Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
1 | Presentar su demanda ante el Juzgado de Distrito |
2 | Dentro del plazo de veinticuatro horas contado desde que la demanda fue presentada, o en su caso turnada, el órgano jurisdiccional deberá resolver si desecha, previene o admite. |
3 | Si existe irregularidades, el órgano jurisdiccional mandará requerir al promovente que aclare la demanda |
4 | Si no se subsanan las deficiencias, irregularidades u omisiones de la demanda dentro del plazo de cinco días, se tendrá por no presentada. |
5 | De no existir prevención, o cumplida ésta, el órgano jurisdiccional admitirá la demanda; señalará día y hora para la audiencia constitucional, que se celebrará dentro de los treinta días siguientes |
6 | El órgano jurisdiccional solicitará a la Junta Especial No. 3, su informe justificado, misma que deberá rendirse dentro del plazo de quince días, el cual se podrá ampliar el plazo por otros diez días |
7 | El órgano jurisdiccional notifica a las partes las audiencias constitucionales (Pruebas, alegatos y sentencia) |
8 | El órgano jurisdiccional notifica la sentencia (concede o niega amparo y/o sobresee) |
Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
JUZGADOS SEXTO Y SÉPTIMO DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE CHIAPAS
Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, BOULEVARD ÁNGEL ALBINO CORZO Tuxtla Gutiérrez, Las Palmas, 2641, C.P.29040, Telefono: (961) 617-0207, ,ext. 11111,<BR>