombre: Dirección de Incorporación y Recaudación
Direccion: C.P., ,
Última modificación del trámite o servicio: 05 abril 2024
¿Dónde realizarlo?

Dirección de Incorporación y Recaudación

C.P., ,<BR>