REINTEGRO DE RECURSOS POR RETIRO PARCIAL (IMSS) REINTEGRO DE RECURSOS POR RETIRO PARCIAL (IMSS)
Homoclave: ISSSTE-2021-054-042-A
Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Unidad administrativa: PENSIONISSSTE - Especializada de Atención al Público
Nivel de gobierno:
Si ya realizaste algún retiro por desempleo, primero debes calcular cuánto se descontó de tu Afore por el mismo. La disminución de tus semanas se calcula dividiendo el monto acumulado de tus recursos en tu cuenta de Afore entre el número de semanas cotizadas hasta el momento en que metiste tu solicitud. El dinero retirado se dividirá entre el cociente resultante de la operación antes mencionada para calcular las semanas a descontar.
Una vez que calculaste cuánto debes recuperar, es necesario que tramites un reintegro de semanas cotizadas que irá directo a tu subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV), llevando a cabo el pago -total o parcial- del equivalente al retiro por desempleo que recibiste.
Si estás interesado en recuperar tus semanas, acércate a PENSIONISSSTE para iniciar el trámite de reintegro de semanas cotizadas. Una vez procesada tu solicitud se te entregará una carta que especifica la cantidad a depositar, misma que caduca a los 5 días de entregada. Si no realizas el reintegro en ese plazo, deberás iniciar un nuevo proceso en tu Afore para asegurarte que tus aportaciones irán a la subcuenta adecuada (RCV).
Recuperar las semanas y fondo descontados por retiros por desempleo es muy sencillo y te garantizará una mejor calidad de vida en tu futuro. Aunque recomendamos recurrir a estos retiros únicamente como última alternativa, si ya realizaste alguno te invitamos a acercarte a nosotros para realizar el reintegro de semanas cotizadas y continuar el camino hacia tu retiro.
Cuyos requisitos se establecen en las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro: Artículos 1 Fracción XCII, 60, 451 y 452, así como Anexo D apartado A, en relación con el Anexo 1 del Manual de Políticas y Procedimientos de PENSIONISSSTE.
Requisitos
1
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Original
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 5 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Seguro Social
Artículo: 191
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo D apartados A y B
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo: 60, 451 y 452
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción
Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1
El Titular debe presentarse a cualquier Centro de Atención al Público
2
Solicitar al Agente de Servicio el reintegro de los recursos, para repones sus semanas cotizadas.
3
Presentar la documentación requerida
4
Validación de huellas biométricas
5
Emisión del documento donde se indicará el monto que se debe reintegrar
6
Acudir al banco indicado a realizar el deposito
7
Entregar en el Centro de Atención al Público la ficha de depósito, para ingresar al sistema el reintegro
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite? Sí
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 5 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo: 454
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido:
No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
Interesado
Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Reintegrar los recursos retirados por el trámite de retiro por desempleo
Descripción
Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites