Reconocimiento de la Condición de Refugiado

Homoclave: SGOB-06-001 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Secretaría de Gobernación
Unidad administrativa: Coordinación General de la Comisión Mexicana para Ayuda a Refugiados
Nivel de gobierno:
Obtener reconocimiento de refugiado o protección complementaria, para acceder a una residencia permanente
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Detalle
Descripción: Escrito libre
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 48
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Escrito libre de solicitud
Original
Detalle
Descripción: Escrito libre
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Sólo presentarse
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Costos
//
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 45 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias: De conformidad con el artículo 1 3 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y Asilo Político, se reconocerá la condición de refugiado a los extranjeros que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: de resolución del . Que debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él; II. Que ha huido de su país de origen, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, y III. Que debido a circunstancias que hayan surgido en su país de origen o como resultado de actividades realizadas, durante su estancia en territorio nacional, tenga fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o su vida, seguridad o libertad pudieran ser amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. En caso de no reconocerse la condición de refugiado, la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados de conformidad con el artículo 28 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y Asilo Político, podrá otorgar protección complementaria al extranjero que, no encontrándose dentro de los supuestos del artículo 13 de esta Ley (mencionados en el párrafo anterior), requiera protección para no ser devuelto al territorio de otro país en donde su vida peligre o en donde existan razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes En atención al artículo 27 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y Asilo Político, no se reconocerá la condición de refugiado y no se otorgará protección complementaria al extranjero respecto del cual existan motivos fundados para considerar que se encuentra en alguno de los siguientes supuestos: l. Que ha cometido un delito contra la paz, el crimen de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes ele guerra, ele los definidos en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano;
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Fundamento Jurídico
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 25
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
Autoridad responsable
Órgano Interno de Control
Nombre: Gabriel Corona Armenta
Cargo: Titular del Órgano Interno de Control
Rol:
Otro:
Teléfono: 51280000 Ext 31300
Ext:
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 11, 18 y 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Refugiado y Protección Complementaria
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 25
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 11, 18 y 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 24
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Conservar información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Confirmar la situación expresada por la persona extranjera.
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
No aplica
Oficina de atención
Nombre: Coordinación General de la Comisión Mexicana para Ayuda a Refugiados
Direccion: C.P., ,
Última modificación del trámite o servicio: 07 noviembre 2019
¿Dónde realizarlo?

Coordinación General de la Comisión Mexicana para Ayuda a Refugiados

C.P., ,<BR>