Descripción:
Documento que acredite las inversiones para algunos de los supuestos del artículo 12 del Decreto automotriz y la regla Octava de las Reglas para la aplicación del mismo: I. Inversiones realizadas en los últimos 12 meses para establecer, ampliar o modernizar instalaciones productivas en México para fabricar vehículos a los que se refiere el artículo 3, fracción I, del Decreto, o sus componentes principales, tales como motores, transmisiones o ejes. II. Inversiones realizadas en el año inmediato anterior para el desarrollo humano y tecnológico, ya sea mediante capacitación especializada de obreros y/o empleados, capacitación y/o transferencia tecnológica a proveedores de primer, segundo y tercer nivel, y/o el apoyo a centros de diseño y/o desarrollo tecnológico. III. Compras que se hicieron en el año inmediato anterior a proveedores nacionales para abastecer a plantas establecidas fuera del territorio nacional.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 10 días