Expedición de permisos de importación. Modalidad O. Insumos no siderúrgicos a través de las fracciones arancelarias 9802.00.13 y 9802.00.23, para fabricar bienes clasificados en las partidas 72.08 a 72.29 y el capítulo 73 de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, siempre que no se determine abasto nacional. Modalidad O.

Homoclave: SE-03-057-O Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Nivel de gobierno:
Estás interesado en importar insumos no siderúrgicos para fabricar productos laminados planos de hierro o acero sin alear? ¡La Secretaría de Economía (SE) te dice cómo! ¡Consulta la información aquí!
Requisitos
1
RFC; Condición de la mercancía (nuevo o usado); Régimen aduanero; Descripción de la mercancía; Fracción arancelaria; Cantidad a importar; Unidad de medida; Valor de factura en dólares; País(es) de procedencia; Uso específico de la mercancía; Justificación de la importación y el beneficio que se obtiene.
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.21
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Contar con un PROSEC o IMMEX
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: V
Inciso: a)
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
Que no se determine abasto nacional del insumo en cuestión, previa consulta a la industria nacional fabricante.
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Optativo: El solicitante podrá aportar la información que a su consideración demuestre la inexistencia o insuficiencia de producción nacional, por cada caso. El solicitante podrá proveer la información pública disponible o cualquier otra que considere sustenta su petición, presentando como anexos los documentos y la información que, en su caso, apliquen
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 13 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 4 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: 1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate, y tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación contar con un Programa IMMEX. 2. Se trate de insumos no siderúrgicos para fabricar bienes clasificados en las Partidas 72.08 a 72.29 y el Capítulo 73 de la Tarifa y no se determine abasto nacional del insumo en cuestión, previa consulta a la industria nacional fabricante.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
1 año de vigencia
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: Tratándose de la importación temporal la vigencia será de dos años, prorrogable por un periodo igual, siempre que las circunstancias de hecho o los criterios con los que se otorgó continúen vigentes.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando desees importar insumos no siderúrgicos para fabricar productos laminados planos de hierro o acero sin alear deberás solicitar el permiso previo de importación.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Ernestina Flores Ocampo
Cargo: Directora de Operación de Instrumentos de Comercio Exterior
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 229-6100
Ext: 34333
Datos de la oficina del responsable del trámite: Pachuca, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Ciudad de México
Datos de contacto para quejas y denuncias
Nombre: Sara Fuentevilla Ogarrio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21218
Correo electrónico: [email protected].
Nombre: Roberto Martínez Barjau
Cargo: Director de Quejas y Denuncias
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21217
Correo electrónico: [email protected].
Fundamento jurídico
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: anexo 2.2.2
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.1
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: V
Inciso: a)
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Para establecer la clasificación arancelaria de las mercancías de las mercancías a importar, deberás auxiliarte de un Agente Aduanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Aduanera. 2. Para la consulta las fracciones arancelarias sujetas a permisos previo, textos, regímenes aduaneros, podrás ver el Anexo 2.2.1 del “ACUERDO por el que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior” (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.). 3. Son mercancías beneficiadas por la Regla 8ª: las que se refieren a los incisos a) y b) de la Regla 8ª de las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial.
Oficina de atención
Nombre: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Direccion: Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,
Horario: Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 12 julio 2024
¿Dónde realizarlo?

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,<BR>