Aviso Automático de Importación. Modalidad A. Modalidad A. Productos siderúrgicos.

Homoclave: SE-03-084-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Nivel de gobierno:
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Requisitos
1
a) Fracción arancelaria y NICO; b) Cantidad a importar (volumen) en unidad de medida de la Tarifa; c) Valor en dólares de la mercancía a importar sin incluir fletes ni seguros. En caso de que la compraventa se realice en cualquier otra divisa convertible o transferible, se debe convertir a dólares, conforme a la equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar, que publica mensualmente el Banco de México; d) País de origen del acero, que es el país donde se produjo, fundió y coló el acero, el cual debe coincidir con el país declarado en el Certificado de molino; e) País de origen de la mercancía, que es el país donde el fabricante transformó el acero para la elaboración de la mercancía a importar, el cual debe coincidir con el país declarado en el Certificado de calidad; f) País exportador hacia el territorio nacional; g) Número(s) de Certificado(s) de molino o de calidad, según corresponda; h) Fecha de expedición del (de los) Certificado(s) de molino o de calidad, según corresponda; i) Nombre y domicilio del fabricante de la mercancía a importar; j) Nombre del Molino, el cual se debe seleccionar del catálogo que despliega la Ventanilla Digital. k) Descripción de la mercancía a importar (en español), así como datos de la importación, conforme a lo siguiente: 1. Descripción del producto a importar, que incluya datos como tipo de acero, dimensiones, tipo de recubrimiento y acabado, y accesorios integrados, y 2. Precio unitario en dólares por kilogramo, y l) Observaciones, en caso de ser necesario. Para efectos de la fracción IV del presente apartado, el país en donde se fundió y coló el acero, se refiere a la ubicación original donde el acero crudo se produjo, primero en un horno de fabricación de acero en estado líquido y luego vertido en su primera forma sólida. El primer estado sólido puede tomar la forma de un producto semiacabado (planchas, palanquillas o lingotes) o un producto de acería acabado. La ubicación de fundición y colado se identifica habitualmente en los Certificados de molino que son comunes en la producción de acero, se generan en cada etapa del proceso de producción y se mantienen en el curso ordinario de los negocios. Este requisito de información no se aplicará a las materias primas utilizadas en el proceso de fabricación de acero, es decir, chatarra de acero, mineral de hierro, arrabio, mineral de hierro reducido, procesado o peletizado, o aleaciones en bruto.
Detalle
Descripción:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro: Regla 2.2.26
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Medios electrónicos
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: Inmediato
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Séptimo párrafo, numeral 10 del anexo 2.2.1
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
4 meses de vigencia
Vigencia: 4 meses de vigencia
Observaciones:
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: quinto
Número: 10
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando requieras importar de manera definitiva mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias que se enlistan en el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Ernestina Flores Ocampo
Cargo: Directora de Operación de Instrumentos de Comercio Exterior
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 229-6100
Ext: 34333
Datos de la oficina del responsable del trámite: Pachuca, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Ciudad de México
Datos de contacto para quejas y denuncias
Nombre: Sara Fuentevilla Ogarrio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21218
Correo electrónico: [email protected].
Nombre: Roberto Martínez Barjau
Cargo: Director de Quejas y Denuncias
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21217
Correo electrónico: [email protected].
Fundamento jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo: 7
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.26 apartado A
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Séptimo párrafo, numeral 10 del anexo 2.2.1
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.9
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: quinto
Número: 10
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro: Regla 2.2.26
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.26
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: La SE podrá verificar en cualquier momento la veracidad de la información presentada por los particulares y podrá realizar de oficio los actos necesarios para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
De acuerdo al Capítulo 1.4 Sección II, regla 1.4.3, se indica lo siguiente: Para los efectos de los trámites que se presenten a través de Ventanilla Digital, los particulares podrán acudir a las Oficinas de Representación de la SE a ingresar sus trámites, para lo cual deberán llevar en un dispositivo de almacenamiento portátil, la E.firma del solicitante, para ser descargados del medio de almacenamiento portátil por el personal de apoyo con que cuente la SE. La orientación y apoyo no implica resolución favorable a los intereses del particular, como tampoco validación alguna respecto del contenido de los requisitos y anexos; del ACUERDO por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el DOF el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.
Última modificación del trámite o servicio: 12 julio 2024
¿Dónde realizarlo?

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,<BR>