Infraestructura de Servicios Básicos y Comunicación Terrestre Presencial

Homoclave: INPI-2023-235-004-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
Unidad administrativa: Coordinación General de Infraestructura Indígena
Nivel de gobierno:
El Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas, cuenta con un componente denominado Infraestructura de Servicios Básicos el cual tienen por objeto la realización de acciones en materia de electrificación, agua potable, drenaje y saneamiento, así como el componente denominado Comunicación Terrestre, el cual tiene por objeto la realización de Caminos artesanales a comunidades indígenas (Reconstrucción y conformación de las terracerías de caminos existentes, Construcción de roderas de concreto hidráulico y empedrado, en caminos existentes y Mantenimiento de los caminos pavimentados con roderas de concreto hidráulico y empedrado que fueron apoyados por el INPI en ejercicios anteriores) y Caminos rurales, alimentadores y puentes vehiculares. Todos estos conceptos comprenden la construcción, modernización y ampliación. En este concepto, se excluyen las acciones de reconstrucción, conservación, mantenimiento, maquinaria, equipo y obras de infraestructura urbana así como la rehabilitación, reconstrucción, mantenimiento, conservación y operación de los sistemas; así también obras de infraestructura para la transmisión eléctrica de alta tensión, mejora de instalaciones eléctricas existentes, instalaciones eléctricas domésticas, drenaje pluvial y obras de infraestructura urbana.
Requisitos
1
Designación de comunidad
Original
Detalle
Descripción: Tener designada a la comunidad, municipio, dependencia o entidad federativa que será responsable de su operación y mantenimiento.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 60 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Original
Detalle
Descripción: La comunidad, municipio, gobierno estatal y dependencia o entidad de la APF, deberán contar de manera previa con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 60 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Constancia como Comunidad Indígena
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: En caso de suscribir con comunidades indígenas y afromexicanas, las mismas deberán contar de manera previa con su constancia de comunidad indígena expedida por el INPII
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 60 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
ANEXO 10 “FORMATO DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACION DEL PROYECTO EJECUTIVO"
Detalle
Número identificador del formato: ANEXO 10
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente?
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 PRESENTAR SOLICITUD CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS
2 En caso de suscribir con comunidades indígenas y afromexicanas, las mismas deberán contar de manera previa con su constancia de comunidad indígena expedida por el INPI y su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
3 Contar con el consentimiento de la obra por parte de la población beneficiaria, lo cual deberá constar en un acta de asamblea firmada por los beneficiarios y las autoridades de la comunidad o localidad en la que será construida. En el caso de obras de agua potable, drenaje y saneamiento, el acta deberá incluir la manifestación expresa de que se informó que dicha obra tendrá un costo de operación y mantenimiento,
4 Previo al consentimiento, la población beneficiaria podrá proponer modificaciones al diseño de la obra cuya procedencia quedará sujeta a su viabilidad técnica y financiera,
5 Tener designada a la comunidad, municipio, dependencia o entidad federativa que será responsable de su operación y mantenimiento,
6 De ser el caso, presentar acta de asamblea en original, en la que obre la anuencia de la comunidad, para participar en jornadas de trabajo comunitario no considerado en el proyecto ejecutivo, para el desarrollo de la obra. Dicha actividad tiene como propósito que la ciudadanía realice trabajo voluntario con el fin de mejorar las condiciones de su comunidad y reforzar el sentido de pertinencia con su entorno, a manera de colaboración y creación colectiva, y
7 Preferentemente emplear la mano de obra no calificada y materiales de la región.
8 los requisitos señalados en el ANEXO 10 “Formatos de Verificación de Documentación del Proyecto Ejecutivo”
Costos
Gratuito
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 60 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días naturales

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario. 7.11.4.7 OR numeral 2, "Dar respuesta a las solicitudes de obras y acciones que le sean presentadas por la población, en un término no mayor a los 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha de su recepción, solicitudes que deberán de estar acompañadas del ANEXO 10 “FORMATO DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO” de las presentes ROP, firmado por el peticionario, adjuntando copia simple del expediente y/o proyecto, o en cualquier medio digital. Si la revisión de la solicitud arroja omisiones, el solicitante contará con 15 (quince) días naturales para atenderlas, en caso de que requiera de un mayor plazo para solventar, deberá generar una nueva solicitud e ingresarla en la próxima apertura de ventanilla para la Construcción y Ampliación de Infraestructura para Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para ser considerada en el siguiente ejercicio fiscal."
