Solicitud de concesión

Homoclave: SEMARNAT-01-001 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Concesión
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros
Nivel de gobierno:
Este trámite podrá ser presentado por personas interesadas en tener derecho a usar o aprovechar, de manera sustentable, una superficie de zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas. Pudiendo ser persona física o moral, pública o privada de nacionalidad mexicana. En el caso de personas físicas o morales de origen extranjero, podrán hacerlo a través de un fideicomiso con alguna institución financiera nacional.
Requisitos
1
Comprobante de Pago del trámite
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Comprobante del pago por la atención al trámite
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Penúltimo Párrafo
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción: I
Inciso:
Párrafo: Segundo Párrafo.
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 2.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Plano Topográfico
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Plano del levantamiento topográfico del área solicitada referido a la delimitación oficial vigente. Cuando no exista delimitación oficial el promovente deberá elaborar el plano de levantamiento topográfico del área solicitada conforme a la NOM-146-SEMARNAT-2017 publicada en el DOF el 14 de diciembre de 2017. Para agilizar, se sugiere presentar adicionalmente en archivo electrónico en formato CAD el plano y hoja de cálculo con las coordenadas del cuadro de construcción de la superficie solicitada.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 3.
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: II
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991.
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Nombre: Norma Oficial Mexicana NOM-146-SEMARNAT-2017, Que establece la metodología para la identificación, delimitación y representación cartográfica que permitan la ubicación geográfica de la Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2017.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Fotografías del solicitante
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Juego de fotografías recientes a color tomadas en distintos ángulos (mínimo 4), en las que se pueda apreciar claramente la totalidad de la superficie solicitada y las condiciones que en ella imperan. Para agilizar se sugiere presentar adicionalmente en archivo electrónico.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 4.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Escrito libre de solicitud
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Para el caso de la explotación de materiales se deberá reportar en escrito libre sus características, volúmenes de extracción, valor comercial y uso a que vayan a destinarse.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 5.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Acreditación de personalidad
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: Personas físicas mexicanas: a. Acta de nacimiento o en su caso, carta de naturalización. b. Copia de la identificación oficial vigente (credencial INE “Instituto Nacional Electoral”, cartilla militar, pasaporte o cédula profesional). Personas morales: Testimonio notarial o copia certificada del acta constitutiva de la sociedad o fideicomiso y, en su caso, de la última asamblea de modificación a sus estatutos. Personas físicas extranjeras: Acreditar su legal estancia en el país con copia certificada de la forma migratoria vigente en la calidad de inmigrante o inmigrado. Dependencias y entidades de gobierno: En términos de lo dispuesto por el artículo 27 del Código Civil Federal. (Presentar original solo para cotejo).
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 6.
Ámbito: Federal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil Federal
Artículo: 27
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el DOF con última reforma el Última reforma publicada DOF 11 de enero de 2021.
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Para el caso de obras y/o instalaciones por realizar:
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: a. Planos arquitectónicos y memorias descriptivas de las obras y/o instalaciones por realizar, y en su caso su representación gráfica cuando se pretenda modificar el perfil litoral. b. Monto de la inversión total que se proyecte ejecutar con su programa de aplicación por etapas en escrito libre. c. Para aquellas obras o actividades previstas en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5o. de su Reglamento en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, se deberá anexar copia simple de la resolución favorable en materia de impacto ambiental.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Pubicado en el DOF con última reforma Última reforma publicada el 31 octubre de 2014.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 9.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo: 28
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el DOF con última reforma el 08 de mayo 2023.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Constancias y resoluciones
Original y 2 copias
Detalle
Descripción: a. Original de la constancia expedida por la autoridad municipal competente respecto de la congruencia del uso del suelo solicitado, con el uso del suelo del predio colindante, conforme a lo previsto por los programas maestros de control y/o los programas de ordenamiento ecológico territorial y/o programa de desarrollo urbano, vigentes.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción: IX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 10.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
8
Representación Legal (Poderes) para el caso de representantes de personas físicas o morales:
Original
Detalle
Descripción: Copia certificada del poder otorgado en instrumento público, y en el caso de personas físicas, también mediante carta poder original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las propias autoridades o fedatario público, o declaración en comparecencia del interesado, en los términos del artículo 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 7.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el DOF con última reforma el 18 de mayo 2018.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
9
Para el caso de que existan obras y/o instalaciones:
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: a. Si dichas obras y/o instalaciones fueron realizadas por cuenta del solicitante deberán entregarse los planos arquitectónicos y las memorias descriptivas de dichas obras. b. Si dichas obras y/o instalaciones no fueron realizadas por el solicitante, éste podrá declararlo en su solicitud bajo protesta de decir verdad y sólo deberá entregar una descripción detallada en escrito libre de las obras e instalaciones existentes. c. Si dichas obras y/o instalaciones fueron realizadas con autorización de impacto ambiental, pero sin autorización o concesión de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros., se deberá anexar además resolución de Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en la que se establezca el impacto o daño ambiental que las obras hayan generado o estén generando. d. Si dichas obras y/o instalaciones fueron realizadas sin autorización de impacto ambiental, se deberá anexar además copia simple de la resolución de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en la que se establezca el impacto o daño ambiental que las obras hayan generado o estén generando y si dicha resolución exige alguna en materia de impacto ambiental.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II, SOLICITUD DE CONCESIÓN, Numeral 8.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
Formato Único de Trámites de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros
Detalle
Número identificador del formato: FF-SEMARNAT-003
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2015.
