Descripción:
Este requisito sólo aplica en el caso de Asociaciones Agrícolas Locales. Los documentos que se admiten para acreditar la titularidad directa o indirecta sobre una unidad productiva son, copia simple de: ° Certificado Parcelario. ° Escritura Pública de compra-venta. ° Contrato privado de compra-venta. ° Contrato de arrendamiento. ° Contrato de uso. ° Contrato de asociaciones en participación. ° Comprobante de pago de contribuciones para la tenencia de la tierra (pago predial de tierra rústica). ° Documento que haga constar la adjudicación de bienes por herencia o donación, y ° Cualquier otro que permita verificar que el dueño o titular del predio rústico, lo haya trasmitido de manera definitiva o, autorizado de manera temporal, para el aprovechamiento, al productor de que se trate. Los documentos que se admiten como credencial oficial con fotografía, para acreditar la identidad son: Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE) (antes Instituto Federal Electoral (IFE)), pasaporte, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), cédula profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) u otra, expedida por autoridad federal, estatal o municipal competente. En caso de que el socio sea persona moral, tratándose de una Asociación Agrícola Local, su identidad se acredita mediante copia del Acta Constitutiva y Estatutos inscritos en el Registro Público competente atendiendo a la figura jurídica de que se trate
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día