Recurso de Revisión para impugnar una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales.

Homoclave: OFM-2023-7824-002-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Entrega De Información
Dependencia: Oficialía Mayor del Estado de Chiapas
Unidad administrativa: ÁREA DE TRANSPARENCIA
Nivel de gobierno:
Se interpone el recurso por parte del solicitante o su representante, por la negativa del responsable de dar trámite a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, o bien, ante la inconformidad del titular por la respuesta recibida o la falta de esta por parte del responsable.
Requisitos
1
El solicitante podrá interponer, el recurso de revisión dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta de la solicitud o del vencimiento del plazo para su notificación.
Detalle
Descripción: No Aplica
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 15 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 El solicitante recibe la respuesta a su solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales.
2 Si el solicitante no está conforme con dicha respuesta o transcurrido el plazo previsto para dar respuesta sin que se haya emitido ésta, el titular o en su caso, su representante podrá interponer el recurso de revisión dentro de los quince días siguientes al que haya vencido el plazo para dar respuesta o contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la respuesta.
3 El recurso de revisión podrá presentarse por medios electrónicos, a través de sí mismo o por su representante ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas o la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, será necesario que el titular acredite su identidad y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe su representante.
4 En caso de que se interponga a través de la Unidad de Transparencia, esta deberá remitir el recurso de revisión al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas, a más tardar al día hábil siguiente de haberlo recibido.
5 Cuando el recurso se interponga por medios electrónicos, se presumirá que el titular acepta que las notificaciones le sean efectuadas por el mismo conducto que presentó su escrito, salvo que acredite haber señalado uno distinto para recibir notificaciones.
6 En caso que proceda el recurso de revisión el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas resolverá en un plazo que no podrá exceder de cuarenta días, contados a partir del día siguiente de su presentación, el cual podrá ampliarse por una sola vez hasta por veinte días.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 40 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 142
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: El titular deberá acreditar su identidad, en caso de ejercer su derecho a través de su representante deberá acreditar su identidad y personalidad al momento de interponer su recurso de revisión ante el Instituto
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tutor
  • Padres
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? En caso de que el solicitante tenga alguna inconformidad sobre la respuesta a su solicitud o la falta de esta para ejercer los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- JOSE DOMINGO OCAÑA CLEMENTE
Cargo: JEFE DE ÁREA
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 691-4020
Ext: 65623
Datos de la oficina del responsable del trámite: BOULEVARD ANDRÉS SERRA ROJAS, TORRE CHIAPAS, Interior Nivel 7, Exterior 1090, El Retiro, Tuxtla Gutiérrez, CP 29040, Teléfono (961) 691-4020, Extensión 65623___, Correo electrónico [email protected], Chiapas
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 127
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 79
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 127
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 142
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 79
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero y Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 129
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El Instituto podrá resolver de la siguiente manera: I. Sobreseer o desechar el recurso de revisión por improcedente. II. Confirmar la respuesta del responsable. III. Revocar o modificar la respuesta del responsable, u IV. Ordenar la entrega de los datos personales, en caso de omisión del responsable. Las resoluciones establecerán, en su caso, los plazos y términos para su cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución.
Última modificación del trámite o servicio: 13 junio 2023
¿Dónde realizarlo?

ÁREA DE TRANSPARENCIA

BOULEVARD ANDRÉS SERRA ROJAS, TORRE CHIAPAS 1090 El Retiro Tuxtla Gutiérrez C.P.29040