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2015, misma que entra en vigor el 21 de diciembre de 2015.
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 Realizar el pago de derechos por recepción y estudio de la solicitud, conforme a la cuota vigente en la Ley Federal de Derechos en institución bancaria.
2 Requisitar y firmar debidamente por el solicitante o su representante legal el Formato Único de Trámite de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
3 Presentar en original y 2 juegos de copias simples (según sea el caso) la documentación completa (requisitos) que deben acompañar al Formato Único de Trámite de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
4 Presentarse en la oficina del Espacio de Contacto Ciudadano de Oficinas Centrales y/o Oficinas de Representación de los 17 Estados Costeros en el horario establecido.
5 Se le acusará de recibo en la copia simple presentada.
Costos
$ 3,358.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto: a) Por la recepción, estudio de la solicitud: $3,358.00 (Tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.); b)Cuando las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas se utilicen para la agricultura, ganadería, acuacultura o pesca, las cuotas señaladas en este artículo se reducirán en un 80%: $672.00 (seiscientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Penúltimo párrafo
Número:
Letra:
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, entra en vigor el 1° de enero de 2024. Aplica cuando las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas se utilicen para la agricultura, ganadería, acuacultura o pesca, las cuotas señaladas en este artículo se reducirán en un 80%.El monto por el concepto es de $672.00 (seiscientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, que entra en vigor el 1° de enero de 2024. El monto por este concepto es de $3,358.00 (Tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.), por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, otorgamiento de permisos, autorizaciones, concesiones, acuerdos de destino, desincorporaciones, prórrogas de concesiones o permisos, cesión de derechos o autorización de modificaciones a las condiciones y bases del título de concesión o permisos para el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas.
¿En dónde puedo realizar el pago? Hoja de ayuda e5cinco
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 200 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 67 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 45 Días naturales

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II. Requisitos Generales para trámites en materia de zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier depósito de aguas marítimas. Solicitud de Concesión.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de febrero de 2011, misma que entra en vigor el 10 de marzo de 2011 en su anexo II.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de febrero de 2011, misma que entra en vigor el 10 de marzo de 2011 en su anexo II.
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: CRITERIOS AMBIENTALES: a) La resolución de Impacto Ambiental se requerirá cuando: El proyecto, obras o uso se encuentren contemplados en los supuestos del Artículo 5 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Se planea un desarrollo inmobiliario o realizar obras nuevas. b) La resolución de Impacto Ambiental no se requerirá cuando: El proyecto, obras o uso contemplado cumplan con los supuestos del Artículo 6 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. CRITERIOS TÉCNICOS: a) Se verificará en su caso, en qué medida las obras marítimas proyectadas modificarán el litoral costeros y los ecosistemas marítimos terrestres, y si dichas obras se encuentran acordes con la resolución en materia de impacto ambiental. b) Conocer de la autorización del proyecto estructural para la construcción de las obras marítimas por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) cuando así se requiera. c) Se analizará, revisará y definirá en su caso, la aprobación de las obras tendientes a ganar terrenos al mar en forma artificial. d) En caso de explotación de materiales, se verificara que los volúmenes, técnicas y períodos de extracción contemplados, estén acordes con la resolución en materia de impacto ambiental correspondiente. e) No se podrá otorgar ninguna concesión en la zona federal marítimo terrestre contigua frente a la desembocadura de calles, ríos, arroyos o rutas de escorrentía que puedan identificarse con diversas herramientas, como imágenes de percepción remota y fotografías aéreas, entre otras que podrá allegarse la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros. Criterios de resolución del trámite CRITERIOS JURÍDICOS a) No se autorizarán concesiones en la playa, referida a la parte que se cubre y descubre con el agua, con excepción de las que se otorguen para la realización de actividades de pesca y acuacultura y aquellas que autoricen la instalación de obras de infraestructura marítima que requieran necesariamente la ocupación de estas áreas. b) Para efectos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 24 del Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, los solicitantes de prórroga de un permiso, tienen preferencia con respecto a otros solicitantes de permiso, pero no con respecto a un solicitante de concesión. c) Para efectos de lo dispuesto en la fracción III, del artículo 24 del Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar; por lugar, no debe interpretarse únicamente la Zona Federal Marítimo Terrestre, sino ésta y su entorno, es decir la localidad o poblado en su conjunto, incluyendo la Zona Federal Marítimo Terrestre y por inversión importante, no debe interpretarse únicamente la inversión económica más alta, sino aquella que genere el impacto más favorable para el medio ambiente y su entorno.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de agosto de 1994 con última reforma publicada el 18 de mayo de 2018; misma que entra en vigor el 19 de mayo de 2018.
50 años de vigencia
Vigencia: 50 años de vigencia
Observaciones: Las concesiones sobre inmuebles federales, salvo excepciones previstas en otras leyes, podrán otorgarse por un plazo de hasta cincuenta años, el cual podrá ser prorrogado una o varias veces sin exceder el citado plazo, a juicio de la dependencia concesionante, atendiendo tanto para su otorgamiento como para sus prórrogas, a lo siguiente: I.- El monto de la inversión que el concesionario pretenda aplicar; II.- El plazo de amortización de la inversión realizada; III.- El beneficio social y económico que signifique para la región o localidad; IV.- La necesidad de la actividad o del servicio que se preste; V.- El cumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones a su cargo y de lo dispuesto por las leyes específicas mediante las cuales se otorgó la concesión; VI.- El valor que al término del plazo de la concesión, tengan las obras e instalaciones realizadas al inmueble por el concesionario, y VII.- El monto de la reinversión que se haga para el mejoramiento de las instalaciones o del servicio prestado.
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 73
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 con última reforma publicada el 03 mayo de 2023.
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se requiera usar o aprovechar de manera sustentable una superficie de playa, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Víctor Adrián Vargas López
Cargo: Director General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 628-0600
Ext: 10930
Datos de la oficina del responsable del trámite: Ciudad de México
Fundamento jurídico
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 73
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 con última reforma publicada el 03 mayo de 2023.
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 24
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 7
Fracción: IV y V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 con última reforma publicada el 03 mayo de 2023.
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo 2000 con última reforma publicada el 31 de octubre de 2014; misma que entra en vigor el 01 de noviembre de 2014.
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 24
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Penúltimo párrafo
Número:
Letra:
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, entra en vigor el 1° de enero de 2024. Aplica cuando las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas se utilicen para la agricultura, ganadería, acuacultura o pesca, las cuotas señaladas en este artículo se reducirán en un 80%.El monto por el concepto es de $672.00 (seiscientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.)
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo 2000 con última reforma publicada el 31 de octubre de 2014; misma que entra en vigor el 01 de noviembre de 2014.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 8, 11, 13, 16, 18, 19, 22, 28, 72, 74, 75, 76, 77, 119, 120, 125, 126, 127, 149, 151 y 154
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 con última reforma publicada el 03 mayo de 2023.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 6
Fracción: I, II y IX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 con última reforma publicada el 03 mayo de 2023.
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de agosto de 1994 con última reforma publicada el 18 de mayo de 2018; misma que entra en vigor el 19 de mayo de 2018.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-D
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, que entra en vigor el 1° de enero de 2024. El monto por este concepto es de $3,358.00 (Tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.), por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, otorgamiento de permisos, autorizaciones, concesiones, acuerdos de destino, desincorporaciones, prórrogas de concesiones o permisos, cesión de derechos o autorización de modificaciones a las condiciones y bases del título de concesión o permisos para el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas.
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo II. Requisitos Generales para trámites en materia de zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier depósito de aguas marítimas. Solicitud de Concesión.
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción: X
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 1
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018, misma que entra en vigo el 19 de mayo del mismo año.
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 72
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018, misma que entra en vigor el 19 de mayo del mismo año.
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de agosto de 1994 con última reforma publicada el 18 de mayo de 2018; misma que entra en vigor el 19 de mayo de 2018.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Bienes Nacionales
Artículo: 5
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 31
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar
Artículo: 26
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Cuarto
Número:
Letra:
Otro: Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991, misma que entra en vigor el 22 de agosto de 1991.
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Se realiza la verificación para corroborar que el uso autorizado no haya sido modificado; además de revisión de puntos geográficos.
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 109
Número de solicitudes rechazadas: 332
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Cuando las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas se utilicen para la agricultura, ganadería, acuacultura o pesca, la cuota por la recepción de la solicitud se reducirá en un 80%. Cuando el interesado requiera que se le acuse de recibido, deberá presentar una copia para ese efecto, con fundamento en el artículo 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. *El acceso al área del Espacio de Contacto Ciudadano de las Oficinas Centrales (ubicada en Av. Ejército Nacional No. 223, Colonia Anáhuac-Sección I, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 1132) se ubica por la calle Lago Xochimilco. En un horario de 09:30 a 15:00hrs. En tanto, en las Oficinas de Representación (17 Estados Costeros), el área de Espacio de Contacto Ciudadano SEMARNAT en los horarios establecidos.
Oficina de atención
Nombre: Espacio de Contacto Ciudadano de SEMARNAT en la Ciudad de México.
Direccion: Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional* Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-2100, ,ext. 23688___,
Correo: [email protected]
Horario: Lunes 9:30 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Martes 9:30 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Miércoles 9:30 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Jueves 9:30 A. M. a 3:00 P. M.
Horario: Viernes 9:30 A. M. a 3:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 17 enero 2024
¿Dónde realizarlo?

Espacio de Contacto Ciudadano de SEMARNAT en la Ciudad de México.

Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional* Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-2100, ,ext. 23688___,<BR> Correo: [email protected]