Transferencia de derechos de aprovechamiento de la vida silvestre.

Homoclave: SEMARNAT-08-048 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Aviso
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Vida Silvestre
Nivel de gobierno:
¿Eres titular de una autorización de aprovechamiento extractivo/no extractivo? ¿Requieres transferir los derechos? ¡Infórmate aquí!
Requisitos
1
Copia de la documentación que acredite la personalidad del solicitante
1 copia
Detalle
Descripción: Copia de la identificación oficial para personas físicas, las cuales pueden ser credencial de elector, o cédula profesional o pasaporte, o el acta constitutiva en caso de personas morales) tratándose de solicitudes presentadas por terceras personas se debe anexar copia del instrumento por el que se acredite su representación legal.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
2
Copia del contrato en el que haya sido asentada la transferencia de derechos.
1 copia
Detalle
Descripción: Documento o escrito libre mediante el cual se da aviso de la transferencia de derechos derivados de autorizaciones de aprovechamiento extractivo, que deberá contener: I. Los datos generales de los terceros a quienes se transfieran los derechos; II. La descripción general de los derechos que se transmiten, y III. La temporalidad de la transferencia
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
Transferencia de derechos derivados de autorizaciones de aprovechamiento de la vida silvestre
Detalle
Número identificador del formato: FF-SEMARNAT-021
Liga de internet donde se puede descargar el formato:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 100
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fecha de publicación del formato en el DOF:
Pasos
Presencial
1 Revisa los requisitos del trámite.
2 Llena el formato FF - SEMARNAT – 021
3 Al tratarse de un trámite descentralizado puede realizarse en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT en la Ciudad de México y en los ECC las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados, salvo para aquellas ubicadas en Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio Específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre y cuya ubicación se puede consultar en la siguiente liga: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/148243/Gobiernos_Estatales.pdf, y 4 Conserva tu bitácora para dar seguimiento a su gestión a través de: https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/consultatramite/inicio.php
1 El solicitante deberá acudir al Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) en la Ciudad de México; a los distribuidos en las 31 Delegaciones Federales de la SEMARNAT de los Estados, o en las oficinas de la autoridad ambiental estatal correspondiente en los estados de Baja california, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.
2 Presentar el formato oficial del trámite
3 Anexar al formato oficial la totalidad de los requisitos correspondientes.
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Afirmativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando por convenir a los intereses de un titular o representante legal de una Autorización de aprovechamiento, se requiera transferir los derechos derivados de la autorización de aprovechamiento extractivo y/o no extractivo.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Detalle
Subsector: Cría y explotación de animales Pesca, caza y captura
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de los Ángeles Cauich García
Cargo: Directora General de Vida Silvestre
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 490-0900
Ext: 23309
Datos de la oficina del responsable del trámite:
Fundamento jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 89 y 100
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 92
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 100
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Vida Silvestre
Artículo: 89 y 100
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 1
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La autoridad inicia un plazo de prevención para requerirle al particular para que complete la información faltante, que para este caso es de 10 días hábiles, contados a partir de que haya surtido efecto la notificación.
Oficina de atención
Nombre: Espacio de Contacto Ciudadano (ECC)
Direccion: Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-0900, ,
Correo: [email protected]
Última modificación del trámite o servicio: 23 octubre 2023
¿Dónde realizarlo?

Espacio de Contacto Ciudadano (ECC)

Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-0900, ,<BR> Correo: [email protected]