Registro de personas con capacidad para recibir ejemplares de fauna silvestre de los Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre.

Homoclave: SEMARNAT-08-039 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Vida Silvestre
Nivel de gobierno:
Ofrece la oportunidad de recibir ejemplares de fauna silvestre que se encuentren en los Centros para la Conservación de Investigación de la Vida Silvestre (CIVS), a personas físicas o morales que demuestren la capacidad de mantenerlos en condiciones adecuadas.
Requisitos
1
Copia de los documentos que acrediten la personalidad del solicitante.
1 copia
Detalle
Descripción: Copia de la identificación oficial para personas físicas, las cuales pueden ser credencial de elector o cédula profesional o pasaporte, o el acta constitutiva en caso de personas morales, tratándose de solicitudes presentadas por terceras personas se debe anexar copia del instrumento por el que se acredite su representación legal
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Antepenúltimo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Información con la que se demuestre su capacidad para el mantenimiento de ejemplares de vida silvestre en condiciones adecuadas
Original
Detalle
Descripción: Describir detalladamente por que cuenta con la capacidad para el mantenimiento de ejemplares de fauna silvestre en condiciones adecuadas, tal como Curriculum vitae del solicitante, descripción detallada de la infraestructura disponible, así como las técnicas a usar en el manejo de ejemplares, debe indicar si cuenta con plan de manejo aprobado para las especies que pretende recibir, indicar cuál será la finalidad para la que requiere a los ejemplares (conservación, reproducción, educación ambiental, entre otras). Se recomienda incluir fotografías de las instalaciones.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Comprobante de Pago del trámite
Original
Detalle
Descripción: Comprobante de pago de derechos se deberá presentar en original y copia, el cual se realiza mediante la hoja de ayuda e5cinco.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2022.
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
Registro de personas con capacidad para recibir ejemplares de fauna silvestre de los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre
Detalle
Número identificador del formato: FF-SEMARNAT-017
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 Revisa los requisitos del trámite.
2 Llena el formato FF - SEMARNAT – 017 y su pago de derechos
3 Acude a ingresarlo a la oficina correspondiente: Se sugiere sea en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT en la Ciudad de México por ser la responsable del trámite. Sin embargo, a través de los ECC de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados se puede ingresar el trámite para que a través de éstos se remita a Oficinas Centrales, para su atención. Se exceptúan los estados de Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio Específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre y cuya ubicación se puede consultar en la siguiente liga: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/148243/Gobiernos_Estatales.pdf, y 4 Conserva tu bitácora para dar seguimiento a tu gestión a través de: https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/consultatramite/inicio.php
Costos
$ 632.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
¿En dónde puedo realizar el pago? http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 20 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se dan a conocer los nuevos plazos de resolución de los trámites identificados con las homoclaves SEMARNAT-08-039 y SEMARNAT-08-050, que corresponde aplicar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Artículo: PRIMERO
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: Verificar que las instalaciones son adecuadas para el albergue de las especies y/o que se cuenta con el plan de manejo aprobado para la especie o especies de interés.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Afirmativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando personas físicas o morales estén interesadas en recibir ejemplares de fauna silvestre de los Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de los Ángeles Cauich García
Cargo: Directora General de Vida Silvestre
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 490-0900
Ext: 23309
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Derechos
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 38
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 15-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que se dan a conocer los nuevos plazos de resolución de los trámites identificados con las homoclaves SEMARNAT-08-039 y SEMARNAT-08-050, que corresponde aplicar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Artículo: PRIMERO
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 21
Número de solicitudes rechazadas: 1
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El interesado deberá tomar en cuenta que el registro es únicamente para recibir ejemplares de fauna silvestre provenientes de los CIVS, y de ninguna forma de particulares, otras dependencias municipales o estatales.
Última modificación del trámite o servicio: 11 enero 2024
¿Dónde realizarlo?

Espacios de Contacto Ciudadano en las entidades federativas

Ejército Nacional 223 Anáhuac I Sección Miguel Hidalgo C.P.11320

Gobiernos Estatales que cuentan con firma de Convenio específico de Descentralización en Materia de Vida Silvestre, y datos de su Autoridad Ambiental que brinda la atención correspondiente en la entidad.

Espacio de Contacto Ciudadano (ECC)

Ejército Nacional 223 Anáhuac I Sección Miguel Hidalgo C.P.11320