Descripción | Requerido |
---|---|
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
---|---|
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
---|---|
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
---|---|
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
---|---|
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
1 | Deberá generar una cuenta de usuario de consulta electrónica personal a través del SIRCSE (https://apps.shyfpchiapas.gob.mx/sircse/login), para que obtenga información sobre el estatus que guarda su solicitud, y reciba notificaciones de la Secretaría, relativo a las observaciones, desechamiento del trámite o negación de la constancia, en su caso, de la conclusión de su trámite. |
2 | Deberá capturar sus datos, verificando que estos sean correctos y cargar su documentación escaneada de la original, en formato PDF, conforme a los requisitos de que se trate, para revisión de la Secretaría. |
3 | La Secretaría emitirá una constancia de recepción de documentos, con la asignación de un folio de trámite. La constancia de recepción de documentos no tendrá validez jurídica para que el solicitante pueda participar en los procedimientos de adjudicación y contratación de la obra pública que establece la Ley. |
4 | La Secretaría procederá al análisis de la documentación proporcionada. Cuando el solicitante no cumpla con los requisitos aplicables o se le requiera alguna aclaración, la Secretaría prevendrá por una sola vez, para que solvente las observaciones dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de que haya surtido efectos la notificación; transcurrido el plazo sin que el solicitante desahogue la prevención, se desechará el trámite de la solicitud, pudiendo el Interesado solicitar nuevamente el trámite correspondiente. Los Interesados deberán acusar de recibida la notificación de las observaciones, en un término no mayor a treinta días naturales en el SIRCSE, caso contrario será motivo de desechamiento, pudiendo el Interesado solicitar nuevamente el trámite correspondiente. |
5 | La Secretaría nuevamente tendrá por recibida una solicitud, a partir de que se tengan solventadas las observaciones y/o el interesado presente la documentación completa con todos los requisitos; comenzará a correr el plazo de treinta días naturales para que otorgue o niegue la constancia de inscripción, modificación o actualización en el Registro de Contratistas o de Supervisores Externos. |
6 | El titular de la Coordinación podrá requerir al solicitante, información adicional a lo establecido en los presentes Lineamientos para constatar su veracidad; para lo cual se le otorgará un término de cinco días hábiles para solventar o aclarar las observaciones realizadas a la documentación. |
7 | El Interesado deberá presentar la documentación legal, financiera y técnica en originales para Cotejo con los documentos digitales proporcionados en el SIRCSE, en la fecha y hora en que la Secretaría le notifique, debiendo presentar la documentación completa y conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de los Lineamientos para el Trámite y Expedición de Constancias de Registro de Contratistas y de Supervisores Externos |
8 | Los documentos se presentarán en el orden que indican los Capítulos I, II, y III del Título Tercero; y Capítulos I, II, y III del Título Cuarto de los Lineamientos para el Trámite y Expedición de Constancias de Registro de Contratistas y de Supervisores Externos, según sea el caso, dividiéndolos con separadores conforme a: requisitos legales, requisitos financieros y requisitos técnicos. |
9 | En caso de que sea procedente la expedición de la constancia de que se trate, el solicitante deberá acudir personalmente a recogerla. Tratándose de especialidades acreditadas por medio de Representante Técnico, deberán presentarse ambos debidamente identificados, debiendo dejar constancia de recibido. |
Descripción | Requerido |
---|---|
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Coordinación de Verificación de la Supervisión Externa de la Obra Pública Estatal
Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, Blvd. Los Castillos Tuxtla Gutiérrez, Monte Azul, 410, C.P.29025, Telefono: (961) 618-7530, ,ext. 22460___,<BR>