Recepción y atención de denuncias populares. B) Manejo de riesgos sólidos urbanos y de manejo especial.
Homoclave: PAECH-2022-3170-001-B
Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Procuraduría Ambiental del Estado de Chiapas
Unidad administrativa: Área Jurídica
Nivel de gobierno:
Toda persona, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones y sociedades podrán denunciar personalmente o vía correo electrónico ante la Secretaría, la Procuraduría Ambiental o en los Ayuntamientos, todo hecho, acto u omisión de competencia local que produzca o pueda producir daño ambiental, afectación a la integridad de la persona o a la salud pública, o contravenga las disposiciones de la presente Ley y demás disposiciones que regulen materias relacionadas con la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico; la autoridad una vez que reciba la denuncia respectiva. Si en la región no existiere representación de la Secretaría, o de la Procuraduría Ambiental, la denuncia se podría formular ante la autoridad municipal o, a elección del denunciante, ante la oficina más próxima de dicha representación. Si la denuncia fuera presentada ante la autoridad municipal y resulta competencia del orden estatal, deberá ser remitida a esta Procuraduría Ambiental para su atención y trámite. Asimismo, la autoridad municipal deberá adoptar las medidas necesarias si los hechos denunciados son de tal manera, graves que puedan causar afectación a la integridad física de las personas.
Requisitos
1
Escrito libre.
Original
Detalle
Descripción:Documento donde hace menciona de la denuncia.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción
Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1
Podrá formularse la denuncia por vía telefónica, por correo, fax o cualquier otro medio, en cuyo supuesto el servidor público que la reciba, levantará acta circunstanciada de los hechos manifestados por el denunciante, quien dentro del término de tres días hábiles siguientes a la formulación de la denuncia deberá ratificarla por escrito siempre y cuando se cumpla con los requisitos
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite? Sí
Medios electrónicos
Medios alternativos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 6 Meses
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido:
No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
Interesado
Tutor
Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando exista un acto u omisión de competencia local que produzca o pueda producir daño ambiental, afectación a la integridad de la persona o a la salud pública, o contravenga las disposiciones de la presente Ley y demás disposiciones que regulen materias relacionadas con la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico; la autoridad una vez que reciba la denuncia respectiva.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en:
Proceso de aperturaOperaciónProceso de cierre
Descripción
Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites