Amparo Directo

Homoclave: JLCA-2022-3168-008-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Medio De Impugnación
Dependencia: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas
Unidad administrativa: Junta Especial No. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas
Nivel de gobierno:
Amparo directo en contra de los Laudos emitidos por parte de la Junta Especial No. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Escrito de demanda donde se redacte la inconformidad sobre los puntos resolutivos de un laudo en materia Laboral
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 175
Fracción: I al VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Formular la demanda de Amparo por escrito.
2 Presentarlo ante la Junta Especial No. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, con copia para cada una de las partes
3 En un plazo de tres días, el Tribunal Colegiado resolverá si admite la demanda, previene al quejoso para su regularización o la desecha
4 Si hubiera irregularidades en el escrito de demanda, el presidente del tribunal colegiado de circuito señalará al promovente un plazo que no excederá de cinco días, para que subsane las omisiones o corrija los defectos precisados en la providencia relativa. Si el quejoso no cumple el requerimiento, el presidente del tribunal tendrá por no presentada la demanda y lo comunicará a la autoridad responsable.
5 El presidente del tribunal colegiado de circuito no encuentra motivo de improcedencia o defecto en el escrito de demanda, o si este último fuera subsanado, la admitirá y mandará notificar a las partes el acuerdo relativo, para que en el plazo de quince días presenten sus alegatos
6 Transcurrido el plazo de los quince días, dentro de los tres días siguientes el presidente del tribunal colegiado turnará el expediente al magistrado ponente que corresponda, a efecto de que formule el proyecto de resolución, dentro de los noventa días siguientes
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 3 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 183
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: Expresar los conceptos de violación relacionados con los puntos resolutivos que le causan agravios, esto con independencia de la supletoriedad a los agravios que de manera oficiosa otorga la autoridad federal solo en favor de los trabajadores, más no así a la parte patronal
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? En caso de que el interesado esté en contra de la resolución del laudo emitido por la Junta Especial no. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas podrá impugnarlo ante la Autoridad Responsable, que en este caso será quien emitió el laudo.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- LAE Sergio David Esponda Rosales
Cargo: Oficinista A
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 616-5892
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Libramiento Norte Oriente, Exterior 2100, El Bosque, Tuxtla Gutiérrez, CP 29049, Teléfono (961) 616-5892, Correo electrónico [email protected], Chiapas
Fundamento jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 179 al 189
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 179
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Archivos
Artículo: 37
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 180
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 183
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 170
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo: 175 al 178
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite: Para archivo y consulta mientras dure el juicio
Descripción:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 313
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El juicio de Amparo Directo procede contra los laudos y/o resoluciones que pongan fin al juicio, dictadas por tribunales laborales, ya sea que la violación se cometa en ellos, o que cometida durante el procedimiento, afecte las defensas del quejoso trascendiendo al resultado del fallo.
Última modificación del trámite o servicio: 06 febrero 2024
¿Dónde realizarlo?

Junta Especial No. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas

Libramiento Norte Oriente 2100 El Bosque Tuxtla Gutiérrez C.P.29049