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: 7.6. Criterios de selección. La URP verificara las regiones de atención focalizada prioritaria definidas por el INPI durante el ejercicio fiscal, en las que podrán proponerse obras de infraestructura dado que satisfacen los requisitos del componente. En el caso de los municipios, comunidades o localidades indígenas que no se identifiquen en los listados señalados en el párrafo que antecede, podrán autoidentificarse como municipio o comunidad indígena o afromexicana, para lo cual deberán entregar un acta de asamblea comunitaria en original, en la que se establezca de manera expresa dicho carácter; así mismo, se podrán financiar y ejecutar obras, hasta su total cumplimiento, en municipios, comunidades o localidades que no cumplan con los Criterios de las presentes ROP, siempre y cuando se trate de obras de continuidad que hayan sido apoyadas en el ejercicio fiscal anterior o que se hayan financiado Estudios y Proyectos por parte del componente del Programa, no mayor a tres años previos al presente ejercicio fiscal, con el objeto de concluir las acciones iniciadas por el Instituto en beneficio de la población indígena y afromexicana. Lo anterior, en tanto se concluye la integración del Sistema Nacional de Información y Estadística sobre los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas previsto en el artículo 4, fracción XXXIII de la Ley del INPI El Instituto, a través de sus Unidades Administrativas competentes del tema, analizará las solicitudes presentadas por comunidades indígenas que manifiesten su interés en obtener el reconocimiento de comunidad indígena, para participar en la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario, para determinar su elegibilidad para el mismo, emitiendo la constancia de comunidad indígena correspondiente . Las comunidades y localidades indígenas y afromexicanas elegibles para recibir apoyos del componente serán las que cumplen con lo señalado en el numeral 7.5. y con los siguientes requisitos: 1. Cuenten con las características de población objetivo, y 2. Requieran la ejecución de obras y acciones conforme a los tipos de apoyo para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario, además de contar con el consentimiento de la población beneficiaria y el aval comunitario. 7.7. Criterios de priorización. Se dará prioridad a la ejecución de las obras que cumplan con lo estipulado en el numeral 3.3 de las ROP y por lo menos uno de los siguientes criterios, dando prioridad de acuerdo con el orden de los siguientes: 1. Conclusión de obras que se encuentran en proceso, financiadas por el Programa en ejercicios fiscales anteriores, previa evaluación que realice el Instituto, 2. Las que se incluyan en Proyectos Prioritarios del Ejecutivo Federal o que deriven de compromisos establecidos en giras presidenciales e institucionales, 3. Las que se ejecuten por los municipios y las comunidades indígenas bajo la modalidad de administración directa, 4. Comunidades Indígenas o afromexicanas que tengan entre 50 y 15,000 habitantes. 5. Comunidades Indígenas o afromexicanas que se consideren con grado de rezago social alto y muy alto, 6. Aquellas que consideren la aplicación de tecnologías alternativas o también conocidas como no convencionales.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
1 año de vigencia
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: Durante el ejercicio fiscal 2025
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Las comunidades podrán solicitar apoyo para implementar acciones para la construcción y ampliación de la infraestructura de servicios básicos (agua potable, drenaje y saneamiento, y electrificación) e integración territorial a través de obras de comunicación terrestre, siempre que cumplan con los requisitos específicos señalados en el numeral 7.5 del Anexo 7. Mecánica Operativa para la Construcción y Ampliación de Infraestructura de Servicios Básicos, Comunicación Terrestre, Infraestructura Comunitaria y Apoyo Técnico Comunitario, así como los señalados en su ANEXO 10 “Formato de Verificación de Documentación del Proyecto Ejecutivo”.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Consultas
Otro:
Nombre:- LUCÍA MICHEL RUPIT ARIAS
Cargo: JEFE DE DEPARTAMENTO
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 183-2100
Ext: 7411
Datos de la oficina del responsable del trámite: Revolución, Exterior 1279, Tlacopac, Álvaro Obregón, CP 01049, Teléfono (559) 183-2100, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- HUGOLINO MENDOZA SÁNCHEZ
Cargo: COORDINADOR GENERAL
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 183-2100
Ext: 7451
Datos de la oficina del responsable del trámite: Revolución, Exterior 1279, Tlacopac, Álvaro Obregón, CP 01049, Teléfono (559) 183-2100, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento jurídico
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario. 7.11.4.7 OR numeral 2, "Dar respuesta a las solicitudes de obras y acciones que le sean presentadas por la población, en un término no mayor a los 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha de su recepción, solicitudes que deberán de estar acompañadas del ANEXO 10 “FORMATO DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO” de las presentes ROP, firmado por el peticionario, adjuntando copia simple del expediente y/o proyecto, o en cualquier medio digital. Si la revisión de la solicitud arroja omisiones, el solicitante contará con 15 (quince) días naturales para atenderlas, en caso de que requiera de un mayor plazo para solventar, deberá generar una nueva solicitud e ingresarla en la próxima apertura de ventanilla para la Construcción y Ampliación de Infraestructura para Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para ser considerada en el siguiente ejercicio fiscal."
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario. 7.11.4.7 OR numeral 2, "Dar respuesta a las solicitudes de obras y acciones que le sean presentadas por la población, en un término no mayor a los 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha de su recepción, solicitudes que deberán de estar acompañadas del ANEXO 10 “FORMATO DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO” de las presentes ROP, firmado por el peticionario, adjuntando copia simple del expediente y/o proyecto, o en cualquier medio digital. Si la revisión de la solicitud arroja omisiones, el solicitante contará con 15 (quince) días naturales para atenderlas, en caso de que requiera de un mayor plazo para solventar, deberá generar una nueva solicitud e ingresarla en la próxima apertura de ventanilla para la Construcción y Ampliación de Infraestructura para Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para ser considerada en el siguiente ejercicio fiscal."
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario.
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2025
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 7. Mecánica operativa de los Apoyos para la construcción y ampliación de infraestructura de servicios básicos, comunicación terrestre, infraestructura comunitaria y apoyo técnico comunitario. 7.11.4.7 OR numeral 2, "Dar respuesta a las solicitudes de obras y acciones que le sean presentadas por la población, en un término no mayor a los 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha de su recepción, solicitudes que deberán de estar acompañadas del ANEXO 10 “FORMATO DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO” de las presentes ROP, firmado por el peticionario, adjuntando copia simple del expediente y/o proyecto, o en cualquier medio digital. Si la revisión de la solicitud arroja omisiones, el solicitante contará con 15 (quince) días naturales para atenderlas, en caso de que requiera de un mayor plazo para solventar, deberá generar una nueva solicitud e ingresarla en la próxima apertura de ventanilla para la Construcción y Ampliación de Infraestructura para Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para ser considerada en el siguiente ejercicio fiscal."
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 36
Número de solicitudes rechazadas: 250
Oficina de atención
Nombre: Coordinación General de Infraestructura Indígena
Direccion: Ciudad de México, Álvaro Obregón, Revolución Álvaro Obregón, Tlacopac, 1279, C.P.01049, Telefono: (559) 183-2100, ,
Correo: [email protected]
Horario: Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Horario: Martes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Horario: Miércoles 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Horario: Jueves 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Horario: Viernes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 06 marzo 2025
¿Dónde realizarlo?

Coordinación General de Infraestructura Indígena

Ciudad de México, Álvaro Obregón, Revolución Álvaro Obregón, Tlacopac, 1279, C.P.01049, Telefono: (559) 183-2100, ,<BR> Correo: [email protected]