Descripción:
Las Asociaciones Agrícolas Locales se organizarán en aquellas localidades agrícolas en donde diez o más productores agrícolas deseen agruparse con el fin de realizar las funciones establecidas por la ley de Asociaciones Agrícolas y su reglamento (Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Agrícolas) Las Uniones Agrícolas Regionales se organizarán cuando en una región agrícola se encuentren funcionando tres o más Asociaciones Agrícolas Locales (Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Agrícolas) En las Asociaciones Agrícolas Locales la asamblea se integra para efectos de quórum y votación, únicamente por quienes acrediten ser socios y en la Uniones Agrícolas Regionales únicamente a través de los Delegados de la Asociaciones agrícolas locales. ( Artículos 10 y 40 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Agrícolas) En caso de una Asociación Agrícola Local, los documentos que se admiten para acreditar la titularidad directa o indirecta sobre una unidad productiva son, copia simple de: • ° Certificado Parcelario. • ° Escritura Pública de compra-venta. • ° Contrato privado de compra-venta. • ° Contrato de arrendamiento. • ° Contrato de uso. • ° Contrato de asociaciones en participación. • ° Comprobante de pago de contribuciones para la tenencia de la tierra (pago predial de tierra rústica). • ° Documento que haga constar la adjudicación de bienes por herencia o donación, y • ° Cualquier otro que permita verificar que el dueño o titular del predio rústico, lo haya trasmitido de manera definitiva o, autorizado de manera temporal, para el aprovechamiento, al productor de que se trate. 10.- Los documentos que se admiten como credencial oficial con fotografía, para acreditar la identidad son: Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE) (antes Instituto Federal Electoral (IFE)), pasaporte, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), cédula profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) u otra, expedida por autoridad federal, estatal o municipal competente. En caso de que el socio sea persona moral, tratándose de una Asociación Agrícola Local, su identidad se acredita mediante copia del Acta Constitutiva y Estatutos inscritos en el Registro Público competente atendiendo a la figura jurídica de que se trate.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día