Descripción:
De acuerdo con el artículo 49 de la citada Ley, para el ejercicio de los derechos ARCO será necesario acreditar la identidad del titular y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe el representante. También se deberá de contemplar lo indicado en el artículo 52 de la LGPDPPSO, que precisa los requisitos para presentar una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, modalidad de reproducción de los mismos, prevención y entrega de la información conforme a derecho corresponda.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días