Denuncia de Excedentes de la Propiedad Rural Escrito libre, comparecencia, vía telefónica, correo electrónico, página web o redes sociales.

Homoclave: PA-2019-260-033-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Asesoría
Dependencia: Procuraduría Agraria
Unidad administrativa: Dirección de Quejas y Denuncias
Nivel de gobierno:
A través de este servicio se atienden las denuncias que se presentan contra personas físicas o morales que se presuma sean propietarias de una superficie de tierra mayor a la permitida legalmente; con la finalidad de evitar la concentración o acaparamiento de tierras.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Escrito libre de denuncia, en el que se expresen los hechos; la persona denunciada; denominación del predio y extensión; denominación de la sociedad civil o mercantil; superficie de la que es propietaria; el nombre de los tenedores de la acciones serie "T" y en su caso la superficie que acredita.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 2 días
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Agraria
Artículo: 136
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
Artículo: 20
Fracción: X
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato
Acta de comparecencia
Detalle
Número identificador del formato: Se genera un número consecutivo luego que se captura la solicitud en el sistema CIIA, por ejemplo: 9204201900233
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo: V
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6
Letra:
Otro:
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 La denuncia puede ser presentada por cualquier persona. en oficinas centrales o Delegaciones de la Procuraduría Agraria.
2 Que el denunciante exprese hechos que hagan presumir que una persona física o moral es titular de derechos ejidales o de propiedad privada en extensiones mayores a las permitidas por la Ley.
3 Que el denunciante proporcione al menos el nombre del denunciado, la denominación del predio y su extensión, la denominación de la sociedad civil o mercantil, la superficie de la que es propietaria, el nombre de los tenedores de las acciones serie “T” y, en su caso, de la superficie que acredita.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Costos
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
Artículo: 36
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.5
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: Se requiere análisis de los hechos contenidos en la denuncia y los documentos con que se demuestre la excedencia de tierras, así como la realización de trabajos en materia de topografía, que acrediten los hechos denunciados respecto al exente en los límites de superficie de terreno permitidos legalmente.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tutor
  • Padres
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Atender con oportunidad las denuncias que se presenten, en las que se presuma la existencia de prácticas de acaparamiento o concentración de tierras de propiedad privada, sociedades civiles o mercantiles o de propiedad ejidal, en extensiones mayores a las permitidas legalmente.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Elías Castro López
Cargo: Encargado de la Atención a Asuntos de Presidencia y Audiencia Campesina
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 01 55 15 00 33 00 extensión 1274
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Calle Motolinia número 11, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, CP. 06000
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo: V
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6 y 1.6.5
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.3. y 1.6.5.
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
Artículo: 36
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.5
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
Artículo: 20
Fracción: X
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.3 y 1.6.5
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Agraria
Artículo: 136
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Archivos
Artículo: 7 y 10
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Así como artículo 11, fracción I y último párrafo, así como 31, fracción III de la Ley General de Archivos
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1..6.5
Letra:
Otro: Punto 4 del numeral 1.6.5
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.5.
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero, segundo y tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.3 y 1.6.5
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 1.6.5
Letra:
Otro: Punto 4 del numeral 1.6.5
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Revisión periódica de los expedientes integrados y la atención al asunto, por parte de la Dirección General de Quejas y Denuncias
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Derechos Humanos: En el servicio de Denuncias de Excedentes de la Propiedad Rural que otorga esta institución a los sujetos agrarios, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 136, fracción VIII de la Ley Agraria, los servidores públicos que atienden dicho servicio, deberán respetar los Derechos Humanos de sus asistidos, obligación que impone el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Objetivo del Procedimiento: Precisar actividades y servidores públicos responsables de su ejecución, a fin de pormenorizar las diversas etapas que integran el procedimiento, para atender con oportunidad, las denuncias que se presenten en las que se presuma la existencia de prácticas de acaparamiento o concentración de tierras de propiedad privada, sociedades civiles o mercantiles o de propiedad ejidal, en extensiones mayores a las permitidas legalmente. Normas de Operación: En la atención de denuncias en materia de excedentes de la propiedad rural, se deberá tomar en consideración: a) Que la denuncia puede ser presentada por cualquier persona. b) Que el denunciante exprese hechos que hagan presumir que una persona física o moral es titular de derechos ejidales o de propiedad privada en extensiones mayores a las permitidas por la Ley. c) Que el denunciante proporcione al menos el nombre del denunciado, la denominación del predio y su extensión, la denominación de la sociedad civil o mercantil, la superficie de la que es propietaria, el nombre de los tenedores de las acciones serie “T” y, en su caso, de la superficie que acredita.
Última modificación del trámite o servicio: 13 octubre 2020
¿Dónde realizarlo?

Dirección de Quejas y Denuncias

5 de Mayo 19 Centro (Área 1) Cuauhtémoc C.P.